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Se publica el proyecto de ley por el que abogados y procuradores podrán ejercer mediante una prueba única

Pablo Capel Dorado

Director general de Economist & Jurist Group




Tiempo de lectura: 2 min

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Se publica el proyecto de ley por el que abogados y procuradores podrán ejercer mediante una prueba única



Una vez entre en vigor la modificación normativa, a través del Máster de Acceso y su ulterior examen, los egresados podrán elegir si se colegian como abogados o como procuradores. Sin embargo, no se podrán ejercer ambas profesiones simultáneamente, sino que seguirán siendo mutuamente excluyentes.

La modificación

En base a lo anterior, la modificación sustancial viene a corregir lo expuesto en el artículo 2 de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, que a partir de ahora tendrán el siguiente tenor:



Artículo 2. Acreditación de aptitud profesional.

1. Tendrán derecho a obtener el título profesional para el ejercicio de las profesiones de abogado y procurador las personas que se encuentren en posesión del título universitario de Licenciado/a en Derecho o de Graduado/a en Derecho y que acrediten su capacitación profesional mediante la superación de la correspondiente formación especializada y la evaluación regulada por esta ley.

2. La formación especializada necesaria para poder acceder a las evaluaciones conducentes a la obtención de este título profesional, es una formación reglada y de carácter oficial que se adquirirá a través de la realización de cursos de formación acreditados conjuntamente por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Universidades a través del procedimiento que reglamentariamente se establezca.



Como observamos, queda unificada la prueba conducente al ejercicio de ambas profesiones.

Nunca se podrán ejercer simultáneamente ambas profesiones

Dicho lo anterior, debemos recalcar que la modificación normativa va dirigida a gestionar el acceso único a ambas profesiones, pero que “en ningún caso el Ministerio de Justicia prepara una reforma para permitir a los abogados ejercer como procuradores”, según un comunicado de prensa emitido hoy mismo por el Consejo General de Procuradores de España en respuesta a una publicación vertida en el medio El Confidencial.

La modificación normativa también se materializará en una eliminación de aranceles mínimos para establecer un “techo” o arancel máximo de 75.000€ con obligación de presentar estimación de costes al cliente. Aunque, según parece, la negociación de los actores implicados en la modificación -Abogacía y Procura- y su participación en este proceso, hará que se asegure el ejercicio exclusivo de la profesión.

Una reforma ya planteada

Ya en la última legislatura de Rajoy, siendo ministro de Justicia Rafael Catalá, se emitió una propuesta que nunca llegó a fructificar. Por lo tanto, la modificación de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, es la segunda que se intenta con el mismo fin.

Asistimos, por lo tanto, al segundo intento de modificar el acceso a la profesión de abogado y procurador, ya que el PP intentó que estos pudieran aunarse en una misma entidad, eso sí, respetando sus competencias y funciones.

Estamos ante una propuesta que, como siempre, puede levantar ampollas entre la Procura ya que, cualquier tipo de modificación puede ser entendida como el punto de ignición que haga, paulatinamente, minorar sus funciones.

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