Connect with us
Práctica Jurídica

Modelo de demanda de ejecución dineraria contra comunidad de propietarios

La falta de pago por parte de la Comunidad de Propietarios ha causado un perjuicio económico al demandante, impidiéndole cumplir con sus propias obligaciones financieras

(Imagen: E&J)

Tiempo de lectura: 3 min

Publicado




Práctica Jurídica

Modelo de demanda de ejecución dineraria contra comunidad de propietarios

La falta de pago por parte de la Comunidad de Propietarios ha causado un perjuicio económico al demandante, impidiéndole cumplir con sus propias obligaciones financieras

(Imagen: E&J)



Juzgado de Primera Instancia e Instrucción [NÚMERO] de [CIUDAD]

Procedimiento: Ejecución de Título Judicial



Autos Nº: [NÚMERO DE AUTOS]

Demandante: [NOMBRE DEL DEMANDANTE]



Procurador: [NOMBRE DEL PROCURADOR]



Demandado: Comunidad de Propietarios [NOMBRE O DIRECCIÓN DE LA COMUNIDAD]

Procurador: [NOMBRE DEL PROCURADOR DEL DEMANDADO]

AL JUZGADO

[NOMBRE DEL PROCURADOR], Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de [NOMBRE DEL DEMANDANTE], según acredito mediante escritura de poder que acompaño para su unión a los autos con devolución, ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que mediante el presente escrito formulo DEMANDA DE EJECUCIÓN DINERARIA, en base a los siguientes,

HECHOS

  1. Antecedentes Contractuales: El demandante, [NOMBRE DEL DEMANDANTE], es propietario de la vivienda situada en [DIRECCIÓN COMPLETA], la cual forma parte de la Comunidad de Propietarios demandada. Según los estatutos de la comunidad y la Ley de Propiedad Horizontal, todos los propietarios están obligados a contribuir al sostenimiento de los gastos generales para el adecuado mantenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización.
  2. Deuda Acumulada: Desde [FECHA DE INICIO DE LA DEUDA], la Comunidad de Propietarios ha acumulado una deuda con el demandante por un total de [CANTIDAD ADEUDADA] euros. Esta deuda corresponde a [DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LOS GASTOS O SERVICIOS RELACIONADOS], los cuales fueron debidamente aprobados en las juntas de propietarios y son de obligado cumplimiento.
  3. Requerimiento de Pago: El demandante, a través de su representación legal, ha realizado diversos requerimientos de pago a la Comunidad de Propietarios, siendo el último de ellos enviado el [FECHA DEL ÚLTIMO REQUERIMIENTO]. A pesar de estos requerimientos, la Comunidad de Propietarios ha omitido realizar el pago adeudado, incurriendo en mora.
  4. Impacto de la Deuda: La falta de pago por parte de la Comunidad de Propietarios ha causado un perjuicio económico al demandante, impidiéndole cumplir con sus propias obligaciones financieras y generando intereses de demora que aumentan la cantidad adeudada.
  5. Acciones Previas a la Demanda: Ante la falta de respuesta efectiva a los requerimientos de pago y la acumulación continua de deuda, el demandante se ha visto obligado a iniciar acciones legales para reclamar el importe adeudado, más los intereses de demora y las costas procesales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

  1. Competencia y Jurisdicción del JuzgadoDe acuerdo con el artículo 45 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, este Juzgado es competente para conocer del presente procedimiento de ejecución, dado que la Comunidad de Propietarios demandada tiene su domicilio en esta circunscripción judicial.
  2. Legitimación Activa y PasivaConforme al artículo 6 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el demandante está legitimado activamente al ser el acreedor directo de las cantidades adeudadas. La Comunidad de Propietarios, representada por su Presidente, está legitimada pasivamente como deudora de las sumas reclamadas.
  3. Procedencia de la Ejecución Dineraria Según lo establecido en el artículo 517 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la existencia de un título ejecutivo, en este caso, la certificación de deuda emitida por el Administrador de la Comunidad conforme al artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal, habilita al acreedor a instar la ejecución forzosa contra el deudor.
  • Requerimiento de Pago y Morosidad: El artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que el requerimiento de pago a los propietarios morosos se realizará en el domicilio que conste en la comunidad o en el lugar que se señale a efectos de notificaciones. En el presente caso, se ha efectuado el requerimiento conforme a la ley, y no se ha obtenido respuesta satisfactoria, incurriendo la Comunidad en mora.
  • Intereses y Costas del Procedimiento: De acuerdo con el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, desde el momento en que se dicta la orden de ejecución, las cantidades adeudadas devengarán el interés legal del dinero incrementado en dos puntos, o el que corresponda si se ha pactado de forma diferente. Además, el artículo 394 de la misma ley establece que las costas procesales serán impuestas a la parte ejecutada que se oponga sin razón a la ejecución.
  • Jurisprudencia Aplicable: La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha reiterado que la falta de pago de las cuotas de comunidad por parte de los propietarios justifica la ejecución de las deudas en el modo previsto en la Ley de Propiedad Horizontal y la Ley de Enjuiciamiento Civil, consolidando la doctrina de la responsabilidad directa de los comuneros en el cumplimiento de sus obligaciones económicas.

PETICIÓN

Por lo expuesto,

SUPLICO AL JUZGADO: Que teniendo por presentado este escrito junto con los documentos adjuntos, se sirva admitirlos, y en méritos a los mismos, acuerde la ejecución de la sentencia dictada en el procedimiento [NÚMERO DE PROCEDIMIENTO], condenando a la Comunidad de Propietarios [NOMBRE O DIRECCIÓN DE LA COMUNIDAD] al pago de [CANTIDAD ACTUALIZADA] euros, más los intereses y costas que se sigan generando hasta la completa satisfacción del demandante.

Es justicia que pido en [CIUDAD], a [FECHA].

Firma: [NOMBRE DEL PROCURADOR]

...

CONTENIDO EXCLUSIVO PARA SUSCRIPTORES

BUSINESS MENSUAL
14,99€ ELEGIR PLAN
Pago mensual
BUSINESS ANUAL
149€ ELEGIR PLAN
Pago único
BUSINESS BRAND ANUAL
299€ ELEGIR PLAN
Pago único

Última hora jurídica



Recibe nuestra newsletter de forma gratuita