Violencia de género: una experiencia reciente
Violencia de género: una experiencia reciente
Impugné por ilegal la detención de mi cliente: en su detención se habían lesionado varios derechos fundamentales y humanos: sin denuncia previa se le había privado de su libertad
La violencia ha existido, existe y existirá. Se da en la Naturaleza, en el mundo animal y en las sociedades humanas. Cuando en estas, sus efectos saltan a los medios de comunicación, escuchamos y leemos todo tipo de comentario. Entre estos, uno reiterado, siempre me ha llamado la atención: hechos crueles que al común nos resultan incomprensibles tendemos a considerarlos locuras, no maldades. Sin embargo, la maldad existe.
A las dos y media de la noche del domingo al lunes sonó el teléfono; un conocido estaba detenido en un cuartel de la Guardia Civil y requería mi asistencia letrada, había sido denunciado por su mujer y su cuñada. A las tres menos cuarto, aún adormilado, salía de casa para, por esas carreteras de la España vaciada, recorrer los sesenta y cinco kilómetros que dice Google separan mi casa de ese cuartel del benemérito Cuerpo. Llegué; de tres hijos, todos adultos, allí estaban dos, el tercero vive y trabaja en una provincia lejana; el agente que me recibió comentó que se estaban realizando dos denuncias; su cuñada lo estaría denunciando al menos por daños contra su propiedad; su esposa según leo ahora por amenazas y trato degradante en el ámbito familiar.
El auto de incoación de diligencias previas recogía un presunto delito de violencia doméstica y de género, así como amenazas
Ese cuartel no tiene calabozos; me entrevisté con mi cliente en una pequeña habitación el vestuario, y dada su confusión y perplejidad, poco pude sacar en claro sobre los hechos concretos que habían sucedido, sin embargo, la palabra alcohol no me pasó desapercibida. Tras algo más de una hora de entrevista, salí a la calle tomar el aire, y tratar de completar la información sobre los hechos con los hijos y los Guardias Civiles. Eran las cinco de la madrugada, unos y otros poco pudieron decirme, los hijos porque desconocían los hechos y habían sido llamados a instancias del padre con quien no habían podido hablar, el agente que me solicitó los datos de identificación para incorporarlos al expediente, fijó esa hora como la mi llegada, y que compañeros de otro cuartel eran quienes habían acudido al lugar de los hechos, un pueblo cercano, a unos ocho kilómetros, y tras acudir a la casa de la cuñada de mi cliente, lugar de los hechos, fueron a casa de este encontrándolo a la puerta, en el suelo y sin conocimiento; una ambulancia lo había trasladado al Centro de Salud cercano al cuartel, y una vez atendido, se procedió a su detención, y poco más. Detenido sin previa denuncia, por la palabra de su esposa.
En estas, sale a la calle la abogada de la esposa, y en la conversación salió de nuevo el alcohol, entonces de mutuo acuerdo pedimos que en el Centro de Salud se les extrajera a ambos sangre para un análisis posterior; los agentes hicieron sus gestiones resultando una prueba imposible, pues con independencia de posibles autorizaciones, el Centro de Salud no dispone de los medios para la extracción de sangre, pues esa prueba se hace un día a la semana cuando va una furgoneta del Sacyl (Salud Castilla y León).
La conversación continuó, y no era la del alba cuando otra palabra impactó en mi ánimo: divorcio. Comenté que era pronto para ello, y se me dijo que la casa del pueblo estaba construida sobre un terreno privativo de ella, una herencia del padre. El matrimonio, además de la casa en el pueblo, tiene un piso en Salamanca. Me cerré en banda, no era el momento.
Retomé la entrevista con mi cliente, pregunté por lo que se me había dicho, planteé el tema del alcohol, de si había bebido, y me dijo que no. Y si antes había conseguido poco, ahora no mucho más. Y nos llamaron a declarar, y aconsejado el cliente se acogió a su derecho a no hacerlo, e impugné por ilegal la detención de mi cliente: en su detención se habían lesionado varios derechos fundamentales y humanos: sin denuncia previa se le había privado de su libertad. No llegaban a las ocho y media y estábamos en estas lides cuando otro agente comentó que en el Juzgado de violencia de género no les cogían el teléfono, y que por tanto no sabían cuando trasladar a Salamanca al detenido y como ponerlo a disposición judicial. Un ratito más tarde por fin les dijo que en el Juzgado a las once. A las nueve de la mañana, con un sol radiante me encaminé a Salamanca. Antes, donde pude desayuné, pues el café y los dulces que gentilmente nos ofreció un guardia civil, hacia tiempo que habían perdido su efecto. El calor y el no haber dormido me aconsejaron la velocidad, el abrir ventanas y el oír la radio. Llegué al despacho, cogí el Código Penal, la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el Convenio Europeo de Derechos Humanos y la Constitución Española y andando me acerqué al Juzgado.
El auto de incoación de diligencias previas recogía un presunto delito de violencia doméstica y de género, así como amenazas. La lectura de la declaración de la esposa y de las contestaciones al formulario de peligrosidad que está había hecho ante la Guardia Civil, resultaban un tanto chocantes.
En la declaración estuvimos la Jueza, la abogada de la señora y yo. El Ministerio Fiscal no apareció. Tienen una casa en Salamanca, y otra en el pueblo donde viven. Él trabaja como autónomo en la zona rural de su pueblo y parte de la maquinaria y utensilios que utiliza se guardan en una dependencia de propiedad de la hermanda de ella. Ella trabaja en Salamanca, hace dos casas, dos horas a la semana, en una los lunes, en otra los viernes y gana en cada hora diez euros. Y quiere que su marido viva en Salamanca y ella en el pueblo. Nótese lo siguiente: viene a la capital a trabajar y gana veinte euros; desde su pueblo al que dispone del cuartel, hay unos ocho kilómetros, el autobús en el que viaja a la capital tarda una hora en llegar, acude a la vivienda, trabaja dos horas, y después regresa en autobús a ese pueblo y desde ese al suyo. Como poco cinco horas, si todo fuera seguido, ingresa veinte euros y gasta trece en el autobús, beneficio siete euros. Algunas veces, viaja con su hermana que viene a trabajar a la capital. Poco más se pudo saber, la ambigüedad absoluta en todo, menos en su miedo al esposo y la agresividad de este cuando bebe.
Sobre unas bolsas de ropa que había preparado cuando salió de su casa para ir a la de su hermana dormir, huyendo del esposo, resultó ser ropa que en unas “bolsitas” suele traer a Salamanca para lavarlas o plancharlas en casa, no era ropa de ponerse, no era ropa recogida con urgencia para huir.
Mi cliente, aconsejado, no declaró. Se dictó auto de libertad, se acordó como medida cautelar el distanciamiento y se atribuyó, durante la instrucción, el uso de la casa de pueblo al esposo y la de la ciudad a ella. Si ella necesita coger algo de la casa del pueblo, ha de ir con la Guardia Civil, si el algo de la casa de la ciudad, con la Policía Nacional.
Al día siguiente, declaró la hermana de ella, a la puerta de cuya casa habían tenido lugar los hechos, insultos, amenazas, …., y la puerta rota a patadas. En la declaración estábamos la Jueza y yo, la abogada de la esposa y el Ministerio Fiscal, no aparecieron. La puerta ya se había arreglado, y la chapa metálica sustituida por otra. Solicito a la Juez que esa chapa se recupere como medio de prueba, Se le solicita el teléfono del cerrajero que había hecho el trabajo y primero telefónicamente y después por escrito que la conserve a disposición del Juzgado. Según la testigo, el nivel del suelo de su casa, y con él, el de la puerta esta por encima del de la calle dos peldaños de unos veinticinco centímetros de altura cada uno de ellos, y una huella del tamaño de una losa pequeña, poco más de veinte centímetros. Póngase el lector en situación e intente reproducir una patada a una puerta o a una pared. No obstante, esto se reprodujo físicamente por quien escribe a presencia judicial, y no podía dar las patadas que se decía. La razón e bien sencilla: si desde el suelo de la calle, la puerta está a cincuenta centímetros como poco, si desde el escalón superior a nivel de la puerta, esta le daba en la narices, y al tratar de estirar la pierna, fuera la derecha o la izquierda hacía atrás, perdía el equilibrio. No obstante, el acusado había conseguido que la chapa inferior de la puerta metálica se desprendiera de su marco y toda ella limpiamente cayera dentro de la casa, y por el hueco que la placa dejó, las dos hermanas vieron como el hombre caía de espaldas entra la casa y su coche, sin tocar este aparcado a la puerta, y con agilidad levantarse y marcharse amenazando a gritos con volver con una maza para matarlas. Teniendo móviles no sacaron fotos de la puerta rota, se limitaron a llamar a la Guardia Civil que, si las sacó, casi una hora después. Fotografías que no están en estos autos sino en el de los daños por la denuncia que puso la propietaria de la casa por la rotura de la puerta.
Por los pasillos del Juzgado, salíamos, ella delante de mí, en las escaleras se paró y dio media vuelta y me preguntó si podía hablar con la Jueza; le dije que en su despacho la habíamos dejado; quería saber a quien se había asignado el uso de cada casa, y como está escrito se lo dije, la del pueblo a su cuñado, la de la ciudad a su hermana. Eso no podía ser así, me dijo, la asistente social les había dicho que la casa la elegía la esposa, no la Jueza.
El sábado por la tarde, el cliente y sus hijos fueron al lugar donde guarda estos materiales y maquinaria para sacarlos, dependencia propiedad de la hermana de la esposa, la ultima declarante. Se había cambiado la cerradura y no podían entrar. Llamadas telefónicas, advertencia de que o bien abría la puerta voluntariamente o se tendría que obtener un mandamiento judicial para que a presencia de la Guardia Civil se descerrajara la puerta. A presencia de la Guardia Civil y con relación inventariada, se sacaron las cosas de mi cliente de la dependencia de la cuñada.
Que el lector, obtenga sus conclusiones. Yo resumo las mías: un Centro de Salud sin medios para extraer sangre, un exiguo cuartel de la Guardia Civil, un Ministerio Fiscal que no está en las declaraciones iniciales, una abogada que no acude a la declaración de un testigo, unas personas que no fotografían con sus móviles los daños sufridos, una asistente social que dice cómo han de actuar los jueces, un cambio de cerraduras. Este artículo es más largo que el texto de las declaraciones. Así hacemos Justicia.