Restricciones a la libre circulación en la UE: unificación de criterios y creación de un código de colores común
Restricciones a la libre circulación en la UE: unificación de criterios y creación de un código de colores común
El derecho de los ciudadanos europeos a circular y residir libremente en la Unión Europea es uno de sus logros más apreciados, así como un motor importante de su economía. Cualquier restricción al derecho fundamental a la libre circulación dentro de la UE solo debe contemplarse cuando sea estrictamente necesario y debe coordinarse, ser proporcionada y no discriminatoria para hacer frente a los riesgos para la salud pública. Para limitar la propagación del brote de COVID-19, los Estados miembros han adoptado diversas medidas, algunas de las cuales han tenido un impacto en la libre circulación. Es necesario un enfoque bien coordinado, predecible y transparente para la adopción de restricciones a la libertad de circulación, a fin de evitar la propagación del virus, salvaguardar la salud de los ciudadanos y mantener la libre circulación dentro de la Unión en condiciones seguras.
Así, el pasado viernes la Comisión Europea adoptaba una nueva propuesta de Recomendación del Consejo para garantizar que todas las medidas adoptadas por los distintos Estados miembros que restrinjan la libre circulación debido a la pandemia que aun padecemos se coordinen y comuniquen claramente a escala de la UE.
En concreto, la propuesta de la Comisión establece cuatro ámbitos clave en los que los Estados miembros deberán colaborar de forma más estrecha:
- Criterios comunes y umbrales para los Estados miembros a la hora de decidir si se introducen restricciones a los viajes.
- Una cartografía de criterios comunes utilizando un código de colores acordado.
- Un marco común para las medidas aplicadas a los viajeros procedentes de zonas de alto riesgo.
- Información clara y oportuna al público sobre cualquier restricción.
Stella Kyriakides, comisaria de Salud y Seguridad Alimentaria, ha declarado: “Proponemos a nuestros Estados miembros un enfoque bien coordinado, predecible y transparente de las restricciones de viaje allí donde sean necesarias, dando siempre prioridad a la protección de la salud pública. Debemos evitar una mayor perturbación de las ya frágiles economías y poner fin a la incertidumbre de los ciudadanos, que han hecho enormes sacrificios. Esto es lo que esperan de nosotros, después de tantos meses viviendo con la COVID-19”.
Por su parte, el comisario de Justicia, Didier Reynders, ha declarado: “Nuestro derecho a circular libremente en la UE se ha visto fuertemente alterado por la pandemia. Para los muchos ciudadanos que dependen en su día a día de la capacidad de desplazarse sin restricciones, la cacofonía generada por las normas nacionales en la UE es abrumadora. Queremos simplificar las cosas. Proponemos unos criterios sencillos, no discriminatorios, fáciles de seguir por los Estados miembros y que permitan informar adecuadamente a los ciudadanos europeos”.
En la misma línea, la Comisaria de Asuntos de Interior, Ylva Johansson, ha declarado: “Desde marzo, la Comisión ha desarrollado y sentado unas bases sólidas para las recomendaciones sobre el control de las fronteras interiores y exteriores que deben seguir los Estados miembros. Las medidas adoptadas se basan en dichas recomendaciones y su objetivo es permitirnos aprovechar plenamente nuestro espacio Schengen. Por eso queremos un sistema claro («verde, naranja y rojo») y no un caleidoscopio de medidas individuales”.
Unificación de criterios
Actualmente existen grandes discrepancias entre los distintos criterios nacionales para la introducción de medidas de restricción de la libre circulación en la Unión Europea. Por ello, la Comisión propone que sea cada Estado miembro el que tenga en cuenta los siguientes criterios a la hora de adoptar posibles medidas restrictivas:
- En primer lugar, el número total de casos de COVID-19 recientemente notificados por cada 100.000 personas en una zona determinada en un período de 14 días.
- En segundo lugar, el porcentaje de resultados positivos de todas las pruebas de COVID-19 llevadas a cabo en una zona determinada durante un período de siete días.
- En tercer lugar, el número de pruebas de COVID-19 realizadas por cada 100.000 personas en una zona determinada durante un periodo de siete días.
Los Estados miembros deberán facilitar estos datos o parámetros semanalmente al Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades. Asimismo, aquellos deberán también facilitar estos datos a nivel regional para garantizar que cualquier medida pueda dirigirse a las regiones en las que sea estrictamente necesaria.
Informa también la Comisión Europa que, en el supuesto de que el Estado miembro de partida tenga una tasa semanal de pruebas de más de 250 por cada 100.000 personas, la Comisión propone que los Estados miembros no restrinjan la libre circulación de las personas que viajan desde otro Estado miembro cuando, por un lado, el número total de casos de COVID-19 recientemente notificados en una zona determinada sea inferior a 50 por cada 100.000 personas durante un período de 14 días; o, por otro lado, el porcentaje de resultados positivos de todas las pruebas de COVID-19 en una zona determinada sea de menos del 3 %.
Creación de un código de colores común
Teniendo presente los datos facilitados por los Estados miembros, la Comisión propone que el citado Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades publique un mapa de los países de la UE y del EEE, actualizado semanalmente, con un código de colores común para asistir a los Estados miembros y a los viajeros. La Comisión propone lo siguiente:
VERDE, para las zonas en las que el número total de casos de COVID-19 recientemente notificados sea inferior a 25 durante un período de 14 días Y el porcentaje de resultados positivos de todas las pruebas de COVID-19 sea inferior al 3 %;
NARANJA, para las zonas en las que el número total de casos de COVID-19 recientemente notificados sea de menos de 50 durante un periodo de 14 días, pero el porcentaje de resultados positivos de todas las pruebas de COVID-19 sea del 3 % o más, o el número total de casos de COVID-19 recientemente notificados sea de entre 25 y 150 pero el porcentaje de resultados positivos de todas las pruebas de COVID-19 sea de menos del 3 %;
ROJO, para las zonas en las que el número total de casos de COVID-19 recientemente notificados sea de más de 50 durante un periodo de 14 días Y el porcentaje de resultados positivos de todas las pruebas de COVID-19 sea del 3 % o más, o el número total de casos de COVID-19 recientemente notificados sea de más de 150 por cada 100.000 personas durante un período de 14 días;
GRIS si no se dispone de información suficiente para evaluar los criterios propuestos por la Comisión, o si el número de pruebas de COVID-19 realizadas por cada 100.000 personas en una zona determinada es inferior a 250.
“Los Estados miembros no deben denegar la entrada a las personas que viajen desde otros Estados miembros”
Así de firme reconoce la Comisión. Por ello, como alternativa, advierte aquella que, los Estados miembros que introduzcan restricciones a la libre circulación basadas en sus propios procesos de toma de decisiones podrían exigir que las personas que viajen desde una zona clasificada como «roja» o «gris» se sometan a cuarentena o a una prueba de COVID-19 después de su llegada, siendo esta última la opción preferida.
Sólo cuando esté justificado, los Estados miembros podrán considerar recomendar que las personas que viajen desde una zona clasificada como «naranja» se sometan al menos a una prueba de COVID-19 antes de la salida o a la llegada. Los Estados miembros podrían exigir a las personas que lleguen de una zona clasificada como «roja», «naranja» o «gris» que presenten formularios de localización de pasajeros, en particular las que lleguen en avión, de conformidad con los requisitos de protección de datos. Los viajeros con una función o necesidad esencial (como los trabajadores en puestos críticos, los trabajadores fronterizos y desplazados, los estudiantes o los periodistas en el cumplimiento de sus funciones) no deberían observar la cuarentena.
Próximos pasos
El Consejo debatirá esta propuesta de Recomendación de la Comisión con vistas a su adopción en las próximas semanas.