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La firma

El Cuadro de Indicadores de la Justicia en la UE 2022 y su valoración respecto a la independencia de los colectivos jurídicos

“Los colegios ayudan a garantizar la independencia profesional”

(Foto: E&J)

Jesús Sánchez García

Decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona




Tiempo de lectura: 4 min

Publicado




La firma

El Cuadro de Indicadores de la Justicia en la UE 2022 y su valoración respecto a la independencia de los colectivos jurídicos

“Los colegios ayudan a garantizar la independencia profesional”

(Foto: E&J)



La Comisión Europea ha hecho pública recientemente la décima edición del Cuadro de Indicadores de la Justicia en la Unión Europea.[1] Se trata de una recopilación anual que ofrece datos comparativos sobre la eficacia, la calidad y la independencia de los sistemas judiciales de los Estados miembros y que también sirve para monitorizar los avances en la modernización de los sistemas judiciales en respuesta a la transformación digital.

Pocas noticias tenemos habitualmente sobre la publicación de este informe, que proporciona información relevante sobre elementos de valoración de los sistemas de justicia de los Estados miembros de la UE, cuyo objetivo final es ayudar a la Unión Europea en su conjunto y a los Estados miembros particularmente a mejorar la efectividad de la justicia, ofreciendo datos objetivos, fiables y comparables sobre el rendimiento de los sistemas judiciales.



Contamos, pues, con un valioso instrumento de valoración de la calidad del Estado de Derecho que, junto con el Informe anual sobre el Estado de Derecho[2], evalúan la evolución del Estado de Derecho en los Estados miembros de la Unión Europea. Ambas iniciativas son elementos esenciales que protegen los valores fundacionales de la Unión con arreglo al artículo 7 del Tratado de la Unión Europea y que los colectivos jurídicos debemos tener muy presentes.

Uno de los principales elementos de valoración es la independencia de la Justicia de los Estados miembros, entendida como independencia del sistema judicial y también de los Colegios de la Abogacía.

El análisis sobre el Cuadro publicado el 22 de junio de 2023 de la Abogacía Española nos hacía saber que los resultados del informe muestran avances significativos en el sistema judicial español, aunque aún persisten desafíos en términos de independencia. Lamentablemente, tenemos una asignatura pendiente que es la percepción de independencia judicial por parte de la ciudadanía, la cual es alarmante. Cuando más de la mitad de la población expresa preocupación por las interferencias del poder político y económico en el sistema judicial, quienes debemos estar preocupados somos la comunidad jurídica, sujetos activos del sistema de justicia.



Sin embargo, en lo relativo a la independencia de los Colegios de la Abogacía y de los abogados y abogadas, España se encuentra entre los países que cumplen con todas las medidas mencionadas y, en cuanto a número de abogados, es el sexto país en la ratio de abogacía por habitante[3].

Sede del Colegio de la Abogacía de Barcelona. (Foto: ICAB)

Por lo que respecta a nuestra profesión, el informe recoge una exhaustiva valoración de los colegios de la Abogacía y de la profesión letrada en Europa. El mismo reconoce, como no puede ser de otra manera, que los profesionales de la abogacía y sus asociaciones profesionales desempeñan un papel fundamental para garantizar la protección de los derechos fundamentales y el fortalecimiento del Estado de Derecho.

Las normas europeas exigen, entre otras cosas, la libertad de ejercicio de la profesión letrada y la independencia de los colegios de la abogacía.

Es obvio que un sistema justo de Administración de Justicia requiere que los profesionales de la abogacía sean libres de ejercer sus actividades de asesorar y representar a sus clientes. En este sentido, los Colegios de la Abogacía desempeñan un papel importante para ayudar a garantizar la independencia profesional.

En España podemos estar orgullosos de gozar de uno de los sistemas jurídicos más completos en cuanto a la regulación del ejercicio de la abogacía con normas que incluyen el Estatuto General de la Abogacía Española, que fue aprobado por el Real Decreto 135/2021, o el Código Deontológico de la Abogacía, en vigor desde 2019.[4] Aunque lamentablemente está pendiente de aprobarse la Ley Orgánica del Derecho de Defensa, que decayó en la anterior legislatura.

De manera que, basado en el grado de cumplimiento de la normativa europea y nacional de cada Estado Miembro, el Cuadro define los indicadores que evalúan la calidad de los Colegios de la Abogacía y los profesionales de la abogacía en cada Estado de la Unión.

Estos indicadores comprenden: medidas disciplinarias contra los abogados y abogadas que están sujetas a control judicial. En qué medida el órgano que incoa el procedimiento y toma las decisiones es independiente. Hasta qué punto las decisiones sobre el acceso a la profesión están sujetas a revisión judicial. Si el órgano que autoriza el acceso a la profesión es independiente. La independencia del colegio de la abogacía respecto al ejecutivo y las garantías de confidencialidad de la relación abogado-cliente.

Huelga decir que la independencia profesional está indefectiblemente ligada al respeto de la independencia judicial, a un sistema de justicia libre de corrupción y a la seguridad y accesibilidad de la información asociada a la digitalización completa de los sistemas judiciales.

En este último punto, en España empezamos a caminar con las leyes de eficiencia procesal, en espera de su materialización. A pesar de que el informe demuestra que los avances han sido notables, aún queda trabajo por hacer para garantizar un acceso a la justicia igualitario y equitativo para todas las personas; independientemente de su edad, género o cualquier tipo de discriminación que hayan sufrido.

En este contexto, cabe recordar que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) efectúa un importante trabajo de seguimiento de la aplicación del derecho europeo y se encarga de garantizar la igualdad ante la ley de toda la ciudadanía europea.

En resumen, el Cuadro de Indicadores de la Justicia Europea en su décima edición nos muestra que la UE y sus Estados miembros siguen comprometidos con la mejora de sus sistemas judiciales y la defensa del Estado de Derecho, incluso en tiempos difíciles: postpandemia, invasión Ucrania…

Como colectivo jurídico tenemos el deber de contribuir a mejorar los indicadores de eficiencia, calidad e independencia, que, a la postre no es otra cosa que ayudar a mejorar el Estado de Derecho en la Unión Europea, en todos sus Estados miembros y, por supuesto, en España.

Notas

[1] https://commission.europa.eu/system/files/2022-05/eu_justice_scoreboard_2022.pdf

[2] https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?qid=1658828718680&uri=CELEX%3A52022DC0500

[3] https://www.abogacia.es/actualidad/noticias/la-comision-europea-publica-el-cuadro-de-indicadores-de-justicia-2023/

[4] Nomativa completa profesional abogacía: https://www.abogacia.es/conocenos/consejo-general/normativa-profesional/

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