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Práctica Jurídica

Modelo de demanda por daños de las personas que vivían en la vivienda sin contrato de arrendamiento

El sujeto demanda al arrendador por malas condiciones de la vivienda que produjeron un incendio que causó daños a la vivienda y al demandante

(Imagen: E&J)

Tiempo de lectura: 6 min

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Práctica Jurídica

Modelo de demanda por daños de las personas que vivían en la vivienda sin contrato de arrendamiento

El sujeto demanda al arrendador por malas condiciones de la vivienda que produjeron un incendio que causó daños a la vivienda y al demandante

(Imagen: E&J)



AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [LOCALIDAD]

D./Dña. [NOMBRE DEL DEMANDANTE], mayor de edad, con DNI número [DNI], y domicilio en [DIRECCIÓN], ante el Juzgado comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:



Por supuesto, a continuación te presento una versión más extensa de los hechos para la demanda de responsabilidad civil extracontractual por daños:



HECHOS

Primero. El demandante, [NOMBRE DEL DEMANDANTE], con DNI [DNI DEL DEMANDANTE] y domicilio en [DIRECCIÓN DEL DEMANDANTE], ha estado residiendo en la vivienda ubicada en [DIRECCIÓN DE LA VIVIENDA] desde [FECHA DE INICIO DE LA RESIDENCIA]. La ocupación de dicha vivienda se ha realizado sin la formalización de un contrato de arrendamiento escrito con el arrendador, [NOMBRE DEL ARRENDADOR], quien es el propietario de la misma.



Segundo. Desde el inicio de su residencia, el demandante ha observado diversas deficiencias en el mantenimiento de la propiedad, tales como problemas en el sistema eléctrico, filtraciones de agua, humedades en las paredes y techos, y deterioro general de las instalaciones. Estas deficiencias han sido comunicadas al arrendador en múltiples ocasiones, tanto verbalmente como por escrito, sin que este haya tomado las medidas necesarias para subsanarlas.

Tercero. En fecha [FECHA DEL SINIESTRO], se produjo un siniestro en la vivienda, concretamente un incendio originado por un cortocircuito en el sistema eléctrico. El incendio causó daños significativos tanto a la propiedad como al demandante, quien sufrió lesiones personales y daños materiales a sus pertenencias. Entre los daños personales se incluyen [DESCRIPCIÓN DE LAS LESIONES], y entre los daños materiales se encuentran [DESCRIPCIÓN DE LOS DAÑOS MATERIALES].

Cuarto. El demandante ha requerido atención médica debido a las lesiones sufridas, lo que ha generado gastos médicos y ha afectado su capacidad para realizar sus actividades cotidianas y laborales. Además, los daños materiales han implicado la pérdida de bienes personales de valor y la necesidad de realizar reparaciones en la vivienda.

Quinto. La causa del siniestro ha sido determinada como un cortocircuito en el sistema eléctrico de la vivienda, el cual se encontraba en mal estado debido a la falta de mantenimiento adecuado por parte del arrendador. Esta situación evidencia una clara negligencia en el mantenimiento de la propiedad, lo que ha puesto en riesgo la seguridad y la integridad física del demandante.

Sexto. A pesar de las reiteradas quejas y solicitudes de reparación por parte del demandante, el arrendador no ha tomado las medidas necesarias para garantizar la seguridad y habitabilidad de la vivienda. Esta falta de diligencia y cuidado por parte del arrendador constituye una violación de sus obligaciones como propietario, independientemente de la existencia de un contrato formal de arrendamiento.

Séptimo. La negligencia del arrendador en el mantenimiento de la propiedad ha sido la causa directa del siniestro y de los daños sufridos por el demandante. En virtud de lo dispuesto en el Artículo 1902 del Código Civil, «El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado». Asimismo, el Artículo 1101 del Código Civil establece que «Quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquéllas».

Octavo. En consecuencia, el demandante solicita que se declare la responsabilidad del arrendador por los daños ocasionados y que se le condene a indemnizar al demandante por una cantidad específica que cubra tanto los daños personales como los materiales, además de solicitar que se impongan las costas del procedimiento al demandado.

Claro, a continuación te proporciono unos fundamentos de derecho más extensos para una demanda de responsabilidad civil extracontractual por daños, específicamente en el contexto de una vivienda sin contrato de arrendamiento formal:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. Responsabilidad Civil Extracontractual

  • Artículo 1902 del Código Civil: Este artículo establece que «El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado». En el presente caso, el demandado, en su calidad de arrendador, ha incurrido en una omisión al no realizar el mantenimiento adecuado de la vivienda, lo que ha resultado en un siniestro que ha causado daños personales y materiales al demandante. La negligencia del demandado en el cumplimiento de sus obligaciones de mantenimiento y reparación de la propiedad es la causa directa de los daños sufridos por el demandante.
  • Artículo 1101 del Código Civil: Este artículo dispone que «Quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquéllas». En este contexto, el demandado ha contravenido sus obligaciones como propietario de la vivienda al no atender las reiteradas quejas del demandante sobre las deficiencias en el sistema eléctrico y otros problemas de mantenimiento, lo que constituye una negligencia que ha resultado en el siniestro y los daños consecuentes.
  • Artículo 1104 del Código Civil: Este artículo define la culpa o negligencia del deudor como «la omisión de aquella diligencia que exija la naturaleza de la obligación y corresponda a las circunstancias de las personas, del tiempo y del lugar». En el presente caso, la obligación del demandado como arrendador incluye el mantenimiento adecuado de la vivienda para garantizar la seguridad y habitabilidad de la misma. La falta de diligencia en el cumplimiento de esta obligación, a pesar de las reiteradas quejas del demandante, constituye una negligencia que ha causado los daños reclamados.
  • Artículo 1106 del Código Civil: Este artículo establece que «La indemnización de daños y perjuicios comprende, no sólo el valor de la pérdida que haya sufrido, sino también el de la ganancia que haya dejado de obtener el acreedor, salvas las disposiciones contenidas en los artículos siguientes». En este sentido, el demandante tiene derecho a ser indemnizado no solo por los daños materiales y personales sufridos, sino también por las pérdidas económicas derivadas del siniestro, incluyendo los gastos médicos y la pérdida de bienes personales.
  • Artículo 1107 del Código Civil: Este artículo dispone que «Los daños y perjuicios de que responde el deudor de buena fe son los previstos o que se hayan podido prever al tiempo de constituirse la obligación y que sean consecuencia necesaria de su falta de cumplimiento. En caso de dolo responderá el deudor de todos los que conocidamente se deriven de la falta de cumplimiento de la obligación». En el presente caso, los daños sufridos por el demandante eran previsibles dada la naturaleza de las deficiencias en el sistema eléctrico y la falta de mantenimiento adecuado por parte del demandado.

2. Obligaciones del Propietario

  • Artículo 1907 del Código Civil: Este artículo establece que «El propietario de un edificio es responsable de los daños que resulten de la ruina de todo o parte de él, si ésta sobreviniere por falta de las reparaciones necesarias». En el presente caso, el siniestro ocurrido en la vivienda del demandante fue resultado directo de la falta de reparaciones necesarias en el sistema eléctrico, lo que constituye una responsabilidad del demandado como propietario.
  • Artículo 17 de la Ley de Ordenación de la Edificación: Este artículo establece la responsabilidad civil de los agentes que intervienen en el proceso de la edificación, incluyendo a los propietarios, por los daños materiales ocasionados en el edificio dentro de ciertos plazos. Aunque este artículo se refiere principalmente a la responsabilidad en el proceso de construcción, también es aplicable en el contexto de mantenimiento y reparaciones necesarias para garantizar la seguridad y habitabilidad de la vivienda.

3. Indemnización de Daños y Perjuicios

  • Artículo 1150 del Código Civil: Este artículo dispone que «La obligación indivisible mancomunada se resuelve en indemnizar daños y perjuicios desde que cualquiera de los deudores falta a su compromiso. Los deudores que hubiesen estado dispuestos a cumplir los suyos, no contribuirán a la indemnización con más cantidad que la porción correspondiente del precio de la cosa o del servicio en que consistiere la obligación». En el presente caso, la falta de cumplimiento de las obligaciones de mantenimiento por parte del demandado ha resultado en una obligación de indemnizar al demandante por los daños y perjuicios sufridos.
  • Artículo 230 del Código Civil: Este artículo establece que «La persona que en el ejercicio de una función tutelar sufra daños y perjuicios, sin culpa por su parte, tendrá derecho a la indemnización de estos con cargo a los bienes del tutelado, de no poder obtener por otro medio su resarcimiento». Aunque este artículo se refiere específicamente a funciones tutelares, establece un principio general de derecho que es aplicable en el presente caso: el demandante tiene derecho a ser indemnizado por los daños sufridos debido a la negligencia del demandado.

PETICIÓN

Por todo lo expuesto, solicito al Juzgado que, previos los trámites legales oportunos, dicte sentencia por la que:

  1. Se declare la responsabilidad civil extracontractual del demandado, D./Dña. [NOMBRE DEL ARRENDADOR], por los daños causados al demandante y a sus convivientes.
  2. Se condene al demandado a indemnizar al demandante en la cantidad de [CANTIDAD] euros, en concepto de daños personales y materiales sufridos, más los intereses legales correspondientes desde la fecha del siniestro.
  3. Se impongan las costas del procedimiento al demandado.

Es justicia que pido en [LOCALIDAD], a [FECHA].

Fdo.: [NOMBRE DEL DEMANDANTE]

DNI: [DNI]

...

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