Se pueden instalar cámaras de grabación en habitaciones privadas de los trabajadores.
Se pueden instalar cámaras de grabación en habitaciones privadas de los trabajadores.
Únicamente se vulnera su derecho fundamental a la intimidad si no se cumplen determinados presupuestos.
Una Sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Jerez de la Frontera, de 2 de octubre de 2007, considera en el caso de autos que la medida no estaba justificada pues el recorte en el derecho a la intimidad no era necesario, ni proporcionado, tampoco respetuoso con el contenido mínimo esencial del derecho fundamental.
Más información en Economist & Jurist nº 117