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La firma

Un pacto anticonstitucional

"El convenio es leonino para el resto del Estado español"

El Rey Juan Carlos sancionó la Constitución el 27 de diciembre de 1978. (Foto. Congreso de los Diputados)

Antonio Salas Carceller

Magistrado emérito del Tribunal Supremo




Tiempo de lectura: 4 min

Publicado




La firma

Un pacto anticonstitucional

"El convenio es leonino para el resto del Estado español"

El Rey Juan Carlos sancionó la Constitución el 27 de diciembre de 1978. (Foto. Congreso de los Diputados)



El pacto suscrito entre representantes del PSOE y de Junts per Catalunya sería una simple anécdota si, como dicen algunos miembros del Gobierno en funciones, se limitara  a configurar un marco de actuación entre dos partidos políticos. No es así, pese a que se quiera presentar como tal, pues constituye un convenio concebido para lograr unos votos que resultan imprescindibles para la investidura como presidente del gobierno de España del candidato del PSOE. En definitiva es un acuerdo llamado a condicionar la gobernabilidad de España y la estabilidad de la Legislatura durante los próximos cuatro años.

Se trata de un pacto contrario a la Constitución Española no sólo por su contenido, sino incluso por la simple consideración de la posición de las partes que en realidad lo suscriben. Un futuro Gobierno de España formado por el PSOE, junto con sus socios, hace desde este momento, y se compromete a hacer en el futuro, determinadas concesiones a Cataluña, a la que comienza pidiendo perdón por actuaciones anteriores; mientras que, por otro lado, Junts —que se erige en representante de Cataluña— se asegura la realización en el transcurso de la Legislatura de ciertas actuaciones claramente inconstitucionales que le permiten el control de la situación y de la gobernabilidad de la Nación, a cambio de entregar inicialmente siete voluntades confesas en cuanto a su absoluto desinterés —si no clara animadversión— a todo lo que signifique el bien de España.



Resulta contrario a la Constitución porque sitúa en igualdad de plano al Estado y a una Comunidad Autónoma en contravención con el texto y el espíritu del artículo 2 de la Constitución, que garantiza la indisoluble unidad  de la Nación española y reconoce el derecho a la autonomía de nacionalidades y regiones “que la integran” .

María Jesús Montero, Pedro Sánchez, Antoni Ortuzar y Aitor Esteban. (Imagen: PSOE)

Podría caber  un acuerdo del todo con la parte en un determinado aspecto que pudiera interesar a los ciudadanos, pero lo que vulnera la Constitución es erigir a ambos contratantes en situación paritaria en la negociación, acudiendo además a una especie de “notario” internacional bajo cuya supervisión se reunirán periódicamente “fuera de España”, donde por cierto se han obtenido los votos para la investidura ciertamente “debajo de las piedras”.



Se parte así de un reconocimiento ilegal y absurdo de dos entes en “situación de igualdad”, que en realidad negocian por el supuesto de bien de sólo uno de ellos. Nadie puede pensar que el PSOE, como simple partido político, negocie y llegue a acuerdos que después hayan de ser aceptados por el Ejecutivo. Jamás Junts aceptaría nada parecido.

Lo que vulnera la Constitución es erigir a ambos contratantes en situación paritaria en la negociación

El convenio, además, es leonino y vergonzoso para el resto del Estado español y parte de un desequilibrio entre los sujetos intervinientes. Junts per Catalunya vota la investidura del candidato y a partir de ahí se reserva la facultad de romper todo compromiso de mantener su apoyo al Gobierno en el supuesto de que no existan los “avances” que espera en su negociación según sus propios objetivos; mientras que, aparentemente el PSOE, pero en realidad el Gobierno de España, queda sujeto a tales condicionamientos durante los cuatro años siguientes y no podrá dar marcha atrás en la concesión de una amnistía insultante para España, mientras que Junts —que ideológicamente está en las antípodas del PSOE y aún más de algunos de sus socios— tendrá en su mano el desarrollo de la Legislatura mediante una escalada de imposiciones que, si no son atendidas, supondrán la inexistencia de “avances” en las negociaciones y la retirada de esos votos subterráneos. Así lo dijo claramente Puigdemont el mismo día de la publicación del acuerdo.

También se ha de considerar inconstitucional la amnistía porque “haciendo de la necesidad virtud” permitiría al legislativo, sin habilitación expresa de la Constitución, invadir las competencias del Poder Judicial dejando sin efecto procedimientos judiciales y condenas penales.

Yolanda Díaz y Puigdemont en Bruselas. (Imagen: RTVE)

Igualmente lo es la reserva de unilateralidad en la actuación de los independentistas para llevar a cabo un referéndum ilegal. Se ha dicho interesadamente  que Junts “acepta” moverse en el ámbito de la Constitución porque se hace referencia en el convenio a una consulta en Cataluña amparada en el artículo 92 de la Constitución.

El convenio, además, es leonino y vergonzoso para el resto del Estado español

No es verdad. En primer lugar, ha dicho Puigdemont que sólo están vinculados a las decisiones del Parlamento de Cataluña y a nada más; de modo que si se ha incluido la mención al artículo 92 de la Constitución es porque, ante las palabras evanescentes de responsables del PSOE en el sentido de que no es posible la consulta, Junts le “ofrece” la posibilidad de habilitarla por ese medio, ya que lo mismo que cabe la amnistía al no estar expresamente prohibida, también “cabrá” una consulta como la pretendida por Junts puesto que tampoco la “excluye” expresamente dicha norma. Si la otra parte no admitiera, de entrada y en forma alguna, la posibilidad de dicha consulta, no habría razón para decir en el acuerdo que Junts la propondrá.

La cuestión de los jueces (“lawfare”) se ha introducido en el acuerdo con la finalidad de pura revancha por parte de Junts, con la cooperación necesaria e inexplicable de un partido que presume de ser constitucionalista. No puede tener más recorrido que el de provocar las duras reacciones que se han sucedido y que vendrán.

En definitiva se han reunido dos partes con la aparente finalidad de facilitar la gobernabilidad en España, cuando a una de ellas no le interesa en absoluto —y presume de ello— intentando sacar beneficio una de otra; y todo lo anterior no sin cierto engaño mutuo y, eso sí,  con el designio común de confundir a la ciudadanía, que pacientemente ha contemplado como nuestro destino se fragua fuera de España y con quienes no respetan la Constitución ni las leyes.

Séneca dijo que “quien promete lo que no puede pagar, engaña”, y también alguien afirmó que “los ciudadanos no quieren la verdad, sino que se les disfrace bien la mentira”.

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