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Práctica Jurídica

Demanda sobre despido por mobbing

Reparación es procedente de acuerdo con lo preceptuado en el art. 180 LJS

(Foto: Archivo)

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Práctica Jurídica

Demanda sobre despido por mobbing

Reparación es procedente de acuerdo con lo preceptuado en el art. 180 LJS

(Foto: Archivo)



 

AL JUZGADO DE LO SOCIAL DE………………………… QUE POR TURNO CORRESPONDA



Don * ……………., mayor de edad, provisto de D.N.I. núm. …………………………, con domicilio en………………………… …………………………, calle…………………………, comparece y como mejor proceda en Derecho, D I C E:



Que por medio del presente escrito, viene a interponer demanda en reclamación de DESPIDO POR VULNERACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES contra la empresa…………………………, dedicada a la actividad de…………………………, con domicilio en………………………… …………………………, calle…………………………, así como el MINISTERIO FISCAL.

Demanda que basa en los siguientes:



HECHOS

PRIMERO.-Que ………………………… ………………………… viene trabajando por cuenta y órdenes de la empresa demandada desde el ………………………… , en el centro de trabajo sito en ………………………… , con la categoría profesional de ………………………… y salario bruto mensual de ………………………… .

Se le aplica el Convenio Colectivo de………………………….

SEGUNDO.- Que con fecha………………………… ha recibido carta de despido de la empresa, con efectos a partir del…………………………, en la que se alegan los siguientes motivos: ………………………….

Carta que se adjunta a la presente demanda.

TERCERO.- Que los hechos alegados por la empresa en su carta de despido son falsos, no existiendo MÁS razón………………………… alguna para el despido que la intención por parte de la dirección de la empresa de resolver el contrato de trabajo.

CUARTO.- Todas estas actuaciones indican que mi cliente está sufriendo, en dicha empresa, ACOSO MORAL EN EL TRABAJO, lo que implica una violación de sus derechos fundamentales.

Tales hechos fueron puestos en conocimiento de la dirección de la empresa como responsable de la integridad de los trabajadores, tanto de forma verbal como por escrito, sin que la misma haya efectuado medida alguna tendente a eliminar esta situación.

Dicha agresión le está provocando en el interesado una situación de incapacidad temporal y tratamiento médico psiquiátrico/psicológico, ante la imposibilidad de curación de otro modo y la angustia de acudir al centro de trabajo. La situación de incapacidad temporal se mantiene desde el ………………………….

…………………………El/la demandante denunció los hechos ante la Inspección de Trabajo en fecha………………………….

QUINTO.- Que ante el conocimiento de la situación de acoso en el trabajo, la dirección de la empresa ha optado por el despido del/de la trabajador/a acosado/a, participando de forma activa en dicho acoso. Concretamente,………………………….

SEXTO.- Que del/de la trabajador/a demandante solicita asimismo la condena a la empresa al pago de una INDEMNIZACIÓN por violación de derechos fundamentales de mi representado/a de ………………………… euros, a tenor de los daños sufridos. Las actuaciones de acoso moral ejecutadas directamente por…………………………, compañero/as de trabajo, y toleradas por la empresa demandada han producido -y continúan produciendo- en su persona graves daños tanto personales (físico-psíquicos y morales), como materiales o patrimoniales, cuya reparación es procedente de acuerdo con lo preceptuado en el art. 180 LJS.

La indemnización solicitada se ha calculado teniendo en cuenta los daños patrimoniales (lesión de la dignidad profesional de la trabajadora, vulnerando su estatus en el trabajo), los daños personales (daños biológicos, a su salud e integridad psicofísica) y los daños morales (a su dimensión moral o espiritual).

A estos efectos, son daños patrimoniales los ocasionados a la profesionalidad, económicamente evaluable en cuanto a parámetro esencial de la posición de valor económico en el mercado de trabajo ocupada por una persona (‘cotización’ de mercado). A este respecto hay que tener en cuenta que mi representado/a tiene ………………………… y su capacidad de trabajo ha sido gravemente dañada por este acoso sistemático al que ha sido sometido/a con el consentimiento de la empresa. La unión de dichos factores y las graves secuelas que padece por el proceso sufrido, han mermado su probabilidad de encontrar otro puesto de trabajo igual al que ahora se le quiere injustamente privar.

Los daños personales consisten en todas aquellos efectos de minoración o alteración no sólo en la integridad psicofísica sino también, en congruencia con el concepto amplio de salud aceptado internacionalmente y recogido en la LPRL, el bienestar social en un ámbito organizativo dado, en este caso, la empresa. De ahí que se entienda, desde esta concepción global de la salud, comprendida en su ámbito de protección tanto las situaciones como las relaciones en que los trabajadores desenvuelven su propia personalidad dentro del conjunto de relaciones socio-profesionales constituidas en los lugares de trabajo, en cuanto estructura organizativa compleja.

En este apartado hay que reseñar que mi representado/a está de baja, como ya se ha indicado, desde el…………………………, por lo que lleva en esa situación………………………… días, situación que ha venido causada por el acoso que a la misma ha sido sometido/a continúa en la actualidad y es previsiblemente de larga duración.

Los daños morales se han venido teniendo en cuenta en nuestra jurisprudencia social siguiendo muy de cerca las construcciones procedentes de nuestra doctrina civilista, que a su vez se han movido siguiendo muy de cerca los parámetros deducibles de la LO 1/1982, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, si bien la conceptualización del daño moral se remonta a principios del siglo pasado (Sentencia TS, Sala 1, de 6 de diciembre de 1912). Desde esta perspectiva clásica, por daño moral puede entenderse una forma o modalidad singular (y, por tanto, dotada de cierta autonomía), de daño psíquico. A diferencia del daño biológico, esta modalidad se identificaría como un sufrimiento espiritual, intelectual o emocional producido, bien por una agresión directa a bienes materiales, bien por una agresión al acervo extrapatrimonial o de la personalidad (ofensas a la fama, al honor, dignidad), cuyo resultado es la generación de un desequilibrio espiritual y desarmonía humana intensos. Este daño se da siempre que se produce una vulneración de derechos fundamentales como es el caso. En estos casos, que ya tienen reflejo jurisprudencial, es indudable que existe derecho a una indemnización compensatoria cuando una valoración de conjunto de la conducta evidencie un atentado a la dignidad de la persona, aunque no exista daño a la salud o daño psico-físico, ni tampoco exista un concreto acto lesivo de la profesionalidad de la trabajadora. A esta indemnización se le viene asignando una finalidad compensatoria del bien lesionado, nunca resarcitoria, dado el carácter inmaterial e irrecuperable de éste, a diferencia de lo que sucede con la indemnización por daños patrimoniales.

SÉPTIMO.- Que considera que el despido sufrido por su representado/a es NULO ó, subsidiariamente, IMPROCEDENTE y pretende que la empresa así lo reconozca, indemnizando además a la misma en la cantidad de………………………… euros por la violación de sus derechos fundamentales.

OCTAVO.- Que se ha celebrado el preceptivo acto de conciliación ante…………………………, habiendo resultado el Acto…………………………. Se adjunta copia certificada del acta.

Lo expuesto se basa en los siguientes:

FUNDAMENTOS JURIDICOS

El/la demandante basa su pretensión en la Constitución Española, Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido de la Ley de la Jurisdicción Social y demás normas concordantes aplicables.

Por lo expuesto,

SUPLICA AL JUZGADO DE LO SOCIAL que, habiendo por presentada la demanda, se sirva admitirla y, en su virtud, señale día y hora para la celebración de los actos de conciliación y juicio y, en su caso, celebrado éste, dictar en definitiva Sentencia por la que, estimando la demanda:

11.-Declare la NULIDAD del despido por violación de derechos fundamentales, condenando a la empresa demandada a la readmisión del/de la trabajador/a, con abono de los salarios de tramitación, así como al pago al/la trabajador/a de la cantidad de ………………………… euros como INDEMNIZACION por los daños y perjuicios causados a la parte actora como consecuencia de las actuaciones anticonstitucionales descritas que constituyen vulneración de derechos fundamentales del/de la trabajador/a,

21.-Subsidiariamente y para el caso de no estimar la anterior pretensión, declare la IMPROCEDENCIA del despido y condene a la empresa a readmitir a esta en su puesto de trabajo o indemnizarle con la cantidad legalmente establecida, abonándole en su caso los salarios de tramitación.

Es de Justicia que se pide en…………………………, a………………………… de………………………… de…………………………

OTROSI PRIMERO DICE.- Que esta parte acudirá al acto de juicio con asistencia Letrada.

OTROSI SEGUNDO DICE.- Que para la práctica de la prueba de INTERROGATORIO DE LAS PARTES, con carácter indecisorio, interesa al derecho de esta parte la comparecencia al acto de juicio oral de representante legal de la empresa demandada, con poder para absolver posiciones, debiendo ser citado bajo apercibimiento de que podrá ser tenido por confeso en caso de incomparecencia.

OTROSI TERCERO DICE.- Que para la práctica de la prueba DOCUMENTAL, interesa al derecho de esta parte:

a) Se requiera de la empresa demandada para que aporte al acto de juicio oral los siguientes documentos:

1.Recibos de salarios de la demandante correspondientes a toda su vida laboral en la empresa.

2.Boletines de Cotización a la Seguridad Social de dicho período.

3.Contrato de Trabajo del/la demandante.

Los escritos de denuncia del acoso moral por parte de compañero/as de trabajo presentado por la demandante a la empresa demandada.

b) Se libre atento oficio a la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de…………………………para que remita a los autos el Informe realizado como consecuencia de la denuncia por acoso moral presentada por la actora.

c) Se libre atento oficio al Juzgado de Instrucción n1 ………………………… de ………………………… , a fin de que remita copia testimoniada de la denuncia verbal interpuesta por la demandante en fecha ………………………… ante el Juzgado de Guardia y del procedimiento instruido como consecuencia de la citada denuncia (………………………… ).

d) Se libre atento oficio a la Policía…………………………, a fin de que remita las denuncias interpuestas por la demandante con fechas ………………………… .

Por lo que,

SUPLICA AL JUZGADO DE LO SOCIAL que tenga por realizadas las anteriores manifestaciones y se sirva proveer conforme a lo solicitado, por ser de justicia que se reitera en los mismos lugar y fecha.

Firma del demandante: …………………………

 

 

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