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Noticias Jurídicas

Se aprueban las bases para la presidencia de varios Tribunales

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Se aprueban las bases para la presidencia de varios Tribunales



El CGPJ ha aprobado las bases de la convocatoria para presidir la Audiencia Nacional, cuatro Audiencias Provinciales y tres Tribunales Superior de Justicia

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha acordado hoy que el nuevo régimen de retribuciones variables por objetivos de la Carrera Judicial será efectivo desde el próximo 1 de octubre, una vez que han sido configuradas las aplicaciones informáticas necesarias y establecidas las condiciones técnicas precisas para la cumplimentación y remisión de los formularios de rendimientos.



De este modo, el rendimiento correspondiente al cuarto trimestre de 2019, a los efectos del derecho al devengo de las retribuciones variables, se determinará con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento 2/2018, para el cumplimiento de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal. La determinación del rendimiento hasta la fecha de efectividad del Reglamento –es decir, el correspondiente al primer semestre, así como al tercer trimestre del año- se llevará a cabo con arreglo al sistema vigente en este momento.

Periodo de prueba

Antes de la plena efectividad del nuevo sistema, habrá un periodo de prueba –que irá del 1 de julio al 30 de septiembre- durante el que todos los jueces y magistrados, a través de las herramientas informáticas y los medios técnicos que se pondrán a su disposición, podrán cumplimentar los formularios para determinar el rendimiento, a fin de familiarizarse con las aplicaciones y alertar acerca de eventuales problemas técnicos que puedan surgir.



Un Grupo de Respuesta formado por miembros de distintos órganos técnicos del CGPJ recibirá y atenderá esas consultas y elaborará además un repositorio de respuestas que se irá actualizando permanentemente y al que tendrán acceso los integrantes de la Carrera Judicial, de modo que les sirva de ayuda a la hora de cumplimentar los formularios.

Fuente: CGPJ

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