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La firma

El desconocimiento de la fe pública judicial o cómo minar el Estado de Derecho

"Se está minando el Estado de Derecho"

Letrados de la Administración de Justicia de huelga, en Sevilla. (Foto: RTVE)

Margarita Martínez

LAJ del Juzgado de lo Social n.º 39 de Madrid. Ex portavoz de UPSJ.




Tiempo de lectura: 9 min

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La firma

El desconocimiento de la fe pública judicial o cómo minar el Estado de Derecho

"Se está minando el Estado de Derecho"

Letrados de la Administración de Justicia de huelga, en Sevilla. (Foto: RTVE)



La fe pública judicial, y con ella quienes ostentamos la competencia para ejercerla con exclusividad en los tribunales españoles –los letrados de la Administración de Justicia- estamos siendo cuestionados estos días de una manera tan alarmante que no puedo por menos que incidir en nuestra defensa mediante estas líneas con la pretensión, tal vez atrevida pero desde luego bienintencionada, de contribuir en lo posible a clarificar el revuelo desencadenado. Se unen estas reflexiones a los excelentes artículos publicados por varios compañeros y por otros juristas que, a mi modo de ver, se han posicionado en el lado de la cordura. Considero que los argumentos jurídicos son los únicos útiles en este caso, más allá de las pasajeras vehemencias que conducen a conclusiones poco reflexionadas. Por desgracia no podemos obviar el hecho de que todos los ataques se han producido única y exclusivamente porque nos hallamos en pleno conflicto laboral con el Ministerio de Justicia, ejerciendo nuestro derecho constitucional de huelga.

La fe pública judicial es una institución jurídica arraigada en el Derecho occidental, y su fundamento es la necesidad de documentar de forma fidedigna lo actuado en el proceso, para garantizar la observancia de las normas procesales que evitan la indefensión de los justiciables ante cualquier posible irregularidad o incluso arbitrariedad. Todos tenemos en mente las Decretales del Papa Inocencio III – por cierto, muy traídas a colación en estos días, ¡lo que son las cosas!-, consideradas el primer antecedente en los sistemas jurídicos de nuestro entorno. Esta garantía es particularmente esencial en las actuaciones verbales que articulan el juicio, acto nuclear de todo proceso, cuyo desarrollo debe quedar reflejado en un soporte documental, con la importante finalidad, aunque no única, de poder ser revisado en caso de necesidad.



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