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Una vez cumplido el objetivo, termina el acuerdo laboral

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Una vez cumplido el objetivo, termina el acuerdo laboral

Javier Fernández-Lasquetty recuerda que la Comisión Europea y el Parlamento, amén de otros organismos, estarán pendientes de la aplicación del Reglamento de IA. (Imagen: Elzaburu)



El Tribunal Superior de Justicia de Madrid en una sentencia de 8 de enero de 2013, decreta la nulidad de un expediente de regulación de empleo (ERE), obligando a la empresa a pagar a cada trabajador con 45 días por año trabajado con un límite de 42 mensualidades.

La sentencia del Tribunal, concluye que los acuerdos firmados con los sindicatos de la empresa concluyen cuando se cumplan los objetivos.



La sentencia sienta precedente sobre la duración de los acuerdos alcanzados con los sindicatos cuando no hay fecha límite de su vigencia. El valor de estos acuerdos es igual que el del convenio colectivo y obliga los trabajadores y empresas durante el tiempo en el que esté vigente.

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