Sobre la urgente publicación de la reforma del baremo tras la última directiva de seguro obligatorio
"Se echa en falta que se publiquen datos de siniestrabilidad"
Accidente (Foto: E&J)
Sobre la urgente publicación de la reforma del baremo tras la última directiva de seguro obligatorio
"Se echa en falta que se publiquen datos de siniestrabilidad"
Accidente (Foto: E&J)
Es indudable que el objetivo de nuestra sociedad o, al menos de una sociedad civilizada, es lograr una disminución radical de la siniestrabilidad vial y dirigirnos hacia las “0” víctimas mas pronto que tarde, y en este empeño están involucrados todos los agentes sociales del sector, públicos y privados, principalmente el Ministerio de Interior a través de la Dirección General de Tráfico, la Fiscalía Especial de Seguridad Vial, Asociaciones de víctimas y de abogados de víctimas y entidades de seguros del ramo, en este último caso, y además de lo anterior, por su secundario y legítimo interés de conseguir un ahorro en el pago de indemnizaciones a los perjudicados y, con ello, mejorar de sus cuentas de resultados.
Para ello, la DGT inicia campañas anuales de concienciación ciudadana que, con mayor o menor éxito, logran reducciones de siniestrabilidad que, lamentablemente, no se mantienen en el tiempo, con picos de alza de accidentes que nunca son deseados y, en algunos casos, fruto de una deficiente comunicación pública, con incremento del nivel sancionador que parece conseguir unos fines recaudatorios mas que de disminución de los siniestros viales, como es el caso de la colocación de radares de velocidad en tramos rectos en vez de situarlos en zonas peligrosas o de alta siniestrabilidad.
Existen encomiables iniciativas como la tomada recientemente por la fiscalía especial de seguridad vial al promover la firma de un protocolo marco de colaboración para la protección de los derechos de las víctimas de siniestros de tráfico y sobre otras materias relacionadas con la seguridad vial, en el que participan, además de la fiscalía, representantes de las víctimas de accidentes, de la abogacía madrileña y española, el Consorcio de Compensación de Seguros, UNESPA y OFESAUTO, y que como principales objetivos se encuentran: – el impulso de la solución extrajudicial de las discrepancias, teniendo en cuenta la necesaria autorización judicial cuando se trate de menores y de personas con discapacidad para las que así se haya dispuesto judicialmente; – La simplificación y celeridad de los procedimientos judiciales civiles y penales sobre siniestros de tráfico con resultados lesivos, promoviendo una pronta resolución de los órganos jurisdiccionales, y la satisfacción de las responsabilidades civiles conforme al procedimiento citado en el apartado anterior; – La información e instrucción de los derechos y prestaciones de todo orden de que son titulares las víctimas de siniestros de tráfico, de conformidad con la Directiva 2012/29/UE de 25 de octubre, y correspondientes preceptos de la legislación nacional (arts. 4-26 del Estatuyo de la Víctima del Delito) con la finalidad de lograr una asistencia inmediata y una atención de sus necesidades en los distintos ámbitos sin demoras injustificadas. Todo ello en coordinación con las Oficinas de Atención a las Víctimas (arts. 27-29 EVD) y con las Asociaciones de Víctimas y demás asociaciones firmantes y; – La prestación a las víctimas de una atención e información pronta, eficaz y continuada, presidida por criterios de humanitarismo, velando por evitar que se produzca su “olvido”. A los tales fines, así como el de “sensibilización” social en favor de las víctimas recogido en el art. 34 EVD, se propiciará, en el ámbito de sus respectivas funciones, el impulso y/o participación en actos y/o encuentros personales con las víctimas, así como la elaboración y/o participación en protocolos operativos y coordinados, en los que podrán también participar otras partes que tengan legamente encomendada la protección y defensa de los intereses de las víctimas (Policías de Tráfico, Oficinas de Asistencia a la Víctima, etc.).
En este sentido, el recién nombrado fiscal especial de Sala de Seguridad Vial, Luis del Río Montesdeoca nos traslada que: El Ministerio Fiscal en materia de seguridad vial tiene como uno de sus principales objetivos seguir avanzando en mejorar la protección a las víctimas de los siniestros viales. Es mucho lo que está en juego .Hay que evitar que tengan que soportar, además de los daños físicos y psicológicos derivados del siniestro, una victimización secundaria por falta de la debida atención durante la tramitación del procedimiento judicial.
Siendo loable el empeño de todos los agentes sociales en aras a conseguir una significativa reducción de la siniestrabilidad vial, lo cierto es que hoy por hoy siguen existiendo centenares de miles de accidentes de circulación con fallecidos y heridos de diversa consideración que, en muchos casos, quedan desamparados.
Se habla poco del hecho que la asistencia sanitaria, tras la atención en urgencias y/o el alta hospitalaria del sistema público de la Seguridad Social, está en manos de las aseguradoras de automóvil que con la firma, a través de UNESPA, de los convenios de asistencia sanitaria, persigue mas unos fines económicos, de ahorro de costes, que los de calidad asistencial, apretando cada vez mas a los centros médicos y hospitalarios adscritos al convenio de forma que la calidad y duración de tratamientos a las victimas se ven seriamente afectadas, quedando en muchas ocasiones supeditadas a las instrucciones de las propias aseguradoras. Es incomprensible, también, que en los convenios de asistencia sanitaria, que firman el sector asegurador con las asociaciones sanitarias privadas, no se les de voz ni voto a las víctimas que, en definitiva, son los destinatarios de la atención médica y que se les niega su opinión sobre sus propias necesidades.
Por otro lado se hace urgente y necesaria la transposición de la Directiva (UE) 2021/2118 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2021 relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como al control de la obligación de asegurar esta responsabilidad, que debe de incorporar, a ser posible antes del 31 de diciembre de este mismo año, la modificación del baremo de indemnizaciones de tráfico del año 2015, con las mejoras consensuadas por la comisión de expertos del baremo en su informe razonado de nada menos que de 23 de julio de 2020, y que se ha quedado olvidado en un cajón del Ministerio de Justicia.
Y no podemos dejar de mencionar el mantra repetido hasta la saciedad por el sector asegurador de la supuesta existencia de un gran fraude de las víctimas de accidentes a los seguros de auto, y que a pesar de lo recalcitrante que resultan sus quejas, en un reciente barómetro publicado, tan solo alcanza el 1,9% a nivel nacional y sin embargo, no se habla de la mala praxis o fraude de las aseguradoras hacia las victimas que se refleja en las tarifas cada vez mas bajas que las aseguradoras exigen a los talleres concertados de reparación que redunda en retrasos y mala calidad del servicio, los incumplimientos en el trámite de oferta motivada de indemnización a las víctimas lesionadas, con unas valoraciones muy a la baja de lo que corresponden, y que en mas de un 85% de los casos son incrementadas en los Tribunales, o la práctica, muy de moda últimamente, de emplear pseudo-informes con apariencia de pericial técnica, donde, sin sustento científico alguno, y empelando unas simples fotos de los vehículos, se rehúsa las indemnizaciones a las víctimas alegando una supuesta baja intensidad en la velocidad de colisión de los vehículos implicados en el accidente, y que conducen que decenas de miles de perjudicados desistan, en base a estos informes fraudulentos en tomar una decisión equivocada como es la de continuar con la reclamación en fase judicial ante los costes y los retrasos que ellos supone, siendo buen aprovechado por las aseguradoras para ahorrarse millones de euros en indemnizaciones.
En este sentido, se echa en falta que la Administración publique estadísticas de siniestrabilidad, de fraude real (no el interesadamente comunicado por las aseguradoras) existente con sus correspondientes condenas penales por este delito, y de las indemnizaciones abonadas todos los años a las víctimas, pues la información que tenemos es la que interesada y sesgadamente traslada a la opinión pública el sector asegurador de forma constante creando una opinión de fraude generalizado.
Seguimos trabajando para conseguir mejoras para las víctimas de accidentes como, por ejemplo, una mayor tramitación de procedimientos ante la Jurisdicción Penal con la reciente inclusión del delito leve de imprudencia menos grave; la correcta formación y actualización de conocimientos de los médicos forenses y de los Institutos de medicina legal que lamentablemente, algunos de ellos, están siendo influenciados por el sector asegurador al ser invitados a jornadas adoctrinadoras convocadas por algunas aseguradoras en perjuicio de los intereses de las víctimas; la reforma del procedimiento civil para que la victima sea escuchada en el proceso o el régimen de condena en costas de modo que se adjudiquen a la aseguradora si la sentencia estima una suma superior a la ofrecida en el trámite legal previo de oferta motivada o un mayor y mas eficiente régimen sancionador a las aseguradoras que incumplan sus obligaciones frente a sus propios asegurados y terceros perjudicados.
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