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Noticias Jurídicas

Un juez abre diligencias sobre 13 posibles homicidios imprudentes en el incendio las discotecas Fonda Milagros y Teatre

Los expertos subrayan que el Ayuntamiento de Murcia podría ser responsable civil subsidiario en este suceso al no haber precintado el local casi un año después de ordenarlo

(Foto: Ayuntamiento de Murcia)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 7 min

Publicado




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Un juez abre diligencias sobre 13 posibles homicidios imprudentes en el incendio las discotecas Fonda Milagros y Teatre

Los expertos subrayan que el Ayuntamiento de Murcia podría ser responsable civil subsidiario en este suceso al no haber precintado el local casi un año después de ordenarlo

(Foto: Ayuntamiento de Murcia)



El juzgado de Instrucción número 3 de Murcia va a dirigir las diligencias abiertas por 13 delitos de homicidio imprudente en el incendio de las discotecas de la Fonda Milagros y Teatre, en la zona de ocio nocturno de Atalayas (Murcia) este domingo, 1 de octubre. La titular de este juzgado será la que dirija la investigación para el esclarecimiento de los hechos y depuración, en su caso, de eventuales responsabilidades penales.

Las primeras diligencias fueron practicadas por el juzgado de Instrucción número 7, en funciones de guardia, cuya comisión judicial desplazada procedió el domingo al levantamiento de los cuerpos recuperados de las instalaciones por los miembros del Cuerpo de Bomberos de Murcia.



Se está a la espera de que se completen las labores de identificación, una vez concluida la autopsia por los médicos forenses del Instituto de Medicina Legal de la Región de Murcia, con el fin de informar al juzgado sobre las causas y circunstancias de las muertes.

El juzgado de Instrucción número 3, competente para la investigación, mantiene el secreto de sumario decretado de las diligencias abiertas para el esclarecimiento del siniestro. Y está a la espera de recibir la autopsia preliminar, una vez plenamente identificados los 13 fallecidos, para hacer su entrega a las familias y librar las licencias de enterramiento.

Aun así, se ha sabido que los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Murcia se han personado este martes como acusación particular. Entre la documentación aportada por los servicios jurídicos municipales a la jueza que instruye el caso se encuentra la orden de cese de actividad de la discoteca Teatre, con fecha de enero de 2022.



Expertos consultados por Economist & Jurist hacen una primera valoración jurídica de este asunto. Coinciden en que podría abrirse la vía penal y que este suceso podría haberse evitado en el caso de que la discoteca estuviera cerrada, como así lo indico una última inspección hecha en febrero del 2022.

Los consumidores piden transparencia

Desde el punto de vista de la Asociación Española de Consumidores, los hechos sucedidos en las discotecas de Murcia han puesto encima de la mesa una problemática que tiene diferentes vertientes.

“Por un lado, cabe señalar la necesidad de que exista transparencia en cuanto a los datos que están ofreciendo las administraciones públicas en relación a este asunto. Por otro lado, también cabe ver si se cumplía la normativa de seguridad por parte de las empresas y si esta normativa en la actualidad es suficiente de cara a garantizar que no se produzcan este tipo de percances y, finalmente, verificar si realmente había cese de actividad o no, si se había notificado o no”, aclara su presidente Miguel Ángel Ruiz, presidente de la Asociación Española de Consumidores (Asescon).

Miguel Ángel Ruiz, presidente de la Asociación Española de Consumidores. (Foto: E&J)

También indica que “en Asescon nos tomamos esta situación con total cautela y respeto hacia las víctimas y sus familias. Además, estamos ante un proceso abierto en un juzgado y, por tanto, todo debe pasar por ese procedimiento”.

“Aun así, sí queremos que exista una total transparencia en la investigación para dirimir responsabilidades. Habrá que ver si había sobre alguna de las discotecas alguna suspensión de licencia para efectuar su actividad y si esa suspensión había sido debidamente notificada”, aclara

A su juicio, “en el caso de que se hubiera notificado, no entendemos cómo es posible que miles de consumidores acudían sin ningún tipo de intervención de las administraciones públicas sobre unas discotecas que, según fuentes del Ayuntamiento, no disponían de autorización”.

Señala que “si alguna discoteca actuaba de manera ilegal, esta dejadez de la Administración podría haber sido imprudente. En breves palabras, ha habido una dejación de funciones clara que podría conllevar una culpa in vigilando respecto a lo que ha sucedido con las posibles responsabilidades penales o civiles que se puedan derivar de ello”, apunta.

El presidente de Asescon destaca que “no entendemos cómo un lugar de salida nocturna donde normalmente acude la Policía por temas de aglomeración de gente, aforos, etc. no haya tenido un cese de actividad efectivo”.

Otra cuestión que debe abrir este asunto es la necesaria revisión de las medidas de seguridad del total de salas de esta tipología de actividad. “Es esencial que se garantice la seguridad de los consumidores que acuden a estos establecimientos. Es más, en la Asociación Española de Consumidores entendemos que debería revisarse dicha normativa con el fin de evitar determinadas actividades posiblemente peligrosas que pudieran conllevar riesgos tal y como se ha comprobado con este gravísimo percance en Murcia.

A su juicio, “esta normativa debe establecer criterios claros, sin ningún tipo de duda, además de conllevar agilidad en las inspecciones y en las medidas a llevar a cabo en el caso de incumplimiento.”

Finalmente, desde Asescon “mostramos nuestras condolencias a los afectados y sus familias que posiblemente hayan sufrido la posible inactividad de las Administraciones Públicas a la hora de tomar medidas sobre empresas que presuntamente no tenían la licencia al día y que públicamente actuaban de cara a los ciudadanos”.

Un asunto que acabará en la vía penal

Para Manuel Castellanos, presidente de la Asociación de Abogados de Víctimas de Accidentes y Responsabilidad Civil (ANAVA-RC) y actual presidente de la sección de responsabilidad civil del ICAM, recuerda su actividad como abogado en el suceso de Alcalá 20, aquella discoteca que ardió en diciembre de 1983 con 81 fallecidos. “Una batalla judicial de diez años que acabó con condena penal al empresario y como responsabilidad civil subsidiario al Estado por una falta de diligencia en cuanto a las inspecciones del local”.

Manuel Castellanos. (Foto: ANAVA-RC)

Desde su punto de vista “este asunto tiene los visos de que acabará en la vía penal, es posible que se impute a los responsables del Ayuntamiento que no cursaron la orden de clausura, al propio empresario porque, además, al parecer hizo una obra en el local que no estaba autorizada. Es posible que las investigaciones señalen que estamos ante un delito de homicidio imprudente. Habrá que seguir dichas investigaciones que ahora se inician”.

Sobre las indemnizaciones a las que puedan tener derecho las familias de las víctimas, Castellanos señala que “habría que utilizar el baremo de accidentes de tráfico de forma orientativa, que debería incrementar esa compensación al menos en un 50%, como se suele hacer en este tipo de asuntos. El primero que debería pagar sería el empresario a través de su aseguradora. También se ve cierta responsabilidad del Ayuntamiento de Murcia por permitir que ese local estuviera abierto sin licencia”.

A juicio de este abogado, “es previsible que si se abre un procedimiento penal se impute a empresario y corporación municipal. Lo que ahora se abre es una batalla judicial de años. El juicio de Alcalá 20 empezó en octubre de 1993, se tardó diez años en arrancar el juicio oral. También está el otro antecedente del suceso en Madrid Arena, donde el Supremo confirmó las penas al propietario del local por la muerte de cinco jóvenes en el 2012 y al médico que llevó la operación de atender a las víctimas por negligencia”.

En opinión de este jurista “a las órdenes de clausura hay que hacerlas seguimiento para evitar este tipo de desgracias, perfectamente evitables. Para eso está la policía municipal en todas las ciudades españolas para supervisar que dichas órdenes se tienen en cuenta y se aplican. También es verdad que algunos empresarios tienen falta de respeto a estas órdenes administrativas. Algunos prefieren pagar la sanción a cerrar el local porque les resulta más rentable tener el local abierto en estas situaciones”.

Castellanos es partidario de una mayor severidad en este tipo de inspecciones con sanciones mayores en el caso de que los empresarios no las cumplan. “Las administraciones públicas no se pueden poner de perfil y tienen que hacer su trabajo porque ahí hay vidas humanas en juego. Después de Madrid Arena se hicieron muchas revisiones de locales, algunas abusivas, pero luego se pasó al otro extremo de no inspeccionar nada. Hay que buscar la fórmula adecuada”.

Posibles homicidios imprudentes

Por su parte, el abogado penalista Luis Romero cree que la vía penal se abre en este suceso. “Esto va a depender de los informes periciales y de los que aporten ayuntamiento, bomberos, policía científica sobre el origen del incendio y sus causas. Pero es verdad por lo que ha informado el Ayuntamiento de Murcia tenía suspendida la actividad desde primeros del 2022, Por este motivo el propio Ayuntamiento puede ser responsable civilmente subsidiario porque tendría que haber supervisado y controlado un local con tanto riesgo. No tenía que haber dejado esta discoteca estuviera funcionando”.

A juicio de este abogado, “en función de lo que señalen las investigaciones podríamos tener el delito de homicidio imprudente, del articulo 142 del Código Penal porque ha habido muertes, que por el momento conocemos que son trece. El tipo penal iría de uno a cuatro años de prisión para los administradores del negocio, no es descartable que a alguien del Ayuntamiento se le pudiera imputar otro delito como seria el deber de omisión de impedir otro delito”.

Luis Romero. (Foto: E&J)

Para Romero, esta última cuestión “aunque es una infracción administrativa también podría abrirse una responsabilidad penal al concejal encargado de la seguridad y espectáculos de la ciudad murciana con un local que debería estar cerrado desde febrero del 2022. Desde fuera se observa cierta impunidad en muchos locales nocturnos en nuestro país donde fallan los controles, con lo cual es un milagro que no ocurran más desgracias porque no hay muchos locales que no cumplen con las medidas de seguridad, ni por aforo ni por el horario que deban cumplir”.

En su opinión, “cualquier retirada de licencia debe estar supervisada por el órgano municipal, para esto está la policía local y los inspectores. Hay una responsabilidad clara de los administradores de las discotecas, que serán quienes tendrán que enfrentarse a estas responsabilidades. A nivel penal podrían enfrentarse a nueve años de cárcel porque se aplica la regla de la triple de mayor pena. Se aplicaría el triple de pena mayor, tres años hasta nueve”.

Romero es consciente que los procesos penales son largos. “Tenemos antecedentes con Madrid Arena o Alcalá 20 a finales de los ochenta que duraron años. En principio este juicio, si no se complica mucho, sería en dos años, luego vendrán seguramente las apelaciones. En el caso de Spanair, donde estuve personado como acusación, con muchos fallecidos, se archivó la vía penal por considerar el juez que era un tema de responsabilidad civil.

Respecto a la evolución de los acontecimientos, “es lógico que las familias de los fallecidos se personen en este asunto con su propio abogado, tampoco es descartable que al ser todos amigos y tener cierta relación pudiera haber un único abogado para todas las víctimas. Eso lo veremos en los próximos días seguramente. Ya sabemos que el Ayuntamiento de Murcia se personará como acusación particular. La cuestión es que esta tragedia podría haberse evitado”.

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