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Nuevas exenciones fiscales y ampliación de crédito del RDL 30/2020 de 29 de diciembre

(Foto: Archivo)

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Nuevas exenciones fiscales y ampliación de crédito del RDL 30/2020 de 29 de diciembre

(Foto: Archivo)

  • El pasado 29 de mayo de 2020 el Gobierno aprobó una de las propuestas que formaban parte de su programa electoral: el Ingreso Mínimo Vital.
  • La aprobación, precipitada por la extrema situación generada por la pandemia, no contó con una regulación detallada que individualizara, por ejemplo, su incidencia fiscal.
  • El Real Decreto-ley 39/2020, de 29 de diciembre, de medidas financieras de apoyo social y económico y de cumplimiento de la ejecución de sentencias, viene a desarrollar el anterior extremo, así como tantos otros que afecten a sujetos “de especial vulnerabilidad”.

El Ingreso Mínimo Vital estará exento de IRPF



Así, y derivada de la extrema situación de emergencia a consecuencia de la pandemia, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) estará exento del pago de IRPF al modificarse el artículo 7 de Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

De esta forma, el IMV pasará a homologarse al resto de prestaciones públicas sociales previstas por las Comunidades Autónomas y estatales dirigidas a salvaguardar a aquellos colectivos en riesgo de exclusión social.



En concreto, atendiendo al tenor de este RDL 39/2020, el IMV quedará exento de tributación de IRPF siempre y cuando no supere 1.5 veces el indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM), que es el índice empleado en España desde 2004 para la concesión de ayudas, subvenciones o subsidio de desempleo (antes se utilizaba como referencia el Salario Mínimo Interprofesional).

Aumenta el gasto público y se amplía el crédito al Ministerio de Hacienda

El artículo 2 de este RDL 39/2020 viene a ampliar el crédito por un importe de 638 millones de euros, para dar ejecución a sentencias como la 1404/2020 del Tribunal Supremo de 27-10-2020, en la que el Estado había ocasionado perjuicio a tres entidades bancarias (Santander, Caixabank y Bankia). De igual modo, este Decreto viene a garantizar el pago derivado de sentencias análogos donde se active la responsabilidad patrimonial del Estado.



Nueva Disposición Transitoria para el Régimen Fiscal de Canarias

Este Decreto también modifica la Ley/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, introduciendo una nueva Disposición Transitoria 8ª que amplía un año los plazos para efectuar la materialización de la reserva para inversiones en Canarias (RIC), cuya financiación depende de los períodos impositivos iniciados en 2016 y para inversiones anticipadas en 2017.



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