Connect with us
La firma

Otro mal año para la admisión de recursos de amparo

"La sobrecarga del Tribunal limita su eficacia en proteger derechos"

(Imagen: Poder judicial)

Diego Fierro Rodríguez

Letrado de la Administración de Justicia




Tiempo de lectura: 6 min

Publicado




La firma

Otro mal año para la admisión de recursos de amparo

"La sobrecarga del Tribunal limita su eficacia en proteger derechos"

(Imagen: Poder judicial)



El análisis detallado de la actividad jurisdiccional del Tribunal Constitucional durante el año pasado, expuesto en la memoria oficial del organismo en 2023, revela un panorama mixto en cuanto a su desempeño. A pesar de que se observa una leve reducción en el número total de asuntos ingresados con respecto al año anterior, esta disminución no necesariamente refleja una mejora en la eficacia del Tribunal.

De hecho, al profundizar en las cifras y su tratamiento, se evidencian una serie de problemáticas y desafíos estructurales que cuestionan tanto la productividad del Tribunal Constitucional como su capacidad para hacer frente a la masiva demanda de justicia constitucional, en particular en lo relativo a los recursos de amparo. La situación descrita plantea interrogantes fundamentales sobre si la estructura actual del Tribunal permite cumplir efectivamente con su mandato de salvaguardar los derechos constitucionales de los ciudadanos y la primacía de la Carta Magna.



Durante el año 2023, el Tribunal Constitucional recibió un total de 8.120 nuevos asuntos, lo que supone una reducción del 5,80 % respecto al año anterior, en el que se ingresaron 8.591 asuntos. A primera vista, esta disminución podría interpretarse como un signo positivo, indicando una menor presión sobre la institución. Sin embargo, este descenso en el número de casos no debe ser motivo de satisfacción sin un análisis más exhaustivo.



La reducción de casi quinientos asuntos se debió principalmente a una disminución en el número de demandas de amparo, que pasaron de 8.258 en 2022 a 8.059 en 2023. Aunque esta caída podría sugerir un ligero alivio en la carga de trabajo, el hecho de que los recursos de amparo sigan constituyendo el 99,25 % del total de los casos entrantes pone de manifiesto una tendencia profundamente preocupante: el Tribunal continúa saturado casi exclusivamente por este tipo de recurso, lo que obstaculiza su capacidad para atender otros asuntos de naturaleza igualmente relevante.

El recurso de amparo, concebido como una herramienta excepcional para la protección de los derechos fundamentales y las libertades públicas, ha dejado de ser un mecanismo excepcional para convertirse en el vehículo casi único por el que los ciudadanos intentan acceder a la justicia constitucional. Esta saturación es, en sí misma, un indicio de que el sistema no está funcionando como debería.



La abrumadora mayoría de las demandas de amparo —8.032 de las 8.059 presentadas en 2023— fueron interpuestas por particulares, y de estas, 7.369 provinieron de personas físicas.

Expedientes acumulados en un juzgado. (Imagen: E&J)

Este dato refleja un claro problema: miles de ciudadanos ven en el Tribunal Constitucional su última esperanza para obtener una reparación a la presunta vulneración de sus derechos, después de haber agotado todas las demás vías judiciales ordinarias. Sin embargo, la realidad es que la gran mayoría de estas demandas no llegan a ser admitidas, lo que sugiere que el recurso de amparo, lejos de ser una garantía efectiva de justicia, se ha convertido en una especie de puerta cerrada para la mayoría de quienes lo intentan.

La tasa de inadmisión de los recursos de amparo es asombrosamente alta y merece una reflexión crítica. De las 11.768 decisiones adoptadas por el Tribunal Constitucional en 2023 en relación con el amparo, solo 126, es decir, un 1,07 %, dieron lugar a la tramitación del asunto para su posterior resolución mediante sentencia. Ello significa que el 98,93 % de los casos fueron inadmitidos, archivados sin que se haya dado lugar a un análisis en profundidad de su contenido.

El dato indicado no solo es revelador de la desproporción entre las expectativas de los ciudadanos y la realidad del funcionamiento del Tribunal, sino que también plantea una serie de preguntas acerca de la eficacia de los criterios de admisión que emplea el Tribunal para filtrar los casos. La función primordial del Tribunal Constitucional es proteger los derechos fundamentales, pero, si el 99% de los recursos de amparo no son siquiera considerados, ¿qué tan efectiva puede ser dicha protección?

Hay que reseñar que la causa principal de la inadmisión de recursos de amparo es la falta de «especial trascendencia constitucional», una categoría que, aunque necesaria para evitar la saturación del Tribunal Constitucional, se ha convertido en una barrera que pocos pueden superar. En 2023, la falta de especial trascendencia fue el motivo de inadmisión en 5.219 casos, es decir, en el 45,73 % de los casos archivados.

Ello ha llevado a que muchos demandantes de amparo perciban el Tribunal como una institución lejana, inaccesible y poco dispuesta a intervenir en defensa de los derechos fundamentales cuando estos no presentan un interés que vaya más allá del caso individual. Es comprensible que el Tribunal no pueda admitir todos los casos, pero el umbral que establece para admitir un recurso de amparo parece haber llegado a un punto en el que se privilegia la gestión de la carga de trabajo por encima de la protección efectiva de los derechos.

Otro motivo frecuente de inadmisión es la insuficiente justificación de la especial trascendencia constitucional, que representó el 22,41 % de los casos inadmitidos en 2023. Este dato pone de manifiesto la dificultad que enfrentan los recurrentes para argumentar de manera adecuada la relevancia constitucional de sus casos, lo que sugiere no solo una falta de claridad en las expectativas del Tribunal respecto a este criterio, sino también una posible deficiencia en la capacidad de los particulares y sus abogados para comprender y aplicar correctamente los requisitos formales exigidos por el Tribunal.

En este sentido, sería necesario que el propio Tribunal proporcionara mayor orientación sobre cómo presentar adecuadamente estos argumentos, ya que el alto número de recursos inadmitidos por esta causa indica que existe un desfase entre lo que el Tribunal exige y lo que los recurrentes son capaces de ofrecer, aunque quizá no interese a los magistrados del Tribunal Constitucional que los abogados se encuentren bien instruidos en esta materia.

El origen de los recursos de amparo es otro aspecto que merece atención. En su mayoría, los recursos presentados en 2023 provinieron del orden jurisdiccional penal, aunque este tipo de recurso ha experimentado una ligera disminución en comparación con el año anterior. En 2023, los recursos de amparo procedentes del ámbito penal representaron el 48,47 % del total, en comparación con el 53,80 % en 2022. Este descenso, aunque pequeño, podría sugerir que los demandantes en materia penal están buscando otras vías o que los abogados están siendo más cautelosos a la hora de recurrir al amparo.

Sin embargo, esta reducción en el orden penal contrasta con el notable incremento de recursos provenientes del ámbito contencioso-administrativo, que pasaron de 2.001 en 2022 a 2.406 en 2023. Este aumento refleja, quizás, una mayor insatisfacción con las decisiones administrativas y una tendencia creciente a judicializar conflictos entre los particulares y el Estado.

En lo que respecta al resto de órdenes jurisdiccionales, se ha observado una ligera disminución en el número de recursos de amparo provenientes del orden civil, que en 2023 representaron el 16,34 % del total, en comparación con el 17,29 % en 2022. También se ha registrado una reducción en los recursos provenientes del ámbito social, que pasaron del 4,77 % en 2022 al 4,45 % en 2023.

(Imagen: E&J)

Estos datos podrían sugerir una menor confianza en la vía del recurso de amparo por parte de los demandantes en estos órdenes, o bien una percepción de que las posibilidades de éxito ante el Tribunal Constitucional son reducidas. En todo caso, la disminución en estos ámbitos contrasta con el aumento en el ámbito contencioso-administrativo, lo que refleja un cambio en las dinámicas de los litigios que llegan al Tribunal.

El número de recursos presentados ante el Tribunal Constitucional no solo es una cuestión cuantitativa, sino que tiene profundas implicaciones cualitativas. En particular, la saturación de recursos de amparo plantea serias dudas sobre la capacidad del Tribunal para desempeñar adecuadamente su función.

Aunque es cierto que no todos los recursos de amparo pueden ser admitidos, el hecho de que más del 98 % de ellos sean archivados sin una resolución de fondo sugiere que el Tribunal está más enfocado en gestionar su carga de trabajo que en garantizar una protección efectiva de los derechos constitucionales. Este fenómeno, aunque comprensible en términos de eficiencia administrativa, es preocupante desde una perspectiva de justicia constitucional, ya que refuerza la idea de que el acceso al amparo es, en última definitiva, extremadamente limitado.

Es interesante también analizar el desempeño del Tribunal en relación con los recursos de inconstitucionalidad. A lo largo de 2023, se presentaron veintiséis, lo que representa un número significativamente menor en comparación con los recursos de amparo. La mayoría de estos recursos fueron planteados por diputados o senadores, en relación con leyes estatales, lo que pone de manifiesto el papel esencial del Tribunal como guardián de la constitucionalidad de las leyes. Sin embargo, el reducido número de recursos de inconstitucionalidad presentados en comparación con los recursos de amparo refuerza la idea de que el Tribunal está abrumado por las demandas individuales, lo que podría estar afectando su capacidad para centrarse en cuestiones de mayor relevancia constitucional.

Ciertamente, el balance de la actividad jurisdiccional del Tribunal Constitucional durante 2023 sirve para constatar la situación de una institución sobrecargada por una avalancha de recursos de amparo, lo que limita su capacidad para cumplir con eficacia su mandato constitucional. La altísima tasa de inadmisión de estos recursos, combinada con la creciente dificultad para superar el umbral de la especial trascendencia constitucional, sugiere que el Tribunal está fallando en su función de proporcionar una protección efectiva de los derechos fundamentales.

Frente a esta situación, es necesario replantear los criterios de admisión y buscar soluciones, incluso reformas normativas, que permitan al Tribunal Constitucional gestionar de manera más eficiente su carga de trabajo, sin comprometer su responsabilidad de garantizar la eficacia de la Constitución y los derechos fundamentales de los ciudadanos.