Se aprueba el Anteproyecto de la L.O. de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia
Se aprueba el Anteproyecto de la L.O. de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia
El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia para defender la violencia que se da contra niños, niñas y adolescentes
Se ha aprobado la propuesta de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia por el Consejo de Ministros. Esta nueva Ley Orgánica pretende solucionar el problema de la violencia que se da contra la infancia, a la que se pretende proteger ante cualquier situación de violencia que puedan sufrir. El resultado modifica hasta once leyes actuales.
En primer lugar, se amplía el concepto de ‘violencia’, abarcando «toda forma de perjuicio o abuso físico, psicológico o emocional, incluidos las agresiones o abusos sexuales, los castigos físicos, el simple descuido o el trato negligente», como indica Abogacía. Esto incluye cualquier forma de cometer dicha violencia, inclusive la tecnología.
También incluye medidas de concienciación, prevención, detención e intervención en ámbitos como el sanitario, educativo, judicial, deportivo o de ocio, entre otros; con el fin de crear una Estrategia de erradicación de la Violencia contra la Infancia y la Adolescencia». Así, los centros escolares tendrán la inclusión de protocolos para prevenir, detectar actuar en casos donde haya o vaya a haber violencia. También las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad contarán unidades especializadas en violencia sobre los menores.
En cuanto a la modificación del Código Penal, el punto más relevante es el establecimiento de un plazo de prescripción de los delitos más graves contra menores a partir de que la víctima cumpla 30 años. Otra medida será el endurecimiento de las condiciones de los condenados pro agresiones sexuales a menores como la prohibición del acceso a permisos penitenciarios o al tercer Grado hasta que no hayan cumplido la mitad de la pena o su acceso a la libertad condicional. Además, se incluye como nuevos delitos aquellos que inciten al suicidio, a cometer alguna infracción sexual o promuevan trastornos alimenticios. Se incluirá como agravante la discriminación por edad, razones de aporofobia (persona que no tiene recursos económicos) o de exclusión social, entre otros.
Con ello, se reforma también la LECrim, permitiendo al juez retirar contenidos ilícitos de páginas web como medida cautelar durante la investigación del caso o la inhabilitación de los autores de delitos sexuales y de trata a acceder a cualquier profesión u oficio que suponga un contacto regular y directo con menores. También deja que la decisión de un menor a declarar o no en un juicio a manos del representante legal del menor o bien del Ministerio Fiscal y obliga a los familiares de la víctima a que comparezcan como testigos.
Otra ley que se modificará es la Ley Orgánica del Defensor del Pueblo.