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Noticias Jurídicas

Novedades en las pruebas de acceso para Abogado y Procurador

SEVILLA. 30/03/11. TOMA DE POSESION DE LA NUEVA JUNTA DE ABOGADOS. FOTOS: ROCIO RUZ. ARCHSEV

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Novedades en las pruebas de acceso para Abogado y Procurador

SEVILLA. 30/03/11. TOMA DE POSESION DE LA NUEVA JUNTA DE ABOGADOS. FOTOS: ROCIO RUZ. ARCHSEV



Publicado ayer 27 de diciembre en el BOE  la Orden PCI/1255/2019, de 26 de diciembre, por la que se establece la obligatoriedad de relacionarse a través de medios electrónicos en las pruebas de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de las profesiones de Abogado/a y Procurador/a de los Tribunales.

Se establece como obligatorio el uso de medios electrónicos en la inscripción de las solicitudes de participación en las pruebas de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales y en el resto de trámites derivados de las mismas desarrollando la normativa prevista en nuestra Ley 34/2006, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador.



Esta nueva orden permite simplificar y agilizar la inscripción, a través de un único sistema electrónico, a las pruebas de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de las profesiones de abogado/a y procurador/a de los tribunales, así como establecer la tramitación, por medios electrónicos, para el resto de trámites derivados de las mismas, lo que redundará en un notable beneficio para los aspirantes.



Será obligatorio relacionarse a través de medios electrónicos.

Quienes aspiren a obtener el título profesional de Abogado/a o Procurador/a de los Tribunales deberán relacionarse obligatoriamente en los términos que establezca la convocatoria, con el Ministerio de Justicia, a través de medios electrónicos, durante todos los trámites del procedimiento.



En el caso de que una incidencia técnica imposibilite, durante un periodo de tiempo, el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda y hasta que se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede electrónica, tanto la incidencia técnica acontecida, como la ampliación concreta del plazo no vencido.

En caso de que las personas interesadas presentasen la solicitud para someterse a la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de las profesiones de abogado/a y procurador/a de los tribunales por otra vía, el órgano convocante le requerirá para que la subsane a través de la presentación electrónica de dicha solicitud.

La presentación de solicitudes se realizará a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia.

 

 

 

 

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