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La firma

Las dudas sobre quién debe asumir la ejecución de las sentencias

"Las ejecuciones pendientes se deben a los deudores"

Papeleo (IMAGEN: E&J)

María del Carmen Bernal

LAJ del Juzgado de instancia número 1 de Jerez de la Frontera, Cádiz




Tiempo de lectura: 3 min

Publicado




La firma

Las dudas sobre quién debe asumir la ejecución de las sentencias

"Las ejecuciones pendientes se deben a los deudores"

Papeleo (IMAGEN: E&J)



En recientes declaraciones, el presidente del Consejo General de Procuradores de España, Juan Carlos Estévez, ha señalado que “la Justicia patina cuando tiene que ejecutar la sentencia”, reclamando así, nuevamente, para el colectivo de profesionales liberales que representa, competencias en materia de ejecución de las sentencias civiles que condenan al pago de cantidad o a la entrega de bien inmueble.

La dificultad de conseguir el cumplimiento de las resoluciones, que realmente existe, no puede atribuirse exclusivamente a la carencia de medios de la Administración de Justicia y, por descontando, que la pretendida privatización de la ejecución no ayudaría a agilizar nada, sino todo lo contrario.



Este “mantra” parece que, repetido mil veces, se convierte en verdad. Esta asociación de Letrados de la Administración de Justicia ha publicado informes que demuestran que, desde que hemos asumido esa competencia,  se ha reducido considerablemente el número de ejecuciones pendientes, y ello a pesar de que se han incrementado exponencialmente el número de demandas de ejecución.

Queremos, en primer lugar, hacer unas reflexiones sobre el estado socioeconómico del país. La crisis de 2008 todavía arrastra un enorme número de ejecuciones derivadas de los impagos que se produjeron al no poder cumplir los ciudadanos con el pago de los créditos solicitados.

A día de hoy no hace falta recordar que, si no estamos en una situación peor, va en camino de serlo. Ello comporta que se estén ejecutando microcréditos de consumo, que se otorgan apenas sin garantías. Pero el problema llega cuando ese ciudadano no cumple con los plazos. Se le requiere para que pague, no paga y entonces se inicia la maquinaria de la ejecución forzosa.



Actualmente, a través de la plataforma del Punto Neutro Judicial, dependiente del Consejo General del Poder Judicial, los Letrados de la Administración de Justicia y los funcionarios a su cargo, pueden averiguar cuantos bienes tenga una persona: saldos en cuentas bancarias, empresas para las que trabaja, vehículos e inmuebles de su propiedad.

El problema es que estos ciudadanos que solicitaron los créditos no tienen ninguno de esos bienes, o bien cobran prestaciones de desempleo o sueldos que permiten embargar solamente una pequeña proporción de los mismos. Por lo tanto, esa ejecución se eterniza, pero no porque la Administración de Justicia “patine” (recordemos el mantra), sino porque la situación socioeconómica del país está como está.

(Foto: E&J)

Por lo tanto, dejémoslo claro: las ejecuciones pendientes, no lo están porque Letrados de la Administración de Justicia y funcionarios no cumplan su trabajo, sino porque los deudores carecen de los bienes suficientes.

Añadimos que la reclamada competencia de los procuradores conllevaría un encarecimiento de esa ejecución forzosa, ahogando aun más al ciudadano, ya que las actuaciones de estos profesionales no está limitada a un tercio de la cuantía del procedimiento, como establece el art. 394.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil para los abogados, por lo que el deudor, una vez conseguido pagar el principal, deberá cumplir con los intereses y las costas, que incluirían, además de la Tasa Judicial y el 21 % de IVA, todas las actuaciones realizadas por los Procuradores de los Tribunales que, con la pretendida reforma, serían mucho más numerosas que las que actualmente se practican.

Por otra parte, recordemos que el art. 117.3 de la Constitución tiene un mandato claro hacia los Juzgados y Tribunales, otorgándoles y obligándoles a ejercer la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y “haciendo ejecutar lo jugado”.

En definitiva, entendemos que los procuradores y procuradoras son operadores jurídicos esenciales, cuya labor podría potenciarse en el ámbito de los actos de comunicación, pero en modo alguno asumiendo ningún aspecto de la ejecución.

Ello, además de ser un dislate que generaría unas imprevisibles consecuencias prácticas de todo orden (por ejemplo con la utilización de datos absolutamente sensibles que no deben salir de las esfera de lo público), implicaría una inadmisible privatización de la Justicia que, obviamente, ni este gobierno progresista, ni ningún otro, van a estar dispuestos a aceptar.