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Noticias Jurídicas

Una guía del Banco de España sobre tarjetas ‘revolving’ señala que el interés se aplica desde el capital, y no desde el saldo deudor

Celestino García, abogado experto en 'revolving', critica la guía y afirma que se trata de un producto tóxico e ilegal

Portada de la Guía de tarjetas 'revolving' que acaba de publicar el Banco de España, en vigor desde el pasado 31 de diciembre. (Imagen: Banco de España)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 7 min

Publicado




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Una guía del Banco de España sobre tarjetas ‘revolving’ señala que el interés se aplica desde el capital, y no desde el saldo deudor

Celestino García, abogado experto en 'revolving', critica la guía y afirma que se trata de un producto tóxico e ilegal

Portada de la Guía de tarjetas 'revolving' que acaba de publicar el Banco de España, en vigor desde el pasado 31 de diciembre. (Imagen: Banco de España)

Mientras que el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, tras haber realizado la consulta pública, tiene la intención de redactar una nueva ley de contratos de crédito al consumo para trasponer la Directiva (UE) 2023/2225 que debe entrar en vigor, como fecha límite, el 20 de noviembre de 2025, el uso de las tarjetas revolving sigue siendo un negocio para las entidades financieras.

Ahora, una guía creada por el Banco de España ha generado la polémica al señalar de forma equivocada, que el interés se aplica desde el capital y no desde el saldo deudor, según se sabe. Los expertos consultados por Economist & Jurist fijan en tan solo un 5% las reclamaciones que los consumidores realizan por vía judicial cuando tienen una tarjeta usurera o su contrato puede ser nulo por falta de transparencia. Eso hace que el negocio siga creciendo y que bancos y entidades financieras sigan comercializando estas tarjetas que ofrecen dinero rápido a cambio de intereses muy elevados que atrampan al cliente hasta el sobreendeudamiento.



La normativa —que se aplicará sobre prestamistas e intermediarios que quedan sujetos a un procedimiento de registro y autorización previo para poder operar, salvo entidades de crédito— incluye disposiciones específicas sobre la publicidad de préstamos al consumo para advertir sobre el coste, que debe proporcionarse «de forma clara y destacada». Por último, entre otras cuestiones, prohíbe la concesión de crédito no solicitado y deja a los Estados miembros que introduzcan medidas para prevenir posibles abusos, como garantizar que no se pueda imponer tipos deudores, TAE o costes totales, excesivamente elevados, como límites máximos.

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