Nuevos supuestos tras la reforma del impuesto de plusvalía municipal
Esta rapidez ha provocado que muchas situaciones se hayan quedado en el “limbo”
Nuevos supuestos tras la reforma del impuesto de plusvalía municipal
Esta rapidez ha provocado que muchas situaciones se hayan quedado en el “limbo”
En el siguiente podcast hablamos sobre la reforma del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, aprobada por el Gobierno de forma urgente apenas una semana después de que se conociese el texto íntegro de la Sentencia 182/2021 dictada por el Tribunal Constitucional y que aún no ha sido publicada en el BOE; para tratar de reactivar, lo antes posible, la recaudación que por este impuesto reciben los Ayuntamientos y Corporaciones locales.
Con motivo de esa urgencia, la reforma se limita a (i) introducir un nuevo supuesto de no sujeción, (ii) a modificar el método de determinación de la base imponible, y a (iii) someter a tributación las plusvalías generadas en menos de un año; sin que nada de ello suponga, en modo alguno, la creación ex novo de un tributo. Sin embargo, esta rapidez ha provocado que muchas situaciones se hayan quedado en el “limbo” como es caso de los devengos producidos entre la fecha de publicación de la Sentencia y la entrada en vigor de la nueva regulación del impuesto.