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Práctica Jurídica

Contrato de cesión de derechos de imagen de futbolista

Tanto el futbolista como la entidad están de acuerdo en formalizar un contrato de cesión de derechos de imagen para actividades publicitarias, promocionales y comerciales

(Imagen: E&J)

Tiempo de lectura: 3 min

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Práctica Jurídica

Contrato de cesión de derechos de imagen de futbolista

Tanto el futbolista como la entidad están de acuerdo en formalizar un contrato de cesión de derechos de imagen para actividades publicitarias, promocionales y comerciales

(Imagen: E&J)



REUNIDOS

De una parte, [NOMBRE DEL FUTBOLISTA], con DNI [NÚMERO DE DNI], mayor de edad, con domicilio en [DIRECCIÓN COMPLETA], en adelante, «El Futbolista».



Y de otra parte, [NOMBRE DE LA ENTIDAD CESIONARIA], con CIF [NÚMERO DE CIF], representada por [NOMBRE DEL REPRESENTANTE], con DNI [NÚMERO DE DNI], con domicilio en [DIRECCIÓN COMPLETA], en adelante, «La Entidad».



EXPONEN

  1. Que El Futbolista es titular de los derechos de imagen sobre su persona, los cuales incluyen, entre otros, el derecho a utilizar su nombre, imagen, voz y cualquier otra característica identificativa.
  2. Que La Entidad está interesada en la cesión de los derechos de imagen de El Futbolista para su uso en actividades publicitarias, promocionales y comerciales.
  3. Que ambas partes están interesadas en formalizar un contrato de cesión de derechos de imagen, estableciendo los términos y condiciones que regirán dicha cesión.

CLÁUSULAS



Primera. Objeto del contrato

El Futbolista cede a La Entidad, de manera no exclusiva, los derechos de imagen sobre su persona, incluyendo su nombre, imagen, voz y cualquier otra característica identificativa, para su uso en actividades publicitarias, promocionales y comerciales.

Segunda. Ámbito de la cesión

La cesión de derechos de imagen se extiende a nivel [NACIONAL/INTERNACIONAL] y abarca todos los medios de comunicación, incluyendo, pero no limitándose a, televisión, radio, prensa escrita, internet y redes sociales.

Tercera. Duración del contrato

El presente contrato tendrá una duración de [DURACIÓN DEL CONTRATO] años, contados a partir de la fecha de su firma. Podrá ser renovado por acuerdo expreso de ambas partes.

Cuarta. Compensación económica

La Entidad se compromete a pagar a El Futbolista la cantidad de [CANTIDAD EN EUROS] euros, en concepto de compensación por la cesión de sus derechos de imagen. El pago se realizará de la siguiente manera: [DETALLES DEL PAGO].

Quinta. Obligaciones de las partes

1. Obligaciones de El Futbolista:

    • Garantizar que es el titular legítimo de los derechos de imagen cedidos.
    • Participar en las actividades publicitarias, promocionales y comerciales acordadas con La Entidad.
    • No ceder los derechos de imagen a terceros durante la vigencia del presente contrato, salvo acuerdo expreso con La Entidad.

2. Obligaciones de La Entidad:

      • Utilizar los derechos de imagen de El Futbolista exclusivamente para los fines establecidos en el presente contrato.
      • No realizar modificaciones en la imagen de El Futbolista sin su consentimiento previo y por escrito.
      • Respetar la dignidad y reputación de El Futbolista en todas las actividades en las que se utilice su imagen.

Sexta. Derechos de autor y propiedad intelectual

La cesión de derechos de imagen no implica la cesión de derechos de autor u otros derechos de propiedad intelectual que puedan corresponder a El Futbolista.

Séptima. Resolución del contrato

El presente contrato podrá ser resuelto por cualquiera de las partes en caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en el mismo. La parte que desee resolver el contrato deberá notificarlo por escrito a la otra parte con una antelación mínima de [PLAZO DE ANTICIPACIÓN] días.

Octava. Legislación aplicable y jurisdicción

El presente contrato se regirá por la legislación española. Para la resolución de cualquier controversia que pudiera surgir en relación con el presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los juzgados y tribunales de [CIUDAD].

Novena. Protección de datos

La Entidad se compromete a cumplir con la normativa vigente en materia de protección de datos personales, garantizando la confidencialidad y seguridad de los datos de El Futbolista.

Décima. Formalización escrita

De conformidad con el Artículo 45 del Texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, toda cesión deberá formalizarse por escrito. Si, previo requerimiento fehaciente, el cesionario incumpliere esta exigencia, el autor podrá optar por la resolución del contrato.

Y en prueba de conformidad, firman el presente contrato, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados.

[LUGAR], a [FECHA]

El Futbolista
[FIRMA]

La Entidad
[FIRMA]

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