Connect with us
Tal dia como hoy

El pastor protestante Hermann Walter Bion organiza las primeras colonias escolares

Las primeras colonias escolares llegaron en España en 1887, organizadas por Manuel Bartolomé Cossío del Instituto Libre de Enseñanza

Hermann Walter Bion. (Foto: Iberlibro)

Tiempo de lectura: 2 min

Publicado




Tal dia como hoy

El pastor protestante Hermann Walter Bion organiza las primeras colonias escolares

Las primeras colonias escolares llegaron en España en 1887, organizadas por Manuel Bartolomé Cossío del Instituto Libre de Enseñanza

Hermann Walter Bion. (Foto: Iberlibro)



El 1 de agosto de 1876 el pastor protestante Hermann Walter Bión de la entonces industrializada Zurich organizó las primeras colonias escolares en las que llevó a una decena de maestros y 68 niños, mitad niñas mitad niños, todos ellos de familias con pocos recursos, a un campamento de verano en la cordillera suiza de Appenzell. Ello fue el inicio de las colonias de verano y de las vacaciones. Las primeras colonias escolares llegaron en España en 1887, organizadas por Manuel Bartolomé Cossío, del Instituto Libre de Enseñanza, que trasladó a un grupo de escolares de Madrid de campamento en la villa cántabra de San Vicente de la Barquera.

Aunque desde 1918 estaba previsto poder conceder 15, días de permiso a maestros militares y empleados públicos, los permisos retribuidos aparecen por primera vez en la Ley de 21 de noviembre de 1931, firmada por Manuel Azaña como presidente de Gobierno y por Francisco Largo Caballero como Ministro de Trabajo y Previsión, y en su artículo 56 se establecen siete días anuales de permiso, utilizando por vez primera «vacación» al indicar que se pondrán de acuerdo, patrono y obrero para el inicio de este periodo. Si el trabajador realizaba en este periodo algún trabajo ajeno, el patrono no debía compensarle los días de permiso. La Ley del Contrato de Trabajo de 26 de enero de 1944 mantenía el mínimo anual de siete días, que en abril de 1976 pasó a 21 días naturales, en marzo de 1980 a 23 días y con el Estatuto de los trabajadores de 24 marzo de 1995 a 30 días. Hasta fechas recientes China concedía cinco días de vacaciones anuales México seis días más uno por cada año completo trabajado, hasta un máximo de doce días



En Economist & Jurist se han publicado diversos artículos sobre el tema de las vacaciones, siendo objeto de comentarios positivos en diversos medios el de 08.06.2023 de Pablo Montes Sánchez sobre la posición de Támara Capeta, abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que entiende que prohibir compensar las vacaciones retribuidas no disfrutadas no vulnera el derecho europeo.



Para saber más: Antonio Martín Valverde, en «Las líneas de evolución de derecho a vacaciones»
Click para comentar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *