Cláusula de vinculación para cancelación de carga hipotecaria con anterioridad a la fecha de perfección de la compraventa
Presentada en el Registro de la Propiedad correspondiente, pero pendiente de inscripción

(Imagen: E&J)
Cláusula de vinculación para cancelación de carga hipotecaria con anterioridad a la fecha de perfección de la compraventa
Presentada en el Registro de la Propiedad correspondiente, pero pendiente de inscripción

(Imagen: E&J)
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE BIEN INMUEBLE
Otorgamiento de la escritura de cancelación de carga hipotecaria con anterioridad a la fecha de perfección de la compraventa, presentada en el Registro de la Propiedad correspondiente, pero pendiente de inscripción.
– (Parte Expositiva) CARGAS Y GRAVÁMENES.- Manifiesta la parte vendedora que la finca descrita se encuentra libre de cargas y gravámenes y al corriente de pago de todo tipo de gastos e impuestos, incluidos los gastos de comunidad devengados [1] y los suministros (agua, electricidad, gas, teléfono, etc.), si bien registralmente consta gravada con un préstamo hipotecario a favor de la entidad ……….., por un importe de ……….. euros y por un plazo de … años, hallándose dicha hipoteca cancelada administrativamente en méritos de certificado bancario expedido por la entidad acreedora hipotecaria, habiéndose otorgado la correspondiente escritura de carta de pago y cancelación de hipoteca por la entidad ……., el pasado día …. de ….. de …, ante el Notario de ….., Don/Doña …………. (nº de protocolo ….), según resulta de la copia auténtica que se exhibe a la parte compradora, en la que consta el cajetín de presentación de la misma en el Libro Diario del correspondiente Registro de la Propiedad, quedando pendiente únicamente la efectiva inscripción de dicha cancelación, cuyos gastos corren a cargo íntegramente de la parte vendedora.
Notas:
[1] Declaración de inclusión obligatoria en las escrituras públicas de compraventa de inmuebles sujetos al régimen de propiedad horizontal, relativa a la certificación del estado de deudas con la comunidad de propietarios por parte del transmitente, al amparo del artículo 9, e) de la Ley 49/1960, de 21 de Julio, sobre Propiedad Horizontal (en su nueva redacción establecida en el artículo 5 de la Ley 8/1999, de 6 de Abril).
Tras la entrada en vigor de las modificaciones a la Ley de Propiedad Horizontal dispuestas por la Ley 8/1999, al modelo tipo debe añadirse, si se trata de escritura pública, la siguiente declaración:
(Parte Expositiva) Comunidad de Propietarios.- La parte transmitente declara expresamente que la finca objeto de la presente compraventa es deudora a la Comunidad de Propietarios de la suma de ………………… euros
Se acredita dicho extremo mediante Certificación expedida por el Sr. Secretario de la Comunidad de Propietarios, con el Visto Bueno del Sr. Presidente, que se me exhibe y entrega para su protocolización a la presente.
Advierto yo el Notario, de conformidad a lo previsto en el art. 9, e) de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal (en su nueva redacción establecida en el artículo 5 de la Ley 8/1999, de 6 de Abril), de la responsabilidad solidaria del transmitente y el adquirente en el pago de dichas deudas, así como de la afección legal del inmueble al pago de las deudas comunitarias del año en curso y del inmediatamente anterior a la fecha de la transmisión.
También puede incluirse la referencia a los gastos comunitarios y obligación de aportación de la certificación al momento de otorgar la escritura pública de compraventa por parte de la parte vendedora, en los contratos privados, si bien ello es potestativo.
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