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Práctica Jurídica

Esquema de la Vista según el Artículo 787.3 LEC

Este esquema refleja el desarrollo del procedimiento según el artículo 787.3 LEC, que regula la vista en el marco de la división judicial de patrimonios, como es el caso de las herencias

(Imagen: E&J)

Tiempo de lectura: 2 min

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Práctica Jurídica

Esquema de la Vista según el Artículo 787.3 LEC

Este esquema refleja el desarrollo del procedimiento según el artículo 787.3 LEC, que regula la vista en el marco de la división judicial de patrimonios, como es el caso de las herencias

(Imagen: E&J)



El artículo 787 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) regula el procedimiento para la aprobación de las operaciones divisorias y la oposición a ellas en procesos de división de herencias. El apartado 3 de este artículo describe cómo se desarrolla la vista cuando una de las partes se opone a las operaciones divisorias.

Aquí te dejo un esquema adecuado al desarrollo de la vista en base al artículo 787.3 de la LEC:



Esquema de la Vista según el Artículo 787.3 LEC



  1. Convocatoria de las Partes:
    • Si alguna de las partes impugna las operaciones divisorias (generalmente por errores en el reparto o valoración de los bienes), el tribunal citará a las partes para la celebración de una vista.
  2. Apertura de la Vista:
    • El juez inicia la vista explicando el objeto de esta, que es la oposición a las operaciones divisorias.
    • Se expone cuál ha sido la propuesta del contador partidor o de las partes en cuanto a la división de los bienes.
  3. Intervención del Opositor:
    • La parte que ha presentado la oposición expone los motivos por los que considera que las operaciones divisorias no son adecuadas. Estos motivos pueden ser de orden jurídico o técnico (por ejemplo, errores en la valoración de bienes, omisión de bienes, etc.).
    • El opositor puede solicitar la práctica de pruebas para apoyar su argumento.
  4. Intervención de las Demás Partes:
    • Las demás partes tendrán la oportunidad de responder a la oposición, defendiendo la corrección de las operaciones divisorias. También pueden solicitar la práctica de pruebas si lo consideran necesario.
  5. Práctica de Pruebas:
    • Se practicarán las pruebas solicitadas por las partes si el tribunal las considera pertinentes. Estas pruebas pueden incluir informes periciales, declaraciones de testigos o documentación.
  6. Conclusiones de las Partes:
    • Una vez finalizada la fase probatoria, las partes presentan sus conclusiones. En ellas reiteran sus argumentos y solicitan que se aprueben o rechacen las operaciones divisorias según corresponda.
  7. Resolución del Tribunal:
    • El tribunal puede dictar sentencia en la propia vista o reservarse para emitirla posteriormente mediante auto, resolviendo la validez o nulidad de las operaciones divisorias impugnadas.

Consideraciones adicionales:

  • Resolución de las Operaciones Divisorias: Si el tribunal considera justificada la impugnación, podrá ordenar la corrección de las operaciones divisorias o la repetición de estas.
  • Finalidad del Procedimiento: El objetivo es garantizar un reparto justo y equitativo de los bienes entre los herederos, evitando errores o desequilibrios.



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