Una madre denuncia que su ex publicite su negocio con imágenes del hijo en común sin su consentimiento
Una madre denuncia que su ex publicite su negocio con imágenes del hijo en común sin su consentimiento
Después de recibir la reclamación de una madre que denunciaba la exposición con fines publicitarios de una imagen de su hijo menor en el establecimiento (una frutería) de su expareja y padre del mismo, la Agencia Española de Protección de Datos ha declarado acreditado que la progenitora sí mostró su consentimiento cuando el negocio aludido fue inaugurado y ha procedido al archivo de las actuaciones.
Además, la AEPD recuerda a la madre que, en el caso de desacuerdo entre ambos progenitores respecto del tratamiento de los datos de carácter personal de sus hijos menores, este organismo no es competente para decidir cuál de los progenitores ha de prevalecer en su interpretación, ya que el Código Civil reserva al juez, después de oír a ambos, y al hijo, en su caso, la facultad de atribuir la capacidad de decidir a uno o a otro de ellos.
Hechos objeto de reclamación
A inicios del mes de noviembre de 2020, la madre (parte reclamante) interpuso reclamación ante la AEPD contra una entidad mercantil (parte reclamada y empresa propiedad del padre del menor).
...