Contrato privado de compraventa de vehículo usado entre particulares
La vendedora responderá ante la compradora de los posibles vicios ocultos del vehículo
(Imagen: E&J)
Contrato privado de compraventa de vehículo usado entre particulares
La vendedora responderá ante la compradora de los posibles vicios ocultos del vehículo
(Imagen: E&J)
CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO USADO ENTRE PARTICULARES
En __, a de __ de 2023.
REUNIDOS
PRIMERO: Don/Doña __, mayor de edad, con DNI número __, y domicilio en __, en adelante, la PARTE VENDEDORA.
SEGUNDO: Don/Doña __, mayor de edad, con DNI número __, y domicilio en __, en adelante, la PARTE COMPRADORA.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para contratar y obligarse, y
EXPONEN
PRIMERO: Que la PARTE VENDEDORA es propietaria del vehículo __ (marca, modelo, matrícula), con las siguientes características: __.
SEGUNDO: Que la PARTE COMPRADORA está interesada en adquirir dicho vehículo, habiendo sido informada de las características y estado del mismo.
Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO USADO, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO
La PARTE VENDEDORA vende y la PARTE COMPRADORA compra el vehículo descrito anteriormente, en el estado en que se encuentra.
SEGUNDA.- PRECIO
El precio de la compraventa será de __ euros, que la PARTE COMPRADORA entrega a la PARTE VENDEDORA en este acto, sirviendo el presente contrato como más eficaz recibo.
TERCERA.- ENTREGA Y TRANSMISIÓN DE LA PROPIEDAD
La PARTE VENDEDORA se obliga a entregar a la PARTE COMPRADORA el vehículo objeto de este contrato, libre de cargas y gravámenes, en el lugar y fecha acordados.
CUARTA.- GASTOS E IMPUESTOS
Los gastos e impuestos que se deriven de la compraventa serán por cuenta de la PARTE COMPRADORA, salvo que legalmente corresponda otra cosa.
QUINTA.- RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
La PARTE VENDEDORA responderá ante la PARTE COMPRADORA de los posibles vicios ocultos del vehículo, conforme a lo establecido en el artículo 1.484 del Código Civil.
SEXTA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
En caso de incumplimiento de alguna de las partes, la otra podrá optar por exigir el cumplimiento del contrato o su resolución, con los daños y perjuicios en ambos casos si correspondiere.
SÉPTIMA.- LEGISLACIÓN APLICABLE
El presente contrato se regirá por lo dispuesto en el Código Civil y demás leyes aplicables.
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