Asesoría es sancionada con 3.000 € por equivocarse al enviar documentación vía email
Se ofrecen indicios evidentes de que el reclamado ha vulnerado el art. 32 del RGPD
(Diseño: Cenaida López/E&J)
Asesoría es sancionada con 3.000 € por equivocarse al enviar documentación vía email
Se ofrecen indicios evidentes de que el reclamado ha vulnerado el art. 32 del RGPD
(Diseño: Cenaida López/E&J)
Si hace un par de semanas informábamos sobre la sanción de 2.000 euros impuesta a una asesoría por enviar un documento a la persona incorrecta, esta vez, en un supuesto similar, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en su procedimiento Nº PS/00483/2020, ha impuesto la multa de 3.000 euros a otra asesoría por enviarle un email a un cliente con documentación de carácter personal de un tercero.
La AEPD considera infringidos los arts. 5.1.f) (Principio de integridad y confidencialidad y 32.1 (Medidas de seguridad) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
Antecedentes
La asesoría (reclamada), con sede en Barcelona y con más de treinta años de asesoramiento profesional para consultas fiscales, laborales y contables, recibió en junio de 2020, vía correo electrónico, una solicitud de un cliente (reclamante) para que le aportase documentación para realizar con éxito unos trámites ante Hacienda.
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