La juez de menores de Pamplona decreta el internamiento cautelar por seis meses de un menor no acompañado investigado por siete robos en 18 días en Pamplona
La juez de menores de Pamplona decreta el internamiento cautelar por seis meses de un menor no acompañado investigado por siete robos en 18 días en Pamplona
La titular del Juzgado de Menores de Pamplona ha decretado el internamiento cautelar por seis meses en un centro de un menor extranjero no acompañado (MENA) de 17 años investigado por su supuesta participación en siete delitos de robo —cuatro de ellos en establecimientos abiertos al público y los otros tres en sendas viviendas, dos de ellas habitadas— perpetrados entre el 12 y el 30 de septiembre en la capital navarra.
En el auto, que puede ser recurrido ante la Audiencia de Navarra, la magistrada explica que el joven, de nacionalidad marroquí, que carece de familia en España y residía en un centro de protección de menores del que se fugaba en reiteradas ocasiones, “precisa de un entorno de mayor contención”.
De igual forma, añade la juez, también se debe atender “la necesaria protección de las víctimas y perjudicados”, ya que el menor “no parece ser consciente de los hechos atribuidos, de forma que no existe garantía de poder evitar la comisión de nuevos hechos delictivos en un entorno de medio abierto”.
En este sentido, el Equipo Técnico del juzgado informó de que la situación actual del mismo hacía “ya necesario un recurso de contención para poner freno a la situación y dar al menor la estructura educativa necesaria que le ayude a interiorizar la conducta social apropiada”.
En la resolución, la magistrada pone de manifiesto que existen bastantes indicios para imputar los robos al menor, como el cotejo de huellas dactilares y reconocimientos fotográficos.
Al respecto, la juez destaca que, debido a las fugas del menor del centro en el que residía, resulta necesaria la medida de internamiento solicitada por la fiscalía debido, entre otros motivos, a la total falta de arraigo del joven.
Por tanto, concluye la juez, resulta “evidente que el entorno de medio abierto no puede dar la respuesta educativa que el menor precisa en estos momentos, en orden a poner fin a su reiteración delictiva”, por lo que, para evitar nuevas víctimas, “se hace precisa la medida interesada que permita, a un tiempo, afrontar las necesidades que el mismo presenta y reconducir su comportamiento antisocial, superando la situación de riesgo en la que se encuentra”.
Durante los seis meses de internamiento en régimen semiabierto en el centro de reforma, el menor deberá someterse al programa educativo que se elaborará al efecto.
Fuente: Poder Judicial