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Noticias Jurídicas

Un matrimonio condenado por demoler un chalé y una piscina en una finca de Marchena

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Un matrimonio condenado por demoler un chalé y una piscina en una finca de Marchena

(Imagen: Real Federación Española de Tenis de Mesa)



El fallo del Juzgado condenó a los acusados como autores de un delito contra la ordenación del territorio, pero que no los obligó a demoler lo construido.

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a un matrimonio a seis meses de cárcel y al pago de una multa de 2.160 euros por construir un chalet de 90 metros cuadrados y una piscina en la finca «El Alcornocal» de Marchena, edificación que además deberá demoler a su costa pese al decreto aprobado en 2012 por la Junta de Andalucía que regula la situación de las edificaciones construidas en suelo no urbanizable.



La parcela se encuentra en suelo no urbanizable de especial protección dentro de la delimitación de «Zona de restauración de elementos naturales-Huertos familiares», por lo que está prohibido en ellos proporcionar cobertura vegetal.

La Audiencia considera que el matrimonio no ha solicitado licencia de construcción al Ayuntamiento y que, a pesar de ello, llevó a cabo las obras. «La demolición de la construcción no es más que una consecuencia del delito por el que han sido condenados los acusados», señala.