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Ruperto Guerra, abogado experto en Derecho Penal Internacional: «La euroorden debería tener la condición de exhorto»

Destaca que puede haber riesgo de impunidad por mala aplicación de una euroorden

Ruperto Guerra, socio-director de TCM Legal, aborda en 'Economist & Jurist' la problemática de una aplicación laxa de una euroorden. (Imagen: TCM Legal)

Rosalina Moreno

Redactora jefa




Tiempo de lectura: 3 min

Publicado




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Ruperto Guerra, abogado experto en Derecho Penal Internacional: «La euroorden debería tener la condición de exhorto»

Destaca que puede haber riesgo de impunidad por mala aplicación de una euroorden

Ruperto Guerra, socio-director de TCM Legal, aborda en 'Economist & Jurist' la problemática de una aplicación laxa de una euroorden. (Imagen: TCM Legal)



El Gobierno maniobra con la ley de amnistía para borrar los delitos de la independencia y dar vía libre al expresidente catalán Carles Puigdemont, fugado de la justicia española en el maletero de un coche, para que pueda volver a España. Si se hubiera aplicado correctamente la euroorden contra él en Alemania, hubiese sido detenido, entregado a las autoridades españolas y juzgado de acuerdo con la legislación vigente.

A finales de 2017, el magistrado instructor del ‘caso procés’, Pablo Llarena, retiró la euroorden contra él, y el entonces fiscal general del Estado, Julián Sánchez Melgar, pidió que se reactivara cuando el político, que estaba sin medidas cautelares, anunció que iba a viajar de Bélgica a Dinamarca a dar una conferencia. Sin embargo, Llarena desestimó temporalmente su petición. 



Aquel viaje y anuncio fue una provocación al Estado de Derecho. Un huido de la Justicia paseándose libremente. Después, al dictar Llarena auto de procesamiento, se reactivó la euroorden y Puigdemont fue detenido en Alemania en un movimiento de huida. El tribunal regional alemán resolvió que sólo sería extraditado por malversación y no por rebelión, y el Tribunal Supremo rechazó la entrega sólo por ese delito. 

Ruperto Guerra, socio-director de TCM Legal, despacho especializado en Derecho Penal Económico e Internacional, que es doctor en Derecho y experto en euroórdenes y extradiciones, aborda en Economist & Jurist la aplicación de esta herramienta jurídica y destaca sus luces y sombras.



Economist & Jurist (E&J): ¿La euroorden debería tener la condición de exhorto entre las autoridades europeas, como sostiene el magistrado del Supremo y exfiscal general del Estado Julián Sánchez Melgar?



Ruperto Guerra (R.G.): Una euroorden es una cuestión de confianza y debe bastar con la remisión por parte de un juez a otro para que se materialice la entrega de la persona. Por tanto, comparto con Sánchez Melgar que el tratamiento de la misma se asemeje a un exhorto judicial, que no es otra cosa que la petición de auxilio de un juez a otro.

Con la euroorden, el sistema tradicional de extradición se transforma de uno basado en el principio de soberanía y desconfianza entre Estados a otro nuevo que estriba en la confianza mutua entre los sistemas judiciales de los Estados miembros de la Unión Europea.

Julián Sánchez Melgar, en la Fiscalía General del Estado. Desde enero del año 2000 ocupa plaza en la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. (Imagen: Fiscalía)

E&J: ¿Hay riesgo de impunidad por mala aplicación de una euroorden? 

R.G.: Sí que lo hay, porque si el juez que recibe la euroorden no se limita a aplicarla, sino que entra en el fondo, no debiendo hacerlo, puede generar una impunidad.

La inviolabilidad de la soberanía de un Estado no debe amparar el delito y la impunidad del infractor. A nivel europeo, hay una tendencia a facilitar la posibilidad de que el ius puniendi -la capacidad de un Estado de sancionar un delito- pueda operar más allá de las fronteras del Estado requirente y adentrarse intramuros del Estado requerido, en aras de la imprescindible cooperación, respaldo y solidaridad internacional.

E&J: La Comisión Europea ha admitido deficiencias en la aplicación de la euroorden en algunos países… 

R.G.: En el ámbito de la Unión Europea nos hemos dotado de un ordenamiento que regule nuestra convivencia, desde la moneda única hasta un espacio sin fronteras, un Parlamento Europeo o la euroorden. Un espacio sin fronteras permite la libre circulación de las personas en el ámbito de la Unión Europea, pero ese libre tránsito de personas no puede suponer que la Justicia tenga barreras o fronteras que dificulte su aplicación.

Hay países en la Unión Europea que no cumplen el marco legal, como es el caso de Alemania y Bélgica, lo que provoca inseguridad jurídica. Y eso a su vez supone que la Justicia tenga barreras que dificulten su aplicación.

E&J: ¿Qué papel tienen los jueces de enlace?

R.G.: Socorrer a nuestros órganos judiciales que lo requieran en cuantas peticiones de cooperación judicial internacional emitan o reciban en el ejercicio de su actividad jurisdiccional y auxiliar a otros miembros de redes de cooperación judicial.

E&J: ¿Qué opina de la ley de amnistía? 

R.G.: Es una aberración jurídica y un error histórico que la historia juzgará con el paso de los años. La amnistía no sólo ignora intencionadamente los delitos cometidos, sino que minimiza el sufrimiento de la población y menoscaba el derecho de la sociedad.

No cabe justificar la amnistía recurriendo a leyes de amnistías generales en nombre de una reconciliación entre el Estado y la comunidad autónoma. Es un grave error, blindar la rendición de cuentas a aquellos que generaron el conflicto en Cataluña, al tiempo que niega la justicia es más que factible o previsible que genere nuevos conflictos o colisiones, de hecho los amnistiables ya lo están predicando.

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