Connect with us
Práctica Jurídica

Escrito de comunicación de hechos de mejor fortuna ante Asistencia jurídica gratuita

Con posterioridad a la fecha del reconocimiento del derecho, y dentro de los tres años siguientes a la terminación del proceso, el demandado ha venido a mejor fortuna

(Imagen: E&J)

Tiempo de lectura: 2 min

Publicado




Práctica Jurídica

Escrito de comunicación de hechos de mejor fortuna ante Asistencia jurídica gratuita

Con posterioridad a la fecha del reconocimiento del derecho, y dentro de los tres años siguientes a la terminación del proceso, el demandado ha venido a mejor fortuna

(Imagen: E&J)



Al JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

(o órgano jurisdiccional ante el que se siga el proceso principal)



Don/Doña nombre y apellidos, Procurador de los Tribunales y de Don/Doña nombre y apellidos, mayor de edad, cuya representación tengo acreditada en Autos de ……., con DNI ……., y domicilio en calle…, número…, población…, código postal…, ante el juzgado comparezco y DIGO:

Que, mediante el presente escrito y bajo la dirección Letrada de Don/Doña nombre y apellidos, interpongo escrito de COMUNICACIÓN DE HECHOS DE MEJOR FORTUNA, del beneficiario del derecho a la tutela judicial efectiva Don/Doña nombre y apellidos, en el proceso judicial seguido en Autos de ……., sobre la base de las siguientes alegaciones:



PRIMERA. – Por acuerdo de fecha día, mes y año, la Comisión de Justicia Gratuita reconoció el derecho de Don/Doña nombre y apellidos a la asistencia jurídica gratuita, en el proceso seguido ante el Juzgado nº ……., de……., en Autos de ……., en el que mi mandante actuó como parte demandante.



SEGUNDA. – En la tramitación del proceso judicial indicado el Juzgado emitió la Sentencia nº ……., de día, mes y año, por la que estimaba las pretensiones de mi mandante, y al amparo del artículo 394 de la Ley 1/2000, condenaba en costas al demandado. En estas circunstancias, me considero legitimado para interponer esta comunicación, teniendo en cuenta que, de acuerdo con el artículo 36.2 de la Ley 1/1996, de asistencia jurídica gratuita, si el titular del derecho a la justicia gratuita resulta condenado en costas, únicamente vendrá obligado a la satisfacción de los gastos de mi defensa y representación, si en el plazo de tres años, viniere a mejor fortuna.

TERCERO. – Con posterioridad a la fecha del reconocimiento del derecho, y dentro de los tres años siguientes a la terminación del proceso, el demandado ha venido a mejor fortuna «(identificar los hechos que permitan acreditar esta circunstancia)», de tal suerte que en este momento es posible presumir que sus ingresos y recursos económicos por todos los conceptos superan el cuádruplo del salario mínimo interprofesional. En consecuencia, de acuerdo con el artículo 36 de la ley de asistencia jurídica gratuita, quedará obligado a pagar las costas causadas en defensa de mi mandante.

Por lo expuesto

Al Juzgado formulo la siguiente PETICIÓN:

Que tenga por presentado este escrito de COMUNICACIÓN DE HECHOS DE MEJOR FORTUNA, con sus documentos y copias, se sirva admitirlo, y previa la comprobación de los hechos alegados, y la solicitud del expediente de reconocimiento del beneficio de Justicia Gratuita, en su día dicte Resolución, por la que acuerde la pérdida del derecho a la justicia gratuita por Don/Doña nombre y apellidos, y declare el derecho de esta parte al cobro de las costas de defensa y representación.

...

CONTENIDO EXCLUSIVO PARA SUSCRIPTORES

BUSINESS MENSUAL
14,99€ ELEGIR PLAN
Pago mensual
BUSINESS ANUAL
149€ ELEGIR PLAN
Pago único
BUSINESS BRAND ANUAL
299€ ELEGIR PLAN
Pago único

Última hora jurídica



Recibe nuestra newsletter de forma gratuita