Los efectos del complemento de maternidad a los hombres comienzan con la pensión de jubilación
El Tribunal Supremo ha dictado sentencia contra un recurso de casación del Instituto Nacional de la Seguridad Social
(Foto: E&J)
Los efectos del complemento de maternidad a los hombres comienzan con la pensión de jubilación
El Tribunal Supremo ha dictado sentencia contra un recurso de casación del Instituto Nacional de la Seguridad Social
(Foto: E&J)
El Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha dictaminado que, cuando los hombres tengan derecho a percibir el complemento de maternidad por aportación demográfica a la Seguridad Social, dicho complemento producirá efectos desde la fecha del hecho causante de la pensión de jubilación, siempre que se cumplan los restantes requisitos legales. El Tribunal Supremo se ha pronunciado ante un recurso de casación para la unificación de doctrina presentado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que ha visto desestimadas sus pretensiones.
Esta no es la primera vez que el Supremo se pronuncia sobre el complemento de maternidad para los hombres. La Sala de lo Social del Alto Tribunal emitió en febrero de 2021 dos sentencias (recursos 2872/2021 y 3379/2021) en las que argumentó que el momento de producción de las consecuencias jurídicas anudadas al complemento de maternidad debía situarse en el acaecimiento del hecho causante de la pensión. Sin embargo, en ambos litigios las sentencias de suplicación habían fijado los efectos con una retroacción de tres meses desde la fecha de la solicitud revisora.
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