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Práctica Jurídica

Modelo de escritura de modificación de la pensión de alimentos de menores

(Imagen: E&J)

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Práctica Jurídica

Modelo de escritura de modificación de la pensión de alimentos de menores

(Imagen: E&J)



En el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de [LOCALIDAD]

Procedimiento: [NÚMERO DE PROCEDIMIENTO]



AL JUZGADO

Don/Doña [NOMBRE DEL ABOGADO], Procurador de los Tribunales y de Don/Doña [NOMBRE DEL SOLICITANTE], con DNI [NÚMERO DE DNI] y domicilio en [DOMICILIO COMPLETO], ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en Derecho, DIGO:



Que mediante el presente escrito, y en representación de mi mandante, vengo a solicitar la modificación de medidas definitivas acordadas en sentencia de fecha [FECHA DE LA SENTENCIA], recaída en los autos de divorcio número [NÚMERO DE AUTOS], en lo que respecta a la pensión de alimentos de los menores, por haber variado sustancialmente las circunstancias que se tuvieron en cuenta al tiempo de adoptarlas. A tal efecto, expongo los siguientes:



HECHOS

Primero: Que en fecha [FECHA DE LA SENTENCIA ORIGINAL], se dictó Sentencia de Divorcio en el procedimiento [NÚMERO DE AUTOS], por el Juzgado de Primera Instancia Nº [NÚMERO DEL JUZGADO], en la que se establecieron, entre otras medidas, una pensión de alimentos a favor de los menores [NOMBRES DE LOS MENORES], hijos del matrimonio, fijada en la cantidad de [CANTIDAD ORIGINAL] euros mensuales.

Segundo: Que desde la fecha de la mencionada sentencia han surgido cambios significativos en las circunstancias económicas de [NOMBRE DEL PROGENITOR OBLIGADO A PAGAR], que justifican la necesidad de modificar la cuantía de la pensión alimenticia establecida. En concreto, [DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LOS CAMBIOS ECONÓMICOS, como puede ser una disminución de ingresos debido a un despido, cambio de empleo con menor salario, enfermedad que ha implicado gastos médicos extraordinarios, etc.].

Tercero: Que, asimismo, se han producido variaciones en las necesidades de los menores, [NOMBRES DE LOS MENORES], que también justifican la revisión de la pensión alimenticia. Estas variaciones incluyen [DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LAS NUEVAS NECESIDADES DE LOS MENORES, como pueden ser gastos educativos adicionales, actividades extracurriculares, necesidades médicas especiales, etc.].

Cuarto: Que ambos progenitores, en pleno uso de sus facultades y de mutuo acuerdo, han decidido solicitar la modificación de la pensión alimenticia para adaptarla a las nuevas circunstancias económicas y necesidades de los menores, proponiendo que la nueva cantidad a abonar sea de [NUEVA CANTIDAD PROPUESTA] euros mensuales.

Quinto: Que este acuerdo ha sido tomado considerando el interés superior de los menores, asegurando que continúen recibiendo el soporte económico necesario para su desarrollo y bienestar, ajustado a la capacidad económica actual de [NOMBRE DEL PROGENITOR OBLIGADO A PAGAR].

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- Competencia y Procedimiento Adecuado De acuerdo con el artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el procedimiento para la modificación de medidas definitivas establecidas en sentencias de divorcio o separación se tramitará por los cauces del juicio verbal, siempre que no exista oposición entre las partes. En este caso, al tratarse de una modificación de mutuo acuerdo, se presenta ante el Juzgado de Primera Instancia que dictó la medida original, siendo este competente para conocer del presente procedimiento.

II.- Modificación de Medidas según el Código Civil El artículo 90 del Código Civil establece que las medidas que el juez adopte en defecto de acuerdo entre los cónyuges serán susceptibles de modificación posterior cuando se alteren sustancialmente las circunstancias. En este sentido, se alega una modificación sustancial de las circunstancias económicas del progenitor obligado a prestar alimentos, lo cual justifica la revisión de la pensión alimenticia establecida.

III.- Principio de Proporcionalidad de la Pensión de Alimentos Según el artículo 146 del Código Civil, la cuantía de los alimentos será proporcional al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe. En el presente caso, se ha producido un cambio significativo en los ingresos del progenitor alimentante, lo que afecta directamente a su capacidad económica para cumplir con la pensión previamente acordada.

IV.- Interés Superior del Menor El interés superior del menor es un principio rector en todas las decisiones concernientes a menores, tal como lo establece el artículo 2 de la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor. La modificación propuesta busca adaptar la pensión de alimentos a la realidad económica actual del progenitor alimentante, sin menoscabar las necesidades básicas y el bienestar de los menores, asegurando su desarrollo integral en un entorno adecuado.

V.- Doctrina Jurisprudencial sobre Modificación de Medidas La jurisprudencia ha establecido de forma reiterada que las modificaciones de las medidas relativas a la pensión de alimentos deben estar justificadas en cambios económicos y personales significativos y duraderos que alteren las circunstancias tenidas en cuenta al momento de dictar la medida original. Este fundamento se apoya en diversas sentencias del Tribunal Supremo que han reconocido la necesidad de adaptar las medidas a las realidades cambiantes de los progenitores y los hijos.

PETICIÓN

Por lo expuesto,

SUPLICO AL JUZGADO: Que teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, y en sus méritos acuerde la modificación de la medida relativa a la pensión de alimentos establecida en la sentencia de [FECHA DE LA SENTENCIA], autos número [NÚMERO DE AUTOS], fijando la cantidad de [NUEVA CANTIDAD] euros mensuales por cada uno de los hijos menores de mi representado, por haber variado sustancialmente las circunstancias económicas.

Es justicia que pido en [LOCALIDAD], a [FECHA].

Firma: ______________________ [NOMBRE DEL ABOGADO] Procurador de los Tribunales

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