¿Qué valor probatorio tienen los informes y dictámenes elaborados por expertos de la administración?
Los informes de origen funcionarial, aun habiendo sido elaborados por auténticos técnicos, no pueden ser considerados como prueba pericial
(Foto: Pexels)
¿Qué valor probatorio tienen los informes y dictámenes elaborados por expertos de la administración?
Los informes de origen funcionarial, aun habiendo sido elaborados por auténticos técnicos, no pueden ser considerados como prueba pericial
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La respuesta la hallamos en la Sentencia del Tribunal Supremo (Contencioso), sec. 4.ª, de 17 de febrero de 2022, n.º 202/2022, rec. 5631/2019, según la cual los informes y dictámenes elaborados por expertos de la Administración serán subsumibles dentro del medio de prueba “dictamen de peritos» cuando reúnan las características previstas en el art. 335 LEC, esto es, que la acreditación del hecho requiera de conocimientos especializados, que pueden tener funcionarios y técnicos al servicio de la Administración por su formación y selección, o por desempeñar precisamente funciones de naturaleza técnica o científica.
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