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Se ha llegado a un acuerdo entre los 47 abogados acusados y la fiscalía en el juicio contra ETA.

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Se ha llegado a un acuerdo entre los 47 abogados acusados y la fiscalía en el juicio contra ETA.



El gran juicio contra ETA ha durado 29 minutos, en los que los 47 acusados ante la Audiencia Nacional han reconocido que habían actuado bajo las directrices de la organización terrorista ETA, para poder organizar y dirigir a los presos con la finalidad de poder asegurar la unión y fidelidad de la banda terrorista después del cierre de la actividad en octubre de 2011.

Hoy, se ha llegado a un acuerdo de conformidad entre los acusados populares (Dignidad y justicia y AVT) y la fiscalía, en la que su pena se ve reducida notablemente. Su conformidad supondrá aceptar penas de entre tres años y medio y un año de prisión. Tratándose de condenadas muy leves que permitirán que no vayan a prisión 45 de los 47 acusados, al no disponer de antecedentes penales la mayoría de ellos.



La mayor condenada ha sido para Arantza Zulueta, por haber admitido ser la dirigente del Koordinazioa taldea (KT), órgano que se encargaba de trasmitir en la cárcel las órdenes de la banda. Por lo que se condenará a tres años y medio de prisión aplicándose el atenuante de “confesión tardía”. En la misma línea, Jon Enparantza ha sido condenado por categoría de dirigente a una pena de dos años y 7 meses de cárcel. Además de, inhabilitación absoluta de año y medio, así como un año de libertad vigilada.



Respecto a los demás condenados, las penas versan entre uno y dos años de cárcel, por aceptar haber participado activamente ejemplos como la concejal de Pamplona Amia Izco, Ainhoa Baglietto o, el exsesanador de Bildu Iñaki Goioaga.

Antes de este acuerdo, la Fiscalía solicitaba para los acusados una pena de ocho a catorce años de cárcel por los delitos de integración terrorista en sus diferentes grados.



Funciones de los abogados

Según el relato del fiscal, los acusados teniendo la consideración de abogados, no sólo llevaban a cabo las funciones de la defensa o asistencia letrada, sino que también se encargaban de recopilar toda aquella información importante sobre los presos para que, con posterioridad, dicha información se haga llegar “a las estructuras de dirección del frente de cárceles” de la cúpula de banda.

El objetivo principal, de acuerdo a la Fiscalía era poder controlar la estructura de los frentes de cárceles “de forma integral, garantizando la cohesión de sus miembros y su fidelidad a ETA. Ejerciendo dicha función siempre de forma subordinada a la organización terrorista y de acuerdo a las directrices generales que ETA le hacía llegar”.

Esta estructura estaba integrada por dos cooperativas de abogados, con sede en la localidad guipuzcoana de Hernani y en Bilbao. Los abogados se encargaban de atender “a aquellos presos y bajo la apariencia de asistencia jurídica, que también les prestan, les transmiten consignas procedentes de la dirección de ETA, con la finalidad de mantener su cohesión como integrantes de la banda y presentar hacia el exterior, especialmente frente al Gobierno democrático de España, una posición común, excluyendo iniciativas, actitudes y reivindicaciones individuales”.

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