Primer estudio sobre vestimenta y protocolo en despachos de abogados
Primer estudio sobre vestimenta y protocolo en despachos de abogados
El Estatuto General de la Abogacía Española de 1982 establecía en su art. 49.1 que “los Abogados comparecerán ante los Tribunales con traje, corbata y zapatos negros, camisa blanca y vistiendo toga y, potestativamente, birrete, sin distintivos de ninguna clase”.
Tras ello, en 2001, adaptado a su tiempo, el reformado Estatuto apuntaba en su art. 37.1 que los “abogados comparecerán ante los Tribunales vistiendo toga y, potestativamente, birrete, sin distintivo de ninguna clase, salvo el colegial, y adecuarán su indumentaria a la dignidad y prestigio de la toga que visten y al respeto a la Justicia”.
En julio de 2021, cuando entre en vigor en nuevo Estatuto, según su art. 56.1, “los profesionales de la Abogacía tendrán derecho a intervenir ante los juzgados y tribunales de cualquier jurisdicción sentados en el estrado, preferentemente, al mismo nivel en que se halle instalado el órgano jurisdiccional ante el que actúen y vistiendo toga, adecuando su indumentaria a la dignidad de su función”.
Así, dicho lo anterior, resulta evidente cómo deben vestir los abogados cuando estos se encuentran en dependencias judiciales. En cambio, cabría preguntarse, ¿cómo deben vestir los mismos cuando acuden a su despacho diariamente? ¿tienen sus firmas establecidas un código de vestimenta o dress code obligatorio?
Bien, si vamos a los Códigos Éticos de las distintas firmas (Garrigues, Legálitas, Gómez-Acebo y Pombo, por ejemplo), los cuales contienen los valores y principios que inspiran las señas de identidad del despacho, así como las normas y pautas de conducta que les son exigibles a sus miembros en sus relaciones tanto con la propia firma, como con sus clientes y terceros en general, muchos de ellos guardan silencio en relación a sus códigos de vestimenta y protocolo.
Otras firmas, como ECIJA, apuestan por una vestimenta más informal que el tradicional traje durante todo el año, pero siguiendo unos estándares de elegancia, estilo y, como apuntan muchas firmas, “sentido común”. En particular, Cristina Llop, socia de ECIJA, en la reciente jornada online celebrada por el Día Internacional de la Mujer y organizada por E&J, declaró que desde su firma apuestan por un dress code “totalmente libre”. En ECIJA “cada uno se viste como quiere”, aseguró.
En cambio, a pesar de excepciones como la ya citada, la realidad nos indica que la gran mayoría de despachos de abogados optan por un código business formal, el cual exige traje y corbata para los hombres y atuendo equivalente para las mujeres.
Estudio sobre vestimenta y protocolo
Pues bien, con la intención de analizar y reconocer cuál es la evolución sobre las obligaciones de vestimenta y protocolo de nuestros despachos de abogados, E&J te invita a participar en el primer estudio sobre vestimenta y protocolo en despachos de abogados.
¿Consideras importante que los despachos de abogados tengan un dress code? ¿En tu firma está permitido que los profesionales llevéis piercings o tatuajes visibles? ¿Crees que los letrados jóvenes se adaptan peor a los protocolos de vestimenta en despachos de abogados en comparación con los más veteranos?