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Noticias Jurídicas

Se ha condenado al psiquiátrico de Garrapinillos por haber dejado que un paciente desapareciera

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Se ha condenado al psiquiátrico de Garrapinillos por haber dejado que un paciente desapareciera



Loreno Nieto Peralda estaba ingresado en el psiquiátrico de Garrapinillos debido a una severa depresión que le llevaba a una intensa ideación de suicidio. Su evolución negativa en el psiquiátrico conllevó a que, su médico cambiara su tratamiento inicial por uno más agresivo. A dicho cambio, también se le unió que debía encontrarse en el ´régimen de la bata” por el cual los pacientes deben vestirse con bata, pijama y zapatillas. Pudiendo recibir visitas que estén autorizadas, no tener acceso a dinero y las salidas del centro no están permitidas excepto cuando exista autorización del médico responsable.

El día 11 de abril de 2017, Lorenzo Nieto de 58 años decidió salir del centro con su vestimenta de pijama sin que nadie le detuviese en su trayectoria. En dicho momento, el vigilante de seguridad del centro vio cómo Lorenzo salió por la puerta principal donde entran los coches, pero no hizo nada para detenerlo, ya que no podía abandonar su puesto de trabajo. Cuando se dieron cuenta del suceso, se activó el protocolo de fugas saliendo a buscarlo inmediatamente, pero Loreno se encontraba ya en paradero desconocido.



Debido a estos hechos, los tribunales han dado la razón a la familia de Lorenzo, concretamente el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 14 de Zaragoza. En dicho fallo, la titular, condena tanto al centro psiquiátrico como al médico Jesús Larrubia, responsables civilmente y deberán indemnizar a la familia un total de 170000 euros, 90000 euros a la esposa de Lorenzo y 80000 euros a su hijo. Dicha cantidad deberá ser abonada en fracciones, por lo que, se fraccionará en 10 años por ser el periodo por el cual es necesario para que se declare legalmente una persona fallecida que ha desaparecido.



Los fundamentos de la magistrada en la responsabilidad del centro se basan en: “patente falta de medios personales y materiales, para evitar la fuga de pacientes” y “en una misma unidad abierta 45-46 personas sometidas tanto a ingreso voluntario como involuntario, controladas por solo dos auxiliares de enfermería, sin medidas de seguridad especiales ni cámaras de vigilancia que grabasen o fuesen efectivamente controladas por alguien con capacidad para neutralizar las puertas del recinto”. Añadiendo también que, “El guardia de seguridad que da alarma ignora si quien sale del recinto con bata, pijama y zapatillas es un paciente voluntario o involuntario

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