Tanto la cesta de Navidad como la compensación económica que la sustituya tributan
Tanto la cesta de Navidad como la compensación económica que la sustituya tributan
Los regalos navideños o las cestas de Navidad que los trabajadores de una empresa reciben para estas fiestas, son considerados a efectos fiscales como un rendimiento del trabajo en especie.
Si la empresa tiene por costumbre efectuar este tipo de regalos navideños a sus empleados, para ella será un gasto deducible en el Impuesto de Sociedades, que a su vez comportará rendimiento del trabajo en especie para sus trabajadores por cuenta ajena y, por lo tanto, la empresa tendrá que efectuar el correspondiente ingreso a cuenta en Hacienda del valor de la cesta o del regalo.
Asimismo, la compensación que ofrece la empresa a sus trabajadores en sustitución de la cesta de Navidad tributa como rendimiento irregular.