Un acuerdo de trabajo a distancia basado en un contrato de adhesión no anula la totalidad del mismo
La Audiencia Nacional falla que solo se puede declarar la nulidad de una cláusula si ésta va contra la Ley
(Foto: E&J)
Un acuerdo de trabajo a distancia basado en un contrato de adhesión no anula la totalidad del mismo
La Audiencia Nacional falla que solo se puede declarar la nulidad de una cláusula si ésta va contra la Ley
(Foto: E&J)
El hecho de que el acuerdo de trabajo a distancia en una empresa sea un mero contrato de adhesión no significa que la totalidad de ese contrato tenga que ser declarado nulo. Así lo entiende la Audiencia Nacional, que se ha pronunciado ante una demanda interpuesta por cinco centrales sindicales contra el acuerdo sobre home office y trabajo a distancia que afecta a 1.029 trabajadores de la empresa Teleperformance España.
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