Empresa es sancionada por grabar una conversación con un cliente sin su consentimiento
La mercantil no aportó pruebas en contra de lo afirmado por el afectado
![](https://www.economistjurist.es/wp-content/uploads/sites/2/2022/02/record-outgoing-calls-on-iphone.jpg)
(Foto: Fonespy)
Empresa es sancionada por grabar una conversación con un cliente sin su consentimiento
La mercantil no aportó pruebas en contra de lo afirmado por el afectado
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(Foto: Fonespy)
La Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado a una empresa con 5.000 euros por grabar una conversación con un cliente sin avisarle previamente y sin contar con su consentimiento.
En opinión de la AEPD, la mercantil habría vulnerado el art. 5.1 c) del Reglamento General de Protección de Datos, en cuanto a los principios relativos al tratamiento (minimización de los datos).
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