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La firma

Principales cuestiones del nuevo plan de pensiones del sector de la construcción

"El nuevo plan de pensiones de la construcción es positivo"

(Foto: E&J)

Montserrat Cerqueda

Decana del Colegio de Graduados Sociales de Barcelona, Gerona y Lérida




Tiempo de lectura: 5 min

Publicado




La firma

Principales cuestiones del nuevo plan de pensiones del sector de la construcción

"El nuevo plan de pensiones de la construcción es positivo"

(Foto: E&J)



El pasado 1 de febrero entró en vigor el Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción (VII CGSC). La principal novedad de este convenio es el plan de pensiones para todas aquellas personas que estén dadas de alta en el VII CGSC. En este artículo voy a desgranar todo lo relativo a este nuevo Plan de Pensiones del Sector de la Construcción (PPSC) y que es de obligado cumplimiento. Un sistema que es totalmente innovador y que afectará a 1,3 millones de personas que forman parte de este sector.

Antes de comenzar, sí que me gustaría comentar que esta propuesta me parece positiva. Es una nueva manera de hacer que la persona trabajadora pueda ahorrar para su jubilación, mientras que se intenta modificar la cultura de las aportaciones personales. Este PPSC debemos entenderlo como un plan privado complementario a la futura pensión de jubilación que deberá garantizarnos el sistema de la Seguridad Social, en el cual cotizamos de manera mensual todas las personas, ya sean autónomas o empleadas.



Por lo que respecta a obligaciones de los empresarios destacamos cuatro, principalmente. En primer lugar, las empresas deberán estar dadas de alta en el Plan de Pensiones del Sector de la Construcción. En caso de que la persona autónoma no tenga empleados a su cargo, podrá adherirse al PPSC de manera voluntaria. Como segunda consideración, se deberán dar de alta a todas las personas trabajadoras a las que se les aplique el VII Convenio General del Sector de la Construcción, independientemente de si se deben realizar las aportaciones o no.

Con la nueva normativa no existe ninguna discriminación entre el personal que ya venía prestando servicio antes de la entrada en vigor del convenio y los que lo hacen posteriormente

Una vez finalizados todos estos trámites, la tercera cuestión para tener en cuenta es que las entidades también tienen la obligación de realizar las aportaciones marcadas por el convenio colectivo en la cuantía y plazo establecido. Por último, en el apartado de obligaciones, las organizaciones deberán facilitar a la entidad gestora los datos de las personas partícipes, sin importar si están en activo o en suspensión, que sean necesarios para el desarrollo del PPSC.

En este sentido, según lo marcado en el convenio colectivo, consideramos partícipe a cualquier persona física que esté vinculada laboralmente con una empresa de este sector y que tengan una relación laboral activa a fecha 1 de febrero de 2024, justo cuando entró en vigor esta regulación.



Además, un elemento que considero especialmente importante es que con la nueva normativa no existe ninguna discriminación entre el personal que ya venía prestando servicio antes de la entrada en vigor del convenio y los que lo hacen posteriormente. El sistema se aplicará de igual manera. Esto es así porque el convenio se aprobó con efectos retroactivos. Las empresas han tenido hasta el 30 de abril de 2024 para hacer las aportaciones correspondientes a los años 2022, 2023 y del mes de enero de este mismo año.

(Foto: E&J)

Graduados sociales, actores principales

Esta nueva acción innovadora pone de manifiesto que el ámbito laboral sigue evolucionando y se van encontrando soluciones a posibles inconvenientes que van surgiendo con el paso de los años, en este caso, para ayudar a la jubilación de las personas trabajadoras. Por ello, los graduados sociales, una vez más, somos actores principales, ya que también asumiremos parte de la responsabilidad para que el sistema funcione de manera correcta.

Las aportaciones a este plan de pensiones privado se deben realizar única y exclusivamente a través de Vida Caixa Aporta+ de CaixaBank. Para las contribuciones voluntarias, el partícipe las puede realizar de manera directa a través del sistema o, si lo prefiere, tiene la opción de hacerlo a través de la empresa. Por este mismo motivo, es obligatorio que las personas trabajadoras estén dadas de alta en el sistema, ya que pueden realizar aportaciones cuando ellas quieran. Además, debemos tener en cuenta que, una vez la persona abandona la empresa, no es necesario darla de baja porque pueden seguir contribuyendo de forma voluntaria si así lo desean.

¿Cómo debe aparecer la aportación en la nómina?

Una de las preguntas que más nos hemos formulado las personas graduadas sociales es cómo debe aparecer esta aportación en la nómina para que realmente quede reflejada la contribución realizada. Pues bien, este sentido, en la nómina debe aparecer como un concepto claro y diferenciado del resto y es muy importante que figure la palabra empresa dentro de la descripción del concepto, de tal manera que sea fácilmente identificable.

Más allá de esto, también han surgido dudas sobre si deben existir diferencias o no entre las personas que están contratadas a tiempo completo de aquellas que lo están a tiempo parcial. Igual que sucede con los salarios, la aportación será proporcional a lo establecido en las tablas salariales, de tal manera que el importe íntegro marcado en el convenio lo recibirá únicamente la persona que esté trabajando a jornada completa.

Por otro lado, como prácticamente en toda norma, existe una excepción por la cual la empresa no deberá realizar esta contribución. En este caso, cuando la retribución fija anual sea superior a la remuneración anual bruta, una vez entró en vigor el PPSC, establecida en las tablas salariales del convenio colectivo provincial incluyendo el importe de las contribuciones, la empresa podrá no abonar la cantidad correspondiente.

(Imagen: E&J)

En estos momentos estamos en el inicio de la aplicación de esta nueva medida que comportará una gestión administrativa más compleja en relación con las nóminas de las personas trabajadoras acogidas a este convenio colectivo. Los graduados y las graduadas sociales somos el nexo de unión entre empresas y personas trabajadoras, de tal manera que podremos ayudar a implementar todas estas novedades para que se cumplan de la manera correcta.

No podemos olvidar que esto afectará a las empresas con unos requerimientos nuevos de gestión que se deberán incorporar a la estructura administrativa. De esta manera, podrán captar las cuantías que se deben depositar en cada cuenta del plan de pensiones de la persona trabajadora y a esta se le reducirá el importe neto a percibir de su nómina.

Asegurará una mayor pensión

Pero… ¿Para qué puede servir todo esto? La principal cuestión, como bien se ha comentado, es que asegurará una mayor pensión por jubilación. Está claro que la pirámide poblacional se está invirtiendo y a cada año que pasa es un cambio más acentuado. Por tanto, aunque el sistema de pensiones se mantenga, la cuantía que recibirán las generaciones futuras será algo menor. Además, este plan de pensiones aumenta las deducciones fiscales en el IRPF, cubre incapacidad y fallecimiento, permite flexibilidad en las contribuciones y la persona trabajadora mantendrá siempre sus derechos consolidados, independientemente de si cambia de empresa o de sector.

Me gustaría terminar esta tribuna exponiendo que es un sistema que puede traer muchas cosas positivas. Poder ahorrar a futuro es siempre interesante. El único inconveniente que observo es si va a ser compatible para las familias ahorrar en el plan de pensiones y, al mismo tiempo, cubrir las necesidades económicas básicas en relación con el salario percibido. En España, las personas, individualmente, no suelen tener la iniciativa de hacerse un plan de pensiones, ya que se ve como algo muy lejano y necesitan dinero para el día a día, así que esta innovación es positiva y es muy posible que, en un futuro no muy lejano, se aplique a más de un convenio colectivo de otros sectores.