Demanda de responsabilidad civil contra un juez o varios magistrados
Demanda de responsabilidad civil contra un juez o varios magistrados
DEMANDA DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRA UN JUEZ O VARIOS MAGISTRADOS
REGULACIÓN. Se regulaba en los arts. 903 a 906 de la antigua LEC. Actualmente en los artículos 411 a 413 de esa Ley Orgánica y, por otro, los artículos 266.1 y 403.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
VÍAS . Dice MONTERO AROCA en la sentencia 15623/2006, de 18 de julio que la responsabilidad civil de jueces y magistrados tiene tres vías posibles:
- La responsabilidad civil derivada de acto que es al mismo tiempo delito y que se acumula a la penal en el proceso de esta naturaleza.
- La responsabilidad que puede instarse por el Estado en vía de repetición, con base en el artículo 296 de la Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 296 (El estado responderá también de los daños que se produzcan por dolo o culpa grave de los jueces y magistrados, sin perjuicio del derecho que le asiste de repetir contra los mismos por los cauces del proceso declarativo que corresponda …
- La responsabilidad civil que puede impetrarse de modo directo tomando como base, por un lado, los artículos 411 a 413 de esa Ley Orgánica y, por otro, los artículos 266.1 y 403.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
...