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La firma

La falta de desconexión digital puede acarrear importantes consecuencias para la salud de los trabajadores

"La sensibilización y formación sobre la desconexión digital es crucial"

(Imagen: E&J)

Claudia Burés-Vall de Vilaramó

Abogada. Socia responsable de Derecho Laboral de La Guard Abogados. Mediadora en el Tribunal Laboral de Cataluña




Tiempo de lectura: 6 min



La firma

La falta de desconexión digital puede acarrear importantes consecuencias para la salud de los trabajadores

"La sensibilización y formación sobre la desconexión digital es crucial"

(Imagen: E&J)



El derecho a la desconexión digital ha sido objeto de reconocimiento expreso en el ordenamiento jurídico español, no solo a través de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, sino también mediante la regulación contenida en el artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores.

Este precepto establece, de manera clara, que los trabajadores tienen derecho a la desconexión digital fuera del tiempo de trabajo, asegurando el respeto de su tiempo de descanso y evitando la hiperconectividad fuera de la jornada laboral.



Desde su incorporación, las empresas tienen la obligación de respetarlo, ya que su incumplimiento puede derivar en riesgos psicosociales para los trabajadores y en la imposición de sanciones por parte de la Inspección de Trabajo.



El concepto de desconexión digital no surgió ex novo en el Derecho Laboral, sino que es una evolución del derecho al descanso que ya estaba consagrado en la jurisprudencia y en la normativa laboral. Tradicionalmente, los tribunales han protegido el derecho de los trabajadores a desconectar de sus obligaciones laborales fuera de la jornada.

La falta de desconexión digital puede acarrear importantes consecuencias para la salud de los trabajadores. Entre los principales riesgos se encuentran el estrés laboral, el síndrome de burnout y los trastornos del sueño, todos ellos derivados de la imposibilidad de separar adecuadamente el tiempo de trabajo del tiempo personal.



Estos riesgos, al estar directamente relacionados con las condiciones laborales, se consideran riesgos psicosociales, por lo que las empresas tienen el deber de prevenirlos, conforme a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Uno de los precedentes más significativos es una sentencia del Tribunal Supremo de 2017, en la que se consideró abusiva una cláusula contractual que obligaba a un trabajador a estar permanentemente disponible para atender llamadas fuera del horario laboral. Este fallo puso de manifiesto la necesidad de regular el tiempo de desconexión para garantizar el derecho al descanso y evitar la vulneración de derechos fundamentales, como la intimidad y la salud.

(Imagen: E&J)

El reconocimiento explícito de este derecho en el marco legal fue el catalizador para que muchas organizaciones empezaran a implementar políticas formales que limitasen las comunicaciones fuera de la jornada laboral. Sin embargo, la evolución ha sido desigual, dependiendo del sector, del tamaño de la empresa y de su grado de digitalización.

En el ámbito laboral, la desconexión digital representa un reto importante para las empresas que, por su estructura, pueden verse tentadas a contactar con sus trabajadores fuera de las horas de trabajo, especialmente en aquellos sectores donde el teletrabajo y la flexibilidad horaria se han consolidado.

Esta situación ha llevado a un aumento en las regulaciones y las exigencias por parte de los trabajadores para que se garantice un marco que permita diferenciar claramente entre el tiempo de trabajo y el tiempo de descanso.

Además, con la digitalización del trabajo, especialmente potenciada por la pandemia del Covid-19 y el auge del teletrabajo, la necesidad de una regulación específica de la desconexión digital se volvió aún más evidente.

La Ley de Trabajo a Distancia de 2021 (Ley 10/2021) reforzó este derecho, estableciendo en su artículo 18 que las empresas deben adoptar medidas adecuadas para garantizar que los trabajadores puedan desconectar de las herramientas digitales utilizadas para el trabajo, fuera del tiempo laboral.

Sin embargo, a pesar de estas disposiciones, la concreción del derecho en muchos casos queda relegada a la negociación colectiva o a acuerdos específicos en las empresas, lo que ha generado cierta disparidad en su aplicación efectiva.

Hoy en día, es evidente que las empresas deben adoptar protocolos claros y medidas efectivas para proteger a los trabajadores frente a la hiperconectividad y sus riesgos asociados.

Uno de los mecanismos más frecuentes que las empresas han desarrollado para cumplir con el derecho a la desconexión digital ha sido la creación de protocolos internos, en los que se especifican las políticas de uso de los dispositivos digitales fuera de las horas laborales.

Estas políticas suelen incluir medidas tales como la prohibición de enviar correos electrónicos o hacer llamadas fuera del horario de trabajo salvo en casos de urgencia. Asimismo, se establecen sistemas de control horario que registran con precisión cuándo empieza y acaba la jornada laboral del trabajador, de manera que se pueda controlar el tiempo de conexión efectiva al trabajo.

Además, la implantación de sistemas automáticos de respuesta en el correo electrónico es otra de las estrategias que se han adoptado. Estos sistemas permiten enviar respuestas automáticas fuera del horario de oficina, informando al remitente que el trabajador no estará disponible hasta el próximo día laborable, con el fin de disuadir cualquier expectativa de respuesta inmediata. Esta medida, además de proteger al trabajador, establece límites claros tanto para los superiores jerárquicos como para los compañeros de trabajo.

(Imagen: E&J)

No obstante, la simple implementación de estas herramientas no ha sido suficiente para garantizar una correcta aplicación del derecho a la desconexión digital. La sensibilización y formación de los empleados y los directivos sobre la importancia de respetar este derecho ha resultado crucial.

La sensibilización y formación sobre la desconexión digital es crucial

Las empresas más avanzadas en este ámbito han llevado a cabo programas de formación destinados a concienciar a sus empleados sobre la necesidad de mantener una clara separación entre la vida laboral y personal, y de los riesgos que conlleva la hiperconectividad para la salud mental y el bienestar general.

En los sectores con una fuerte dependencia tecnológica, las empresas han tenido que enfrentarse a retos adicionales. La implantación de dispositivos móviles de trabajo como smartphones y tablets ha incrementado la tentación de contactar a los empleados fuera de sus horarios habituales, lo que ha exigido el desarrollo de controles estrictos y el uso de tecnologías para limitar el acceso a las herramientas de trabajo una vez finalizada la jornada laboral.

Algunas organizaciones han optado por bloquear el acceso a sistemas corporativos fuera del horario de trabajo, garantizando de este modo el respeto al derecho a la desconexión.

Un caso interesante es el de las grandes corporaciones multinacionales, que han adoptado políticas de desconexión digital que van más allá de los mínimos legales, conscientes de los beneficios que esto reporta no solo en términos de cumplimiento normativo, sino también en el incremento de la productividad y el bienestar de sus empleados. Estas empresas han comenzado a ver la desconexión digital no solo como una obligación legal, sino como una ventaja competitiva en un entorno donde el agotamiento y el estrés laboral se han convertido en problemas frecuentes.

La negociación colectiva también ha jugado un papel clave en la evolución de las medidas adoptadas por las empresas. En muchos sectores, los sindicatos han presionado para que el derecho a la desconexión digital no solo se garantice, sino que se amplíe a través de convenios colectivos que establezcan mecanismos específicos para cada industria o empresa.

Esta evolución ha permitido que se adapten las políticas de desconexión a las realidades particulares de cada sector, como ocurre en el sector tecnológico, donde la flexibilidad horaria es mayor y se requiere una regulación más detallada.

Desde una perspectiva sancionadora, el incumplimiento del derecho a la desconexión digital puede ser considerado como una infracción grave o muy grave, en función de la afectación a los derechos del trabajador. El artículo 7.5 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) tipifica como infracción grave las prácticas empresariales que vulneren las disposiciones legales relativas a la jornada laboral y el descanso de los trabajadores. En casos más extremos, cuando la falta de desconexión afecte derechos fundamentales como la intimidad, podría incurrirse en infracciones muy graves, sancionadas con multas que pueden superar los 225.000 euros en los casos más graves.

(Imagen: E&J)

En conclusión, la evolución de las empresas en la implantación de medidas para la desconexión digital ha sido significativa, pero aún queda un largo camino por recorrer. Si bien muchas organizaciones han dado pasos importantes hacia la implementación de políticas que respeten este derecho, la realidad es que el grado de implantación varía considerablemente según el sector y el tamaño de la empresa.

Las grandes empresas y aquellas más tecnológicamente avanzadas han liderado este proceso, mientras que las pequeñas y medianas empresas (PYMES) aún enfrentan dificultades para desarrollar mecanismos efectivos que garanticen la desconexión digital de sus trabajadores.