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Plan de choque del IEE contra la okupación: medidas cautelares que provoquen el desalojo y protejan mejor al propietario

Esta entidad se hace eco en su informe de los trabajos realizados por los catedráticos Matilde Cuenca y Vicente Pérez sobre este problema

Manifestación de afectados por la ocupación: reclaman una ley que frene esta lacra. (Imagen: Plataforma Afectados por la Ocupación)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 6 min



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Plan de choque del IEE contra la okupación: medidas cautelares que provoquen el desalojo y protejan mejor al propietario

Esta entidad se hace eco en su informe de los trabajos realizados por los catedráticos Matilde Cuenca y Vicente Pérez sobre este problema

Manifestación de afectados por la ocupación: reclaman una ley que frene esta lacra. (Imagen: Plataforma Afectados por la Ocupación)

El problema de la okupación ilegal de vivienda en España ha aumentado significativamente en los últimos años, convirtiéndose en una de las principales preocupaciones de la sociedad española, ha comentado Iñigo Fernández de Mesa, presidente del Instituto de Estudios Económicos (IEE), en la presentación de un estudio sobre esta lacra, en colaboración con la Property Rights Alliance.

En ese informe han participado los juristas Matilde Cuena, catedrática de Derecho Civil de la Universidad Complutense de Madrid, y Vicente Pérez, catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Barcelona, conocedores a fondo del mercado de la vivienda y de esta problemática. En ese informe (disponible en este enlace) se define un Plan de Choque para frenar la okupación, fruto de las ideas de estos juristas que el IEE se hace eco.



De esta forma para revertir la situación se propone, en primer lugar, la necesidad de ampliar el ámbito de aplicación de la Ley 5/2018, de Enjuiciamiento Civil, en relación a la ocupación ilegal de viviendas, y extender la posibilidad de uso de medidas cautelares también a personas jurídicas y a inmuebles distintos de vivienda.

Otra cuestión que indican es que se ha de cambiar el requisito de forma del contrato de arrendamiento de bienes inmuebles requiriéndose sello de la administración de la comunidad autónoma competente en materia de vivienda que acredite que se ha depositado la fianza en dicha comunidad y que el contrato está celebrado por quien lo alega para paralizar una medida cautelar.



En el informe se pide la necesidad de elevar las penas por estafa procesal en el caso de falsificación de contratos de arrendamiento aportados por el okupante ilegal, así como en aquellas en las que se haya producido la existencia del dolo coetáneo al momento de la celebración del contrato que hace atraer la existencia de un delito de estafa y no un incumplimiento civil.

También se reclama que deben adoptarse medidas cautelares en el proceso Civil y Penal que favorezcan el desalojo judicial, protegiéndose a todo propietario, sea persona física o jurídica. Se debe permitir que la denuncia ante las fuerzas de seguridad, acompañada de un documento que acredite la propiedad del inmueble, sea suficiente para que el juzgado de Instrucción de guardia ordene el desalojo.

Se debe equiparar el delito de usurpación al de allanamiento de morada. Esto permitiría obtener, de manera casi inmediata, la posesión del bien ocupado ilegalmente, tal como sucede en la mayor parte de los países europeos.

En este punto desde el IEE se señala que pese a la reciente modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal a través de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas de eficiencia del Servicio de Justicia que permite que los delitos de allanamiento de morada y de usurpación de inmuebles se tramiten como juicios rápidos, el ocupante ilegal no debe gozar del derecho a la inviolabilidad del domicilio.

Sobre esta cuestión subrayan que debe objetivarse, a través de medidas cautelares eficientes en un plazo no inferior a 72 horas para el desalojo policial.

Respecto al propietario, este Plan de Choque del IEE señala que deben estar exentos de la obligación del pago de los impuestos que gravan la propiedad del inmueble cuando se acredite haber iniciado un procedimiento judicial para lograr el desalojo de un okupante ilegal.

Junto a ello se pide dotar de seguridad jurídica para poder cortar los suministros de la vivienda ocupada ilegalmente sin que ello tenga la consideración de delito de coacciones, tal y como reconoce la jurisprudencia más reciente. Esta cuestión la han planteado los jueces de la Audiencia Provincial de Barcelona hace unos días de forma orientativa.

El presidente y el director general del Instituto de Estudios Económicos, Íñigo Fernández de Mesa, y Gregorio Izquierdo, en la presentación del informe. (Imagen: IEE)

Es un problema grave social

En el ámbito de la propiedad, este tipo de denuncias en España ha mostrado una tendencia al alza en los últimos 15 años, multiplicándose más de 6 veces en este periodo. Durante el periodo entre 2018 y 2024 el aumento de este tipo de denuncias ha sido del 34,5%.

En 2024, el número de denuncias por okupación ilegal de inmuebles alcanzó casi los 16.500 casos, lo que supone un incremento del 7% respecto al año anterior. Si se analiza este indicador de ocupación de viviendas en España en relación con el número de viviendas vacías en cada comunidad autónoma, los datos muestran que Cataluña presenta la mayor incidencia en comparación con el total nacional, con un índice de ocupación que es casi cuatro veces superior al total nacional.

Según explicó el presidente del IEE, el problema del aumento del fenómeno de la okupación ilegal en España es el reflejo de un deficiente marco regulatorio que no garantiza el derecho a la propiedad privada inmobiliaria, así como de una ineficiente intervención pública en materia de vivienda.

A este respecto, desde la Plataforma de Afectados por la Ocupación explican a E&J que este lunes se cumplen 5 años del Real Decreto 11/2020 que paralizó desahucios durante Covid-19. Tras 11 prórrogas, los propietarios siguen haciéndose cargo de las familias vulnerables.

También señalan que “los afectados por okupación no vivimos de rentas, somos trabajadores y/o pensionistas”. Al mismo tiempo son conscientes de que la Ley de Vivienda facilita que los okupas e inquiokupas se declaren vulnerables y estos últimos dejen de pagar. “Pedimos que los Servicios Sociales revisen periódicamente para que los desahucios no queden paralizados indefinidamente.”.

Pasividad del Gobierno

Según el IEE, la falta de acción para resolver la inseguridad jurídica y la tolerancia hacia la ocupación ilegal, así como las políticas intervencionistas en el sector de la vivienda, generan un entorno de incertidumbre que perjudica la estabilidad de los derechos de propiedad y, por ende, el progreso económico y social.

El gran problema es que “la tolerancia con la okupación está ocasionando la desincentivación a la oferta inmobiliaria, tensión en el mercado y se ha traducido en una clara externalidad negativa para las familias más vulnerables que ven mayores dificultades de acceso a una vivienda al aumentar los precios y las rentas del alquiler. Pero el marco regulatorio actual, influido por la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, no ha resuelto la problemática”.

El informe subraya que “la normativa actual sigue siendo insuficiente para garantizar la seguridad jurídica de los propietarios y fomentar un mercado de alquiler estable. Junto lo anterior, esta regulación también presenta medidas intervencionistas, como la limitación de alquileres en zonas tensionadas, lo que agravaría el problema de acceso a la vivienda”.

Además, también preocupa el fenómeno de la okupación en viviendas en alquiler por parte de arrendatarios que dejan de pagar la renta y continúan habitando el inmueble. El informe recoge los datos sobre desahucios por impagos de alquileres en el periodo reciente y se constata que estos aumentaron un 4,5% en 2024.

Los dirigentes del IEE presentan su plan contra la ocupación basado en las tesis de los catedráticos Matilde Cuena y Vicente Pérez. (Imagen: IEE)

Poca protección propiedad privada

Otra conclusión del informe es que “la propiedad privada en España está menos protegida que en la mayor parte de los países de nuestro entorno, ya que según el Índice Internacional de Derechos de Propiedad, elaborado por Property Rights Alliance y difundido en España por el IEE, España solo alcanza el puesto 22 de los 37 países analizados en la defensa del derecho de propiedad, lo que evidencia un importante potencial de mejora de la propiedad privada en España”, comentaba Iñigo Fernández de Mesa, presidente del IEE.

El Índice recogido en el informe evidencia que España continúa presentando deficiencias en la protección de estos derechos, situándose por debajo de la OCDE y la Unión Europea, lo que subraya el deterioro de este fundamento de las economías más desarrolladas y la ausencia de medidas destinadas a la mejora de la protección de estos derechos.

En 2024, España se mantuvo en la mitad inferior del ranking del Índice, posicionándose en el puesto 22 de los 37 países analizados de la OCDE, lo que indica la ausencia de medidas para mejorar la protección de los derechos de propiedad.

En las 18 ediciones del Índice, el valor del indicador para medir la protección de los derechos de propiedad en España nunca ha alcanzado siquiera los 7 puntos (6,4 puntos en 2024), calificación por encima de la cual se sitúan la mayor parte de las economías más avanzados, lo que denota por otra parte una cierta deficiencia estructural de nuestro sistema a la hora de asegurar estos importantes fundamentos para el desarrollo de la iniciativa empresarial.

Hay que destacar que, de todos los subcomponentes del indicador, el de la protección del derecho de la propiedad física es el que más se ha deteriorado durante todo este periodo.

Por otra parte, si se tiene en cuenta el ajuste por impuestos del índice de derechos de propiedad en 2024, España cae aún más, en el puesto 24 de las 37 economías analizadas, “lo que nos debe hacer reflexionar sobre la excesiva incidencia que tienen los impuestos sobre la propiedad sobre nuestra economía”, comenta Iñigo Fernández de Mesa, presidenta del IEE.

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