Denuncia por allanamiento de morada
Okupación de segunda vivienda. Medida cautelar
(Imagen: E&J)
Denuncia por allanamiento de morada
Okupación de segunda vivienda. Medida cautelar
(Imagen: E&J)
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE [CIUDAD]
Don/Doña [NOMBRE ABOGADO/A CLIENTE], colegiado/a núm. [NÚMERO], en nombre y representación de Don/Doña [NOMBRE CLIENTE], con NIF [NIF] y domicilio en [DOMICILIO], representación que quedará acreditada mediante poder cuando así sea requerido por este Juzgado, comparezco y como mejor proceda en Derecho,
DIGO
Por medio del presente escrito formulo DENUNCIA por la comisión de un posible delito de allanamiento de morada, tipificado en el artículo 202 del Código Penal, contra individuos desconocidos que ocupan ilegalmente la vivienda de mi representado, y lo hago con base en los siguientes
HECHOS
PRIMERO.-Mi cliente, Don/Doña [NOMBRE], es legítimo propietario de la vivienda situada en [DOMICILIO], tal como acredita la nota simple del Registro de la Propiedad de [CIUDAD], que se adjunta con el documento número [NÚMERO].
SEGUNDO.-La vivienda en cuestión es utilizada por mi cliente como segunda residencia, a la que acude periódicamente durante sus vacaciones y fines de semana, siendo por tanto un espacio en el que desarrolla su vida personal de manera privada.
TERCERO.-El día [FECHA], vecinos del edificio donde se encuentra la vivienda advirtieron la presencia de ocupantes no autorizados en el interior de la misma, quienes no son los propietarios ni personas vinculadas al uso legítimo del inmueble. Dichos vecinos, preocupados por la situación, notificaron inmediatamente a mi representado sobre la ocupación ilegal.
CUARTO.-Tras ser informado, Don/Doña [NOMBRE PROPIETARIO/A] acudió personalmente a la vivienda y pudo comprobar que efectivamente la propiedad había sido ocupada ilegalmente, impidiéndosele el acceso al inmueble por parte de los ocupantes.
QUINTO.-Constan como testigos de los hechos los siguientes vecinos del edificio: [ESPECIFICAR TESTIGOS]. Estos vecinos presenciaron la ocupación y están dispuestos a testificar acerca de las circunstancias y la permanencia ilegal de los ocupantes en la vivienda.
A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Procedencia de la denuncia.
La presente denuncia se formula de conformidad con lo dispuesto en los artículos 259 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), que habilitan a cualquier persona que tenga conocimiento de un delito público a denunciarlo ante la autoridad competente.
SEGUNDO.- Delito de allanamiento de morada.
Los hechos descritos son constitutivos de un delito de allanamiento de morada, tipificado en el artículo 202 del Código Penal, que establece lo siguiente:
«1. El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.
Si el hecho se ejecutare con violencia o intimidación, la pena será de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses.»
Es importante señalar que, aunque la vivienda en cuestión sea la segunda residencia de mi cliente, esta sigue estando amparada por la protección del citado artículo, tal como han reiterado diversas sentencias de los más altos tribunales. En concreto, la Sentencia del Tribunal Supremo n.º 852/2014, de 11 de diciembre, aclara que el concepto de morada incluye cualquier lugar donde su titular desarrolle su vida privada, independientemente de la frecuencia de uso.
Asimismo, la Sentencia del Tribunal Constitucional n.º 10/2002, de 17 de enero, refuerza esta interpretación al destacar que lo relevante es el uso destinado a la privacidad, sin que la intensidad o periodicidad sean determinantes. La Sentencia del Tribunal Supremo n.º 587/2020, de 6 de noviembre, también confirma la extensión del concepto de morada a segundas residencias siempre que estas cumplan la función de espacio de privacidad.
TERCERO.- Medidas cautelares.
En virtud del artículo 13 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Instrucción 1/2020 de 15 de septiembre de la Fiscalía General del Estado, mi representado solicita la adopción de la medida cautelar de desalojo inmediato de los ocupantes ilegales, ya que concurren los requisitos de fumus boni iuris, periculum in mora y juicio de proporcionalidad. Esta medida es necesaria para evitar daños irreparables a la propiedad y garantizar la restitución del inmueble a su legítimo propietario, que se ha visto privado del uso de su vivienda de manera injusta.
SUPLICO que el Juzgado tenga por presentado este escrito, junto con los documentos que se acompañan, los admita, y tenga por formulada denuncia contra los ocupantes de la vivienda sita en [DOMICILIO]. Solicito que, previos los trámites oportunos, se dicte sentencia condenatoria por el delito de allanamiento de morada previsto en el artículo 202 del Código Penal, así como que se condene a los denunciados a indemnizar a mi cliente por los daños y perjuicios ocasionados.
Por ser justicia que pido en [CIUDAD], a [FECHA].
PRIMER OTROSÍ DIGO:
- Esta parte interesa la práctica de las siguientes diligencias de prueba:
- Interrogatorio de los testigos mencionados [ESPECIFICAR].
- Documental: solicitud de informe a los servicios policiales que hayan intervenido, así como la acreditación de la titularidad de la vivienda.
- Inspección ocular del inmueble para verificar el estado del mismo tras la ocupación.
Por lo que, SUPLICO, se tenga por hechas estas manifestaciones y en su virtud se acuerde lo que se solicita.
SEGUNDO OTROSÍ DIGO: Solicito la adopción de la medida cautelar de desalojo inmediato, conforme a lo expuesto en el apartado III de los Fundamentos de Derecho.
Por ser justicia que reitero en lugar y fecha indicados.
[FIRMA ABOGADO/A]
...