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Práctica Jurídica

Acuerdo de cesión de derechos de imagen

(Imagen: E&J)

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Práctica Jurídica

Acuerdo de cesión de derechos de imagen

(Imagen: E&J)



En [PROVINCIA], a [FECHA].

PARTES



Por un lado, D./D.ª [NOMBRE], con D.N.I. núm. [NUMERO] y domicilio en [ESPECIFICAR], actuando como CESIONARIO.Y por otro lado, D./D.ª [NOMBRE], con D.N.I. núm. [NUMERO] y domicilio en [ESPECIFICAR], actuando como CEDENTE.

Mediante el presente acuerdo, ambas partes expresan:

Que el CESIONARIO está interesado en utilizar la imagen del CEDENTE para [ESPECIFICAR]. Para tal fin, ha planificado la realización de [ESPECIFICAR] con el objetivo de [ESPECIFICAR].



El CEDENTE, por su parte, manifiesta su interés en la explotación de su imagen dentro del contexto mencionado y con la finalidad de [ESPECIFICAR].

Ambas partes reconocen que poseen la capacidad suficiente para ello y acuerdan el siguiente ACUERDO DE CESIÓN DE DERECHOS DE IMAGEN, que se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO

Por medio del presente acuerdo, el CEDENTE otorga autorización al CESIONARIO para que la imagen, o parte de la misma, sea utilizada [ESPECIFICAR].

SEGUNDA.- FORMA DE CAPTACIÓN DE LA IMAGEN Y CONTRAPRESTACIÓN

La validez del presente acuerdo depende del correcto cumplimiento de las siguientes acciones por parte del CEDENTE: [ESPECIFICAR] .
A cambio, recibirá: [ESPECIFICAR].
El CESIONARIO se compromete, en relación con la sesión de captación de la imagen, a [ESPECIFICAR].

TERCERA.- ALCANCE DE LA CESIÓN DE DERECHOS

[ESPECIFICAR]
El plazo para el uso de la imagen cedida es de [ESPECIFICAR]. En caso de que se exceda dicho plazo estipulado, el acuerdo [ESPECIFICAR].

CUARTA.- ÁMBITO GEOGRÁFICO DE LA CESIÓN DE DERECHOS Y MODALIDADES PUBLICITARIAS O COMERCIALES DE DIFUSIÓN

La imagen del CEDENTE será utilizada en el siguiente ámbito geográfico: [ESPECIFICAR].
La utilización de la imagen del CEDENTE se difundirá a través de campañas publicitarias en los siguientes medios: [ESPECIFICAR].

QUINTA.- GARANTÍAS

El CEDENTE declara [ESPECIFICAR].

SEXTA.- CARÁCTER DEFINITIVO DEL CONSENTIMIENTO PRESTADO Y CONSECUENCIAS EN CASO DE INCUMPLIMIENTO

En virtud del artículo segundo de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, y a la propia imagen, el consentimiento expreso otorgado mediante el presente acuerdo podrá ser revocado en cualquier momento, pero deberá indemnizarse, en su caso, por los daños y perjuicios causados, incluyendo las expectativas justificadas; para lo cual se establece: [ESPECIFICAR].

SÉPTIMA.- NORMATIVA APLICABLE Y COMPETENCIA JURISDICCIONAL

El presente acuerdo se rige por el Derecho español, la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, y a la propia imagen, el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, que aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, y el artículo 18 de la Constitución Española.

Para cualquier duda o conflicto que pueda surgir de la interpretación y aplicación del presente acuerdo, serán competentes los Juzgados y Tribunales de [ESPECIFICAR].

Fdo.: [FIRMAS]

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