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La firma

Plazos de pago: la legislación eficiente

"Las sanciones son esenciales para acabar con la morosidad"

RIJ. (IMAGEN: E&J)

Antoni Cañete

Presidente de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad




Tiempo de lectura: 4 min

Publicado




La firma

Plazos de pago: la legislación eficiente

"Las sanciones son esenciales para acabar con la morosidad"

RIJ. (IMAGEN: E&J)



¿Por qué la liquidez es esencial para cualquier empresa? Es sencillo: porque pagar los insumos, suministros, alquileres… y, por supuesto, las nóminas, exige disponer de tesorería. Para una pyme con una relativa capacidad de financiación externa, este proceso funciona razonablemente cuando cobra a tiempo sus ventas.  Sin embargo, cuando el cliente decide pagar tarde, la cadena de pagos se quiebra y es necesaria financiación adicional —que no se va a utilizar para invertir o desarrollar nuevos mercados o tecnologías— sino para ir sorteando los pagos diarios. Los largos plazos de pago ralentizan el crecimiento de nuestras empresas, cuando no provocan su destrucción y, por ende, la de puestos de trabajo.

España está en el ranking de los países que ostentan los plazos de pago más dilatados de Europa. El problema se expande y últimamente incluso los países nórdicos han empezado a levantar la voz de alarma sobre sus plazos de pago.



En ello ha influido notablemente la inflación, la subida de los tipos de interés y especialmente la ausencia de instrumentos legales que permitan controlar los plazos de pago. La lamentable técnica de alargar los plazos de pago es un eficaz instrumento financiero que posibilita —al que puede permitirse el lujo de practicarlo— reducir el coste de su deuda financiera y mejorar su rating. Es sencillo: no pagar a tus proveedores es una financiación con coste cero.

Por el contrario, el que lo sufre —en general pymes y autónomos— requieren de financiación extra para su circulante, cada día más caro, y el valor de sus cobros se reduce en la misma medida que la pérdida de valor adquisitivo de la moneda.



Los diversos Gobiernos y legisladores españoles nunca han promovido de manera eficaz una disciplina con respecto al problema. El último intento de tramitación de una proposición de ley para implantar un régimen sancionador que recortara los plazos de pago pasó estancado en la mesa del Congreso casi tres años, para definitivamente suspenderse con la convocatoria de elecciones generales. Aparentes buenas intenciones que a la hora de la verdad están vacías de contenido. Un engaño más a nuestras pymes y autónomos.



(IMAGEN: E&J)

A cambio, sí se han habilitado soluciones parciales. La Ley Crea y Crece, por ejemplo, incluyó dos novedades importantes en la materia: la limitación de las subvenciones públicas a aquellas empresas que incumplieran la ley de morosidad y la creación de un observatorio estatal de la morosidad. Ambas medidas fueron propuestas por la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM), conocedora de la dificultad de nuestros legisladores para arbitrar decisiones más concretas y directas.

Por esto, en la PMcM aplaudimos la iniciativa de la Comisión Europea que aprobó, en septiembre de 2023, una propuesta de reglamento que, entre otras cosas, inicialmente reducía el plazo máximo de pago a 30 días, califica las cláusulas contractuales abusivas más comunes como nulas e implanta un régimen sancionador en todos y cada uno de los países miembros de la UE.

El nuevo Reglamento fue aprobado el pasado mes de abril por el Parlamento Europeo. Con respecto a la propuesta inicial, las principales novedades permiten alargar el plazo de pago hasta 60 días por acuerdo entre las partes y hasta 120 en una determinada gama de productos considerados como “de temporada”. Es un hito histórico sin precedentes, por el que la PMcM ha estado trabajando de forma intensa. Estamos muy orgullosos por haber contribuido significativamente con nuestras propuestas y reivindicaciones a algo de lo que se beneficiarán millones de autónomos y pymes en toda Europa.

Según lo aprobado, cada Estado miembro designará una o varias autoridades responsables de la aplicación del presente Reglamento, que adoptarán las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los plazos de pago. Entre otras, podrán imponer o iniciar procedimientos para la imposición de multas y otras sanciones y medidas cautelares a los sujetos responsables de la infracción, además de realizar inspecciones in situ sin previo aviso en el marco de sus investigaciones y exigir al deudor que ponga fin a la infracción.

Las sanciones son imprescindibles para reducir los plazos de pago. Lo hemos venido reivindicando desde la creación de la PMcM, porque un régimen sancionador que multe a las empresas morosas es el único camino para acabar definitivamente con la morosidad.

Un punto fundamental del Reglamento es la explicitación de las condiciones y prácticas contractuales “nulas y sin efecto”, es decir, ilegales. En la legislación anterior este término era ambiguo, permitiendo confusiones y excesos que cabían dentro de lo legal. Ahora, el término “abusivo” quedará anulado, aportando claridad sobre la norma.

Cualquiera que conozca los usos y costumbres en la materia en algunos sectores de nuestro país, comprenderá, tras leer el párrafo anterior, la importancia de esta parte del nuevo reglamento. Hemos visto en numerosas ocasiones contratos en los que el deudor “ruega” con su firma en el contrato que el acreedor retrase el pago. Increíble, pero cierto.

(Imagen: Comisión Europea)

En la PMcM consideramos que, en general, las medidas que presenta el Reglamento son muy acertadas y en consonancia con nuestras propuestas, con la enorme ventaja de que vienen impuestas desde la Unión Europea en formato de reglamento, limitando por tanto la libertad de nuestros legisladores a la hora de su implantación.

Comienza ahora el proceso de aprobación de la norma en el Consejo Europeo. Suponemos que será una fase tormentosa, ya que numerosos intereses se ven amenazados.  Para esta parte del proceso entran en juego no solo las inclinaciones de determinados lobbies, sino también las necesidades de cada estado en función de la profundidad del problema de la morosidad en el entorno que administran. Algunos estados miembros, donde los plazos de pago quedan dentro de lo razonable, temen que el nuevo reglamento pueda imponer normas adicionales de control que son innecesarias en su entorno. Será una batalla complicada y larga, en la que las decisiones que vaya tomando el Consejo deberán pactarse tanto con la Comisión como con el Parlamento. Y será largo.

No obstante, en la PMcM creemos que tenemos un buen punto de partida. Y esperamos contar con una respuesta del conjunto de las instituciones europeas a lo largo del año que viene.

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