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El Supremo plantea cuestión de inconstitucionalidad contra doce artículos de la Ley de medidas fiscales para la sostenibilidad energética

Tribunal Supremo plantea recurso inconstitucionalidad
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El Supremo plantea cuestión de inconstitucionalidad contra doce artículos de la Ley de medidas fiscales para la sostenibilidad energética

Tribunal Supremo plantea recurso inconstitucionalidad


La Sala Tercera expresa sus dudas sobre la finalidad medioambiental de tres de los impuestos regulados en la norma

 



La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha dictado varios autos en los que plantea cuestión de inconstitucionalidad contra doce artículos de la Ley 15/2012, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, al tener dudas sobre la constitucionalidad de tres impuestos regulados en dicha norma: el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica, el Impuesto sobre la Producción de Combustible Nuclear Gastado y Residuos Radioactivos, y el Impuesto sobre el Almacenamiento de Combustible Nuclear Gastado y Residuos Radioactivos.



En los tres casos, la Sala tiene dudas sobre la finalidad medioambiental de dichos impuestos, que los magistrados entienden que podrían estar gravando el mismo hecho imponible o la misma manifestación de riqueza ya gravada por otros impuestos, por lo que creen que el Tribunal Constitucional debe dilucidar si vulneran el artículo 31.1 de la Constitución, que señala que “todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio”.

El planteamiento de las cuestiones de inconstitucionalidad ha sido acordado por la Sala al examinar los recursos de UNESA (Asociación Española de Industria Eléctrica), Iberdrola y Endesa contra las órdenes de Hacienda que establecen los modelos de dichos impuestos.



En sus resoluciones, el Supremo destaca que los recurrentes pudieran tener razón al afirmar que la verdadera realidad perseguida con dichos impuestos es financiar el déficit tarifario.

(Fuente: Comunicación del Poder Judicial)