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Práctica Jurídica

Contrato privado de compraventa de vehículo usado entre particulares

La vendedora responderá ante la compradora de los posibles vicios ocultos del vehículo

(Imagen: E&J)

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Práctica Jurídica

Contrato privado de compraventa de vehículo usado entre particulares

La vendedora responderá ante la compradora de los posibles vicios ocultos del vehículo

(Imagen: E&J)



 

CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO USADO ENTRE PARTICULARES



 



En __, a de __ de 2023.

 



REUNIDOS

PRIMERO: Don/Doña __, mayor de edad, con DNI número __, y domicilio en __, en adelante, la PARTE VENDEDORA.

SEGUNDO: Don/Doña __, mayor de edad, con DNI número __, y domicilio en __, en adelante, la PARTE COMPRADORA.

Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para contratar y obligarse, y

 

EXPONEN

PRIMERO: Que la PARTE VENDEDORA es propietaria del vehículo __ (marca, modelo, matrícula), con las siguientes características: __.

SEGUNDO: Que la PARTE COMPRADORA está interesada en adquirir dicho vehículo, habiendo sido informada de las características y estado del mismo.

Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO USADO, conforme a las siguientes

 

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO

La PARTE VENDEDORA vende y la PARTE COMPRADORA compra el vehículo descrito anteriormente, en el estado en que se encuentra.

SEGUNDA.- PRECIO

El precio de la compraventa será de __ euros, que la PARTE COMPRADORA entrega a la PARTE VENDEDORA en este acto, sirviendo el presente contrato como más eficaz recibo.

TERCERA.- ENTREGA Y TRANSMISIÓN DE LA PROPIEDAD

La PARTE VENDEDORA se obliga a entregar a la PARTE COMPRADORA el vehículo objeto de este contrato, libre de cargas y gravámenes, en el lugar y fecha acordados.

CUARTA.- GASTOS E IMPUESTOS

Los gastos e impuestos que se deriven de la compraventa serán por cuenta de la PARTE COMPRADORA, salvo que legalmente corresponda otra cosa.

QUINTA.- RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS

La PARTE VENDEDORA responderá ante la PARTE COMPRADORA de los posibles vicios ocultos del vehículo, conforme a lo establecido en el artículo 1.484 del Código Civil.

SEXTA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

En caso de incumplimiento de alguna de las partes, la otra podrá optar por exigir el cumplimiento del contrato o su resolución, con los daños y perjuicios en ambos casos si correspondiere.

SÉPTIMA.- LEGISLACIÓN APLICABLE

El presente contrato se regirá por lo dispuesto en el Código Civil y demás leyes aplicables.

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