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La firma

Hacia un urgente cambio de operativa en la Inteligencia Artificial

“La IA debe conjugar todos los intereses afectados”

(Foto: E&J)

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La firma

Hacia un urgente cambio de operativa en la Inteligencia Artificial

“La IA debe conjugar todos los intereses afectados”

(Foto: E&J)



La inteligencia artificial (IA) se conoce desde hace muchos años y las instituciones europeas llevan mucho tiempo trabajando en su análisis y regulación.

Como parte de esa tecnología, la IA generativa permite obtener todo tipo contenido a partir de las instrucciones del usuario: texto, imagen, audio o vídeo. Sólo tenemos que explicar lo que queremos y en unos segundos obtenemos un resultado. Actualmente, la IA generativa tiene ciertas limitaciones y además el resultado que produce no es comparable al contenido que pueda crear una persona. Sin embargo, es sólo cuestión de tiempo que la tecnología mejore. El contenido producido con la IA generativa llegará a competir con el contenido creado por las personas.



Para poder generar resultados los modelos de IA deben entrenarse con lo que se llama “data sets o conjuntos de datos. Pese a lo que podría indicar su nombre, esos elementos no contienen sólo datos, sino que también pueden incluir cualquier tipo de material: texto, audio, vídeo, etc., etc. De hecho, la base de entrenamiento de muchos modelos de IA incluye contenido copiado indiscriminadamente de Internet. Gran parte de ese contenido está protegido por el derecho de autor. Que nadie se lleve a engaño, la reproducción de ese contenido se hace sin permiso de sus dueños.

La copia no autorizada de contenido ajeno para entrenar modelos de IA está causando conflictos legales en la industria de la IA, existiendo una corriente de opinión que afirma que dicha actividad debe considerarse ilegal. Creo que los siguientes hechos sirven para ilustrar la situación:

  • Microsoft y Open AI han sido demandadas en Estados Unidos sobre la base de que sus modelos de IA han sido entrenados copiando indiscriminadamente software de código abierto sin respetar las condiciones de licencia del software.
  • Stability AI, Midjourney y Deviantart han sido demandadas en Estados Unidos por, entre otras cosas, la copia no autorizada de las obras de varios artistas para entrenar modelos de IA.
  • Stability AI ha sido demandada en Estados Unidos e Inglaterra por el uso no autorizado de las imágenes de Getty Images para entrenar su modelo de IA.
  • Open AI y Microsoft han sido demandadas en Estados Unidos sobre la base de que la reproducción indiscriminada de contenido de Internet supone, entre otras cosas, una violación de la privacidad de las personas y un uso ilegal de datos personales.
  • Recientemente la Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos ha organizado varias sesiones en las que los sectores interesados (p.ej., escritores, guionistas, artistas, músicos, compañías de software, bancos de imágenes, empresas de videojuegos, empresas de IA, compañías discográficas, etc., etc.) aportaron su visión, entre otras cosas, sobre el impacto de la IA en los derechos de autor. Una abrumadora mayoría de las personas que intervinieron en estas sesiones coincidieron en que los sistemas de IA se entrenan usando conjuntos de datos que incluyen obras protegidas por el derecho de autor, sin haber solicitado permiso ni, por supuesto, remunerar al autor o titular de los derechos. Sólo una minoría de los intervinientes afirmó (tímidamente) que ése uso de obras ajenas es legítimo.
  • Por otro lado, importantes empresas, tales como Getty Images, Google, Open AI, Associated Press y Universal Music, han empezado a negociar la licencia de contenido para entrenar modelos de IA.

A día de hoy las evidencias son incontestables: los sistemas de IA se entrenan copiando obras sin contar con permiso para ello y con fines netamente comerciales. La cuestión es si ese tipo de copia no autorizada constituye una infracción de los derechos de autor sobre las obras afectadas.



La cuestión es si la no autorizada constituye una infracción de los derechos de autor sobre las obras afectadas. (Foto: E&J)

Naturalmente, cabe la posibilidad de que los tribunales de Estados Unidos y otros países concluyan que el uso de obras protegidas por el derecho de autor para entrenar modelos de IA es un uso justo. Asimismo, cabe la posibilidad de que, en caso de ser necesario, los reguladores introduzcan en la legislación una excepción para permitir ese tipo de uso de obras protegidas por el derecho de autor.

La aplicación judicial de la doctrina del “Uso Justo”, u otras equiparables, dependerá de los hechos de cada caso y resultará imposible extraer una regla única que pueda aplicarse universalmente. Por otro lado, resulta improbable que en todos los países los legisladores decidan instaurar una excepción a los derechos de autor que podría tener efectos devastadores en el sector cultural y artístico.

A nivel europeo, la Directiva 2019/790/EU, sobre derechos de autor y mercado único digital, permite la copia de obras ajenas para minería de datos con fines privados siempre que el titular no se haya opuesto a ello a través de medios adecuados. En algunos sectores se expresan dudas sobre si esa excepción debe interpretarse en el sentido de amparar la copia no autorizada de obras ajenas para entrenar modelos de IA generativa.

A la espera de lo que decidan los tribunales y reguladores, parece razonable considerar dudoso si es legal o no la copia no autorizada de obras protegidas por el derecho de autor para entrenar modelos de IA. Además, en distintos países se está trabajando en soluciones distintas, lo que plantea un problema evidente a empresas de IA que operan a nivel mundial.

La situación tardará mucho tiempo en aclararse de forma que se dote al sistema de la seguridad jurídica que todos los grupos de interés necesitan, desde las empresas de IA, pasando por los inversores en proyectos de IA y los usuarios de herramientas de IA.

A mi juicio, a nivel regulatorio se debería exigir la autorización expresa de los titulares de derechos para la copia íntegra de sus obras, especialmente cuando la finalidad de su uso puede afectar a la explotación normal de tales obras.

La IA está afectando al sistema económico y empresarial al generar enormes expectativas de negocio y transformación de la cultura empresarial.

La IA está afectando al sistema económico y empresarial al generar enormes expectativas de negocio y transformación de la cultura empresarial. (Foto: E&J)

La IA también está obligando a los sistemas jurídicos a adaptarse para proteger los intereses de la industria tecnológica, a los consumidores y a la ciudadanía en general. Finalmente, la IA también afectará a los autores y profesionales creativos, quienes perderán ingresos debido a la generalización del uso de la IA y tendrán que incorporar el uso de la IA en sus labores creativas para no quedar fuera del mercado. En suma, el desarrollo de la tecnología de IA va a obligar a la sociedad en general a adaptarse para permitir su implantación sin bloqueos injustificados.

 

Es hora de que la industria de la IA también se adapte para poder conjugar de una manera equilibrada todos los intereses afectados. El cambio de operativa de la industria debería comenzar por el respeto a los derechos de autor. Debe superarse la situación actual en la que los modelos de IA se han entrenado con contenido copiado sin autorización, masivamente y sin control. Los reguladores deberían contribuir a ello aclarando que la copia de obras ajenas para entrenar modelos de IA generativa debe contar con la autorización expresa del titular de los derechos.

Las empresas del sector de la IA deberían dotarse de procesos internos de gobernanza y cumplimiento normativo para evitar problemas derivados del uso ilegal de obras ajenas. Estas empresas deberían documentar de manera rigurosa un análisis previo sobre la funcionalidad potencial de los sistemas de IA, los resultados esperados, las características de esos sistemas, las necesidades para su desarrollo, y los posibles riesgos implicados. Esta fase de análisis debería permitir a la empresa determinar el material que necesitará para entrenar su modelo de IA y como obtener una licencia para el uso de dicho material. Todo ese proceso debería documentarse fielmente para que, en el caso de desarrollarse y comercializarse el sistema de IA en cuestión, la empresa pueda detallar el contenido que ha usado y las licencias que haya obtenido.

En ese contexto, las empresas de IA deberán conseguir licencias para el uso de las obras afectadas. Teniendo en cuenta su experiencia y especialización, las entidades de gestión colectiva de derechos de autor podrían facilitar la negociación y cobro de este tipo de licencias en nombre de quienes voluntariamente les hayan cedido sus derechos para ello. Los titulares de derechos también podrán autorizar a otras entidades para negociar esas licencias. Además siempre será posible que las empresas de IA puedan obtener una licencia directamente de los titulares de derechos que no hayan encomendado su gestión a terceros.

A este respecto considero que las entidades de gestión colectiva de derechos de autor podrían hacer un esfuerzo por comunicar al público el estado de la cuestión y debatir abiertamente sobre ello para fijar una posición en defensa de los intereses que representan. Asimismo, esas entidades podrían ayudar a construir junto a las empresas tecnológicas un ecosistema sano en el que todos los actores implicados puedan beneficiarse de las ventajas de la nueva tecnología de una manera justa, equilibrada y legal.

Es hora ya de que el sector de la IA se adapte y cambie su operativa para conseguir un justo equilibrio entre el interés en el desarrollo de la tecnología con fines comerciales y la protección de los derechos de las personas, especialmente de los autores y titulares de derechos sobre las obras que se usen.

Para que se produzca ese cambio es imprescindible la concienciación y colaboración de todos los interesados; los reguladores, las empresas del sector de la IA, las compañías tecnológicas, los autores, artistas, intérpretes y otros profesionales creativos. A nivel regulatorio sería deseable que se aclarase y ordenase esta cuestión.

Es hora de que todos nos pongamos manos a la obra para conseguir el cambio que se necesita por parte de la industria de la IA, abriendo canales de comunicación y negociación transparentes y razonables.

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